Impuesto

Conceptos según la doctrina



Diccionario de la Real Academia: (del latín impositus) y es el tributo que se exigen en función de la capacidad económica de lo obligados a su pagoi.

Giuliani Fonrouge: son impuestos las prestaciones en dinero o en especie, exigidas por el Estado en virtud del poder de imperio, a quienes se hallen en las situaciones consideradas por la ley como hecho imponibleii

Héctor Villegas: es el tributo exigido por el Estado a quienes se hallan en las situaciones consideradas por la ley como generadoras de la obligación del tributo, situaciones estas ajenas a toda concreta acción gubernamental vinculada a los pagadoresiii.

José María Martín: ... el impuesto consiste en destracciones de parte de la riqueza de los particulares exigidas por el Estado para la financiación de aquellos servicios públicos indivisibles que tienen demanda coactiva y que satisfacen necesidades públicasiv.

German Bidart Campos: impuesto es la prestación patrimonial, generalmente en dinero, debida al Estado sin contraprestación especial, con el fin de satisfacer necesidades colectivas; en el impuesto, quien lo paga no recibe beneficio concreto de ninguna índole, pero el Estado atiende con su recaudación gastos generalesv.

Art. 2 del Código Fiscal de México de 1938, hoy reformado: son impuestos las prestaciones en dinero o en especie, que el Estado fija unilateralmente y con carácter obligatorio a todos aquellos individuos cuya situación coincida con la que la ley señala como hecho generador del crédito fiscalvi.



Concepto Genérico de Impuesto

Es un tributo exigido a los sujetos que se hallan en las circunstancias señaladas por la ley como hecho generador de la obligación jurídico tributaria, siendo estos ajenos a toda actividad estatal relativa al obligado, ya que el sujeto pasivo del impuesto no recibe beneficio concreto alguno, pero el Estado destina su producido a solventar el gasto público.

Es decir, hay impuesto cuando la ley dice quienes verifican el hecho imponible sin importar en este caso si van a recibir un beneficio o no. En la medida que la ley establece quienes van a estar sujetos al mismo, se convierten en obligados.


Dichos en otros términos, también se puede definir como la obligación en dinero, que deben cumplir los contribuyentes sujetos a una norma legal, por un hecho económico realizado sin que medie una contraprestación recíproca por parte del estado perfectamente identificado con la partida tributaria obligada.

El impuesto siempre se exige a quienes se hallen en las situaciones consideradas por la ley como hechos imponibles.