Según sus enunciados (o fórmulas) las ciencias se pueden agrupar en dos grupos:
a) Ciencias formales.
b) Ciencias fácticas (o empíricas).
Cabe destacar que los enunciados (o fórmulas) pueden ser:
1)Analíticos: son aquellos que siempre son verdaderos, es decir, no necesitan de la experiencia para su contrastación. Ejemplo, son la lógica y la matemática. Un enunciado analítico sería: el soltero es no casado, o 10 más 10 es 20.
2)Sintéticos: son aquellos que pueden ser verdaderos o falsos, y necesitan de la experiencia para su constrastación. Por ejemplo, algunos impuestos en argentina tiene un efecto confiscatorio. Tanto estos enunciados como los mencionados anteriormente describen la realidad.
3)Normas: no describen la realidad, ni tampoco son verdaderos o falsos, tan solo son enunciados que intentan influir en los comportamientos de los integrantes de la sociedad.
Las ciencias formales (como la matemática y la lógica) son las que se construyen con los enunciados analíticos y las fácticas o empíricas (como la psicología, la economía, el derecho tributario, etc.) se construyen con enunciados sintéticos más los utilizados por las ciencias formales. Por eso dice que las ciencias formales brindas tan sólo estructuras que son utilizadas luego por la ciencias fácticas para su significación e interpretación. Ambos tipos de ciencias requieren coherencia lógica pero la última requiere de significación de lo brindado por la anterior. Aunque también puede decirse que mientras las ciencias formales estudian ideas las fácticas o empíricas estudian hechos.
Las investigaciones fiscales las podemos incluir dentro de las ciencias de las finanzas públicas que es una ciencia empírica o fáctica. Pero cabe destacar que es un tema discutido, dado que siguiendo a un importante tributarista como Carlos María Giuliani Fonrouge tenemos:
Finanzas públicas: es la disciplina que estudia la actividad financiera en sus diversas manifestaciones. Dichos en términos propios, las finanzas públicas es la ciencia cuyo objeto es el estudio de la actividad consistente en financiar las los servicios públicos que satisfacen las denominadas necesidades públicas y que generan gastos públicos, por lo cual esta ciencia se centra en la gestión de los recursos públicos. Estos recursos a su vez se dividen en a) recursos originarios o patrimoniales y, b) recursos derivados o tributarios.
Según el enfoque de este autor el derecho tributario, entendiendo por tal la disciplina jurídica que estudia los diversos aspectos de la tributación en sus diversas manifestaciones: como actividad del Estado, en sus relaciones con los particulares y las relaciones entre estos; forma parte de las finanzas públicas, es una rama más. Desde esta perspectiva las investigaciones fiscales están comprendidas dentro del derecho tributario, y esté a su vez dentro de las finanzas públicas. Pero vale mencionar que hay otros autores que se pronuncian por la autonomía del derecho tributario de las finanzas públicas, dado que es distinta la naturaleza de sus institutos. No obstante eso, cabe mencionar que las investigaciones fiscales siempre las encuadramos dentro del derecho tributario.
Autor: Richard Leonardo Amaro Gómez
Contador Público
Licenciado en Administración de Empresas
Universidad del Museo Social Argentino