Recategorización Monotributo

El 7 de Mayo vence la recategorización del monotributo. Quienes sean monotributistas y hayan modificado sus parámetros (facturación, consumo de energía, superficie afectada, alquileres devengados), deberán ingresar a la página de la AFIP y recategorizarse.


Este año están vigentes nuevas categorías, el nuevo cuadro de categorías es el siguiente:

Empleados

CatIng.BrutosSupEnergíaAlquileresImpuesto:ServiciosImpuesto:Ventas
B24.000303.300$90000$39$39
C36.000455.000$90000$75$75
D48.000606.700$180000$128$118
E72.0008510.000$180000$210$194
F96.00011013.000$27.0000$400$310
G 120.00015016.500$27.0000$550$405
H144.00020020.000$36.0000$700$505
I200.00020020.000$45.0000$1600$1240
J235.00020020.000$45.0001-$2000
K270.00020020.000$45.0002-$2350
L300.00020020.000$45.0003-$2700

El monto total a pagar estará integrado por el impuesto, mas la jubilación ($110) y la obra social ($70). Quienes paguen aparte estos conceptos (por ejemplo a un consejo profesional), puede optar por no pagarlo junto con el monotributo.


Para recategorizarse deberá ir a la página de la AFIP e ingresar con su Clave Fiscal, e ir a la opción Monotributo. Luego "Generar Declaración Jurada" y recategorización. En la página de la Declaración Jurada deberá ingresar sus parámetros. Luego de enviar el formulario, aparecerá una nueva credencial con el monto a pagar. Pueden imprimir esta credencial, o bien anotar los datos que les piden cuando vayan a pagar el monotributo: CUIT y CUR (el CUR, o Código Único de Revista cambia con la recategorización, el CUIT no).