NOVEDADES DEL MES DE ENERO DE 2014 (5ta. Semana)
BOLETÍN OFICIAL
Nro. / Fecha
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Nro. Norma
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Comentarios
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B.O. 32.814
27/01/2014
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RG.3583
(AFIP)
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Compra de moneda extranjera para tenencia – Percepción Impuesto a las Ganancias: Se establece que las personas físicas que compren moneda extranjera para tenencia en el país serán pasibles de una percepción del 20%, la cual será considerada como pago a cuenta del impuesto sobre los bienes personales para los contribuyentes monotributistas o del impuesto a las ganancias para el resto de los contribuyentes.
Dicha percepción no resultará de aplicación cuando la moneda extranjera que se adquiera se deposite por un período no inferior a 365 días en una cuenta de una entidad financiera a nombre del adquirente. En caso de ser retirada antes del mencionado plazo, la citada percepción se practicará en el momento del retiro de la divisa.
Vigencia: a partir del 27/01/2014.-
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B.O. 32.815
28/01/2014
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Sin novedades de importancia.-
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B.O. 32.816
29/01/2014
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Sin novedades de importancia.-
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B.O. 32.817
30/01/2014
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Sin novedades de importancia.-
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B.O. 32.818
31/01/2014
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Sin novedades de importancia.-
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IMPORTANTE – AFIP – EMPADRONAMIENTO OBLIGATORIO
Se recuerda que la Resolución General 3537 (AFIP) establece una nueva codificación de actividades, y re empadronamiento obligatorio de las mismas en ciertos casos. Los pasos a seguir a efectos de cumplimentar con lo establecido por dicha resolución general son los siguientes:
1) Se deberá consultar a través del servicio “Sistema Registral” o “Consulta Conversión Automática de Actividades Económicas – Rg.3537” si la AFIP realizó dicha actualización en forma automática.
2) En caso que la actualización de los códigos de actividades la haya efectuado la AFIP en forma automática (en el margen derecho de los códigos de actividades se indicará F-883), no se deberá hacer ningún trámite adicional.
3) En caso que dicha actualización automática NO se haya realizado, se deberá efectuar el respectivo empadronamiento.
4) A tales efectos se ingresará en la opción “Actividades Económicas” del “Registro Tributario” (dentro del servicio “Sistema Registral”) para seleccionar los nuevos códigos de actividades que correspondan de acuerdo al Formulario F-883. Dicho empadronamiento se deberá cumplimentar hasta las fechas que se indican a continuación:
TERMINACIÓN DE CUIT
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FECHA DE VENCIMIENTO
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0
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Hasta el 29/11/2013
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1
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Hasta el 13/12/2013
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2
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Hasta el 27/12/2013
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3
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Hasta el 10/01/2014
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4
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Hasta el 24/01/2014
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5
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Hasta el 07/02/2014
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6
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Hasta el 21/02/2014
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7
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Hasta el 07/03/2014
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8
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Hasta el 21/03/2014
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9
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Hasta el 31/03/2014
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APLICATIVOS – NUEVAS VERSIONES
· “Sicore – Versión 8.0 – Release 13”
· “Fideicomisos del País y del Exterior – Versión 1.0. Release 1”.
· “Participaciones Societarias, Fondos Comunes de Inversión y Fundaciones y Asociaciones Civiles – Versión 4.0. Release 2.”
· “SIFERE – Sistema Federal de Recaudación de Convenio Multilateral - Versión 3.0.”.
· “Ganancias Personas Jurídicas - Versión 12.0”.
VENCIMIENTOS A TENER EN CUENTA
01/04/2014 Fecha tope de vencimiento para los responsables que se encuentren inscriptos en jurisdicción de la Dirección de Grandes Contribuyentes Nacionales, para la inscripción en el “Registro de Sujetos Vinculados” y el cumplimiento del “Régimen de Información” por los meses de enero y febrero del 2014, establecido por la Resolución General 3572 (AFIP).-
01/07/2014 Fecha tope de vencimiento para los demás responsables, para la inscripción en el “Registro de Sujetos Vinculados” y el cumplimiento del “Régimen de Información” por los meses de enero, febrero, marzo, abril y mayo del 2014, establecido por la Resolución General 3572 (AFIP).-
HÉCTOR BLAS TRILLO Buenos Aires, 12 de febrero de 2014
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