Fui despedido de una SRL. Me contrató quien aparece como única cara visible de la sociedad y se reconoce como Socio Gerente. Estaba en blanco con mis correspondentes aportes de ley. Luego de 5 años de trabajo sin una mínima observación sobre mis tareas, tuve un accidente en febrero pasado "in itinere" al regresar a mi hogar luego de la jornada de trabajo. La SRL no tenía ART. Agoté todo trámite ante Superintendencia del Riesgo del Trabajo y finalmente hubo dictamen médico que certifica mi accidente laboral como tal y las responsabilidades de la SRL por ser "Empleador sin ART". El Socio Gerente niega el accidente a pesar de todo y no quiso pagar ni una Curita. Eso originó que pusiera en marcha un ardid para despedirme sin justa causa, aunque invocando una para fundar el despido mientras estaba con licencia médica y obviamente, sin pagar indemnización. Espero haber sido claro.
Mi consulta es la siguiente. Voy a demandar por las secuelas del accidente que terminó con fractura de muñeca y me quedarán secuelas ya certificadas por médico legista y una segunda demanda de carácter laboral por el despido sin justa causa. Quiero aclarar que, como trabajador de prensa, estoy en curso en el Estatuto del Periodista Profesional Ley N°12.908, cuyo régimen indemnizatorio es muy bueno.
Hasta dónde llega la responsabilidad de la SRL?, sólo hasta su capital societario?, qué pasa con la responsabilidad de quien me cotrató y eventualmente los demás socios?. Si pierdo las demandas, encima me tendré que ir a peregrinar al muro de los lamentos o tengo alguna chance más optimista?
Es posible solicitar la quiebra si argumentan imposibilidad de hacer frente a la demanda?
Muchas gracias y felicito al sitio "Econlink", muy bueno