SU DECLARACIÓN
Hemos recibido numerosas consultas respecto de la utilización del system denominado Su declaración , especialmente luego de la publicación de la RG /AFIP) 2407 que modifica la anterior RG (AFIP) 2192. Comentamos en este trabajo los aspectos más salientes.
INTRODUCCIÓN
El sistema Su declaración ha sido implementado por la AFIP para que la presentación de la declaración jurada determinativa y nominativa de las obligaciones con destino a los distintos subsistemas de la Seguridad Social se confeccione directamente desde la página de la AFIP.
UTILIZACIÓN OBLIGATORIA
La presentación mediante este sistema es obligatoria para aquellos empleadores que tengan hasta 5 empleados inclusive dentro del periodo mensual que se declara. En el supuesto de que se incremente la cantidad de empleados hasta un máximo de 10, deberán continuar generando las declaraciones juradas mediante este sistema.
UTILIZACIÓN OPTATIVA
Este sistema será optativo para aquellos empleadores que cuenten con un mínimo de 6 y hasta 10 empleados inclusive. Excepto que se de la situación planteada en el punto anterior. En otras palabras, la cantidad de empleados citada debe provenir de su situación anterior al lanzamiento del sistema Su declaración .
EXCLUSIÓN
Aquellos empleadores que cuenten con más de 10 trabajadores no podrán utilizar el sistema y deberán continuar con la confección mediante el aplicativo SIJP.
VIGENCIA
La RG (AFIP) 2407 entró en vigencia el 6/2/08 y será de aplicación a partir de febrero para los empleadores que tengan un solo empleado, y a partir de marzo para el resto de los empleadores alcanzados por la norma.
RECTIFICATIVAS
Las declaraciones rectificativas que tuvieran presentar los sujetos obligados señalados, deberán confeccionarlas mediante el sistema Su Declaración para los períodos vencidos de febrero de 2007 en adelante.
&n bsp;
&n bsp; HÉCTOR BLAS TRILLO
Buenos Aires, 15 de marzo de 2008
ESTUDIO
HÉCTOR BLAS TRILLO
Economía y tributación
(011) 5254-5820 (011) 154-4718968
www.hectortrillo.com.ar
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