hola, en primer lugar quisiera saber si me inscribo en el mes de abril a partir de cuándo estoy obligada a presentar mi ddjj mensual de iibb? En segundo lugar si la resolución 6/15 me incorpora para presentar las ddjj vía web por que después el sistema me dice que no estoy habilitado? Desde ya muchas gracias por la respuesta.
ingresos brutos
27 Abril, 2015 - 12:30
#1
ingresos brutos
27 Abril, 2015 - 18:05
#2
Encontraron esto útil
Si te inscribís en Abril 2015, tu primer DDJJ vencerá promediando el mes de Mayo 2015 (según tu número de terminación de CUIT).
Cómo podés llegar a esa respuesta, si todavía no pasó el plazo de Abril para que puedas presentar la DDJJ de dicho mes?
Ya estás inscripta?
Estás segura que el alta ya está activa? Ya tenés número de inscripción?
Si necesitás asesoramiento impositivo, podés contactarme.
Saludos.
Gabriel Sequino
Contador Público
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