Mi consulta es por el tema del impuesto a los Ingresos Brutos en el caso de profesionales (Abogados) que ejercen su profesión en la Provincia de Buenos Aires.
Las dudas son las sigiuentes:
1- ¿Están incluídos los Abogados dentro del sistema Arbanet?
2- Siendo el caso de estar incluídos en Arbanet, ¿qué sucede si el abogado no percibe honorario alguno en el transcurso de los períodos, es la propia Arba la que liquida una suma fija teniendo en cuenta declaraciones juradas anteriores del contribuyente? , o solamente basta presentar la declaración jurada en cero, sin tener la obligación de tributar nada durante ese mes o esos meses que ese abogado no perciba honorarios.
3- El Abogado incluído en Arbanet, ¿debe presentar declaraciones juradas todos los meses aunque en alguno de esos meses no tenga ingresos?, y además una declaración jurada anual?.
4 - ¿Existe la posibilidad de realizar un reclamo vía administrativa en Arba para que el Abogado que no esté de acuerdo con su inclusión en el sistema Arbanet, no sea incluído en el mismo, o debe esperar a las resultas del juicio promovido por el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires, con la medida cautelar que allí se dispuso?.
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