síndico + monotributo

Según la AFIP, el síndico puede ser monotributista, a diferencia de los directores http://www.afip.gob.ar/genericos/guiavirtual/consultas_detalle.aspx?id=3778290

Ahora bien, dice la RG Afip 1415 - Anexo I A - (excepciones a la emisión de comprobantes): "i)Quienes desempeñen las funciones de... síndicos...; únicamente por los honorarios o retribuciones que perciban por el desarrollo de las tareas indicadas y en tanto suscriban el correspondiente recibo expedido por la sociedad."

Siendo entonces que el síndico por su función de tal no necesita emitir comprobantes, ¿en qué hipotesis dirían Uds. que tiene que inscribirse como monotributista, asumiendo que no tiene otra actividad?