Dejo otra pregunta...
Es una empresa de electrónica, estamos bajo convenio de la UOM. Estamos anotados como "tecnicos de 6ta" (que es la mayor categoria) pero tenemos todos sueldos que superan olgadamente las tablas del convenio para los "tecnicos de 6ta".
La duda aparece cuando en paritarias se acuerda un 20% de aumento... mi empleador dice que solamente está obligado a darnos el 20% de lo que marca la categoria (osea el 20% de un numero olgadamente menor), y no el 20% de nuestro sueldo real.
Esto es cierto? o debe darnos el 20% de nuestro sueldo? puede si quiere no darnos nada porque estamos sobre lo que marca nuestra categoría?
Para colmo de males se basa en ese pretexto y pone la mitad del aumento "a cuenta de futuros aumentos", y tras varios años ya tengo la mitad del sueldo "a cuenta de futuros aumentos" que se va incrementando y ese item no lo usa para calcular la antiguedad, solo usa el item 4... para alguien con 15 años de experiencia como yo el % de antiguedad solo sobre la mitad del sueldo es bastante dinero de menos.
Puedo reclamar algo?
Gracias!