Una empresa Argentina puede facturar servicios a una empresa chilena?

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daniel.alvarez
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Una empresa Argentina puede facturar servicios a una empresa chilena?

Queria saber si una empresa argentina puede facturar servicios a una empresa chilena, en caso de poder hacerlo, que tipo de factura debe emitir? que pasa con el IVA? y los ing. brutos? Se aplica el mismo caso para un monotributista que quiera facturar a una empresa chilena?
desde ya muchas gracias!
Slds! Daniel

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Sergio Carbone
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Estimado

Efectivamente un residente argentino (o empresa argentina) puede facturar servicios a una empresa residente en Chile. En este caso el comprobante a emitir deberá ser de exportación (tipo “E”) y presentar el mismo ante entidad bancaria para que esta libere el pago recibido en divisas a pesos argentinos conforme las normas del BCRA.

En cuanto al tratamiento tributario las exportaciones de servicios NO se encuentran alcanzadas por IVA, son materia imponible en el impuesto a las ganancias y, respecto de ingresos brutos, deberá analizarse lo dispuesto por cada código fiscal que, en su mayoría (y por pacto fiscal) se debería encontrar exento del impuesto.

Siendo monotributista no debe preocuparse por IVA y GANANCIAS. Respecto de INGRESOS BRUTOS vale lo dicho anteriormente.

Por último y siendo que Argentina ha denunciado su CDI con Chile será altamente recomendable que evalúe en el precio de su servicio la retención tributaria que sufrirá de parte de su cliente al momento de abonar la factura por servicios que va a presentar.

Si desea asesoramiento detallado sobre el punto estoy a su disposición.

Dr. Sergio Carbone
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Estudio Contable GS
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Estimado Daniel, te ofrezco que leas un informe que he emitido y publicado en diversos sitios de internet (entre tantos, este) donde abarco el impacto tributario, como así también la forma de facturar y las cuestiones a tener en cuenta para poder desarrollar la actividad de "Exportación de Servicios".

https://www.econlink.com.ar/exportacion-servicios

Hay algunas cuestiones que están desactualizadas, dado que desde Enero 2015 cambio la obligatoriedad de cómo emitir la Factura (Factura Electrónica y Factura "E" de Exportación), pero las demás cuestiones pueden ser aplicables sin inconvenientes.

Cualquier duda, tanto Sergio como yo, podemos asesorarte en el caso, si así lo requerís.

Saludos.

Gabriel Sequino
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sczerwacki
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Estimados, existe la posibilidad que una factura de exportacion de servicios sea cancelada localmente en pesos por una empresa argentina por cuenta y orden del cliente del exterior, sin pasar por el MLUC?
Muchas gracias.
Sergio