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Tasa General de Precios

La preocupación por la inflación se encamina a la búsqueda de eufemismos, tales como el de "reacomodamiento" de precios. Mientras tanto, el endeudamiento crece y el dólar sigue bajando su cotización


Al momento de escribir estas líneas, el índice de precios al consumidor no ha sido divulgado, aunque se estima que estará entre el 1,1 y el 1,2% para el mes de julio. El diario Ámbito Financiero titula en su tapa que tal incremento es "muy bueno", al tiempo que anuncia para agosto un 0,7%, según algunas proyecciones.

En verdad, la contención de la inflación mediante presiones sobre las empresas y en especial sobre los supermercados, al tiempo que se postergan los ajustes de tarifas de servicios públicos, transportes y combustibles en general, no parece en absoluto ser una buena noticia. Resulta particularmente curioso que se considere bueno encorsetar la presión inflacionaria, cuando en realidad es la demostración de que el problema está más vigente que nunca.

En otras oportunidades nos hemos referido a estos problemas, y hemos cuestionado que se apunte a una economía en crecimiento mediante la utilización de promociones diversas, que no hacen otra cosa que demostrar que estamos ante la falta de inversiones, y por ello es necesario recurrir a esquemas promocionales. Como en aquellas huelgas generales donde la gente paraba por miedo o por los clavos "miguelito" y que los dirigentes consideraban un éxito, y los medios en general avalaban tal postura, estamos ante lo contrario.


El así llamado "reacomodamiento" de precios es, como hemos señalado en anteriores oportunidades, el ajuste de los precios ante la devaluación acontecida y ante la emisión de moneda resultante de ella, desde 2002 hasta el presente. Y lo razonable es esperar que la tasa de incremento de los precios al consumidor se equipare a la de los precios mayoristas, y ambas se equiparen a la tasa de aumento del valor del dólar. El tiempo que tarde en ocurrir tal hecho depende de múltiples factores, tales como el atraso en los precios o tarifas resultante de las presiones o prohibiciones gubernamentales, o la falta de mercados. Nada más.

De manera que hablar de reacomodamientos es hablar de inflación, pero no llamándola así. Y en este marco es particularmente significativa la unanimidad que existe en la calificación.

Mientras tanto, y concomitantemente, se intenta desde el Ministerio de Economía sostener un tipo de cambio que se vuelve insostenible. La emisión de moneda para comprar excedentes de divisas y el endeudamiento (mediante la emisión de Lebacs y Nobacs) para sostener el tipo de cambio en valores artificialmente elevados continúa provocando el triple efecto que en otras épocas condujo al desastre: crecimiento galopante de la deuda pública, impulso inflacionario y aumento del déficit cuasifiscal (es decir, aumento del monto que paga el Estado por intereses sobre las Lebacs y Nobacs emitidas).


En esta semana el Central tomó cerca de $ 1.400 millones por Lebacs en pesos y alrededor de 20 millones en dólares. Cabe destacar que esta institución salió a colocar 300 millones en la divisa. Según Martín Redrado, presidente del Banco Central, se absorbieron unos $ 2.000.- millones en total, dado que hubo cancelación de redescuentos por algo más de $ 600 millones, de parte de algunos bancos.

lavagnaRecordamos aquí que el Dr. Lavagna ha decidido dejar de emitir letras ajustadas por CER, de manera que las colocaciones señaladas lo han sido a tasa fija y sin indexaciones. En las colocaciones a 49 días la tasa de corte fue del 5,95%, en tanto que para 175 días se llegó al 7,50%, en ambos casos anual.

Naturalmente que en tanto las expectativas respecto del tipo de cambio sean que se sostendrá o incluso bajará un poco, estas tasas de interés son sumamente atractivas, y al mismo tiempo le bajan una carga financiera al Estado de proporciones, ya que con las letras indexadas se llegará a pagar tasas mucho más altas que las consignadas.

En general los inversores se concentran en los plazos más cortos y rechazan hacer colocaciones en dólares. Cabe decir para terminar con este punto que los vencimientos totalizaban 1.511 millones de pesos.

Digamos que se produce hoy el vencimiento y pago de alrdedor de 1.600 millones de dólares, una cifra importantísima que si se vuelca a pesos puede hacer que baje aún más el tipo de cambio, que se ubica en los valores más bajos en 17 meses. Es por ello que desde el Central se realiza una nueva emisión de Boden 2012 por 500 millones de dicha moneda, que con tasas en torno al 8% anual tal vez despierte un cierto interés entre los inversores.

Por otra parte, en el día de ayer el Dr. Lavagna se reunió con varios economistas del llamado Grupo Fénix, entre ellos Aldo Ferrer, Roberto Frenkel, Miguel Bein y Javier Gonzáles Fraga. Allí quedaron en evidencia algunas cuestiones, tales como los sobreprecios y la demora en las contrataciones de obra pública, mencionados por el ministro, y también los préstamos al campo por parte del Banco de la Nación, que de 12.000 solicitados solamente se otorgó el 10%. También Lavagna consignó que el gobierno está desendeudándose, pese a que la deuda está alcanzando ya los niveles anteriores al default y apuntó a la difusión que le dan los medios al problema inflacionario, que provoca expectativas negativas, repitiendo de ese modo un argumento bastante común en la Argentina de los últimos 60 años por lo menos.

Se habló en esa reunión entre otras cosas de indexar el tipo de cambio, de hacer una canasta de monedas secreta, tipo Singapur, para ajustar el valor de la divisa y se llegó al punto en que el ex ministro Aldo Ferrer propuso lanzar la "fase dos"del plan económico. En fin, las clásicas recetas estuvieron puestas sobre el tapete ante un ministro en general muy prudente que básicamente se limitó a escuchar y a rechazar.

Lo cierto es que como hemos señalado tantas veces, este modelo funciona con un tipo de cambio alto, bajos salarios y atraso tecnológico producto del encarecimiento de las importaciones. La competitividad está pensada en términos de artilugios monetarios para el mercado interno, y tipo de cambio alto para lograr divisas por exportación de productos primarios que dejen una tajada en materia de derechos de exportación.

Justamente en materia de derechos de exportación, el presupuesto 2006 apunta a que las industrias que mejoren sus exportaciones en ese año con respecto a 2005, sufrirían una merma en las retenciones. Cuestión de hacer cuentas, digamos, para tales industrias, si les conviene o no exportar ahora en tanto no tengan cerrados los contratos. Esta baja de las retenciones favorecería especialmente al sector siderúrgico, y también a las automotrices, autopartistas y productores de agroalimentos, que tributan en general el 5%, tasa que se eliminaría para los incrementos de exportaciones medidos por trimestres contra el año actual.

Digamos que ya está vigente la libre disponibilidad de los saldos favor técnicos de IVA por inversiones en bienes de capital.

No hay mayores novedades en la cuestión de las tarifas, y tampoco en las negociaciones con el FMI, excepto que está buscándose el apoyo europeo, o más bien la renovación de tal apoyo, especialmente de Francia, España y Alemania.

Y finalmente, las bondades climáticas han favorecido razonablemente el ahorro de energía (ello amén de los castigos por incrementos en los consumos familiares), mientras el barril de petróleo supera los 62 dólares, récord histórico absoluto.

Buenos Aires, 3 de agosto de 2005

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Ley Penal Tributaria

Ley Penal Tributaria: otra modificación en ciernes


El concepto de "convicción administrativa" aguarda su turno en el Senado de laNación, junto con el control del "ministerio público".

Siguiendo con preocupación los avances de las distintas modificaciones legales tendientes a cerrar el círculo sobre cualquier forma de evasión, a fines de enero de 2005 escribimos un artículo que fue publicado en diversos medios y en el cual hacíamos referencia al tema de la responsabilidad tributaria y penal de las personas jurídicas y de sus directivos, pero a la luz del incipiente avance empírico de los casos planteados ante la Justicia penal.

Nuestro trabajo apuntaba a resaltar, entre otras cuestiones, la ímproba tarea que viene desarrollando el Fuero Penal Tributario en virtud de la gran cantidad de denuncias penales que, basándose en los montos establecidos en la ley 24.769 para producirlas, han venido realizándose por parte de la AFIP.


Teniendo en cuenta que muchas veces las determinaciones de oficio que practica el ente recaudador se efectúan sobre bases supuestas o tomando en cuenta presunciones que en la ley de Procedimiento Fiscal admiten la prueba en contrario pero en definitiva revierten la carga de la misma, y en otros casos ni siquiera se admite tal prueba en contrario, resulta ocioso señalar el hecho de que una sanción penal no podría basarse jamás en presunciones o supuestos.

Precisamente por nuestra enorme preocupación en tal sentido, es que al presentarse la oportunidad, asistimos a una charla brindada por el Juez en lo Penal Tributario Dr. Javier López Biscayart, en la cual se hizo referencia a la gran cantidad de casos que se denuncian al Fuero Penal sin contar con elementos contundentes como para llevar adelante una causa.

Allí este prestigioso profesional remarcó una y otra vez la necesidad de limitar las denuncias penales teniendo en consideración aspectos básicos de la legislación de fondo, tales como que las presunciones no pueden aplicarse a la materia penal.


Citamos en el trabajo mencionado, algunos casos de jurisprudencia donde precisamente se marcaba este punto, dado que la AFIP no había profundizado debidamente su investigación como para eliminar cualquier duda con respecto al presunto delito cometido.

Así las cosas, estas inquietudes llegaron al Congreso Nacional donde desde hace un tiempo vienen tratándose posibles modificaciones a los artículos 18 y 19 de la citada ley Penal Tributaria.

Precisamente el concepto de "convicción administrativa" apunta a que el organismo fiscal tenga la certeza sobre el delito cometido antes de efectuar la denuncia penal.

En igual sentido, se pretende incorporar a la ley un control bajo la denominación de "ministerio público" que según el proyecto se trata de un "órgano extrapoder" que se sumará al ya normado y que está en manos de la Procuración del Tesoro de la Nación.

Sin embargo, en la Comisión de Presupuesto y Hacienda del Senado, parece existir consenso en el sentido de no efectuar nuevas modificaciones a la mencionada ley. Más bien se pretende invitar a funcionarios de la propia AFIP para que realicen su aporte antes de llevar a cabo cualquier modificación.

Cabe señalar en este aspecto que precisamente varias de las modificaciones introducidas recientemente han estado basadas en los aportes de funcionarios de la AFIP, y se ha creado así un entramado basado en supuestos y adjetivaciones sobre la gravedad o no sin precisiones concretas que dará lugar a enormes controversias, como ya está ocurriendo. Es que muchas situaciones de difícil demostración, como la llamada "prueba diabólica", terminaron incluyéndose en los texto procedimental revirtiendo la carga de la prueba.

Sería interesante, estimamos, tratar estos temas también con las distintas entidades profesionales, tanto de las Ciencias Económicas como del Derecho, precisamente para evitar la necesidad de revisar periódicamente lo normado, atento a las dificultades que presenta y que, en el caso que nos ocupa, rayan en lo obvio.

El proyecto en cuestión pretende entonces modificar el artículo 18, para llevar el plazo máximo para efectuar al denuncia penal de 90 a 180 días hábiles, pero limitando la prórroga. Mientras que el 19 impone la exigencia de concurrir a la Procuración si el Fisco no puede concluir que existe una conducta punible. El proyecto contempla dar intervención al "ministerio público" tal como lo admite la reforma constitucional de 1994, que sería algo así como la última instancia de control "extrapoder".

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Estudio Héctor Blas Trillo

Economía y tributación

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Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina

Política Fiscal

Los ejemplos sobran: desde los llamados impuestos distorsivos, como las retenciones a las exportaciones o el impuesto a las transacciones financieras, hasta las exacciones provinciales que en muchos casos terminan en verdaderos shows mediáticos, como en el caso de la Provincia de Buenos Aires, pasando luego por las tasas de abasto y otros impuestos y gabelas varias de carácter municipal, se suman a lo largo y a lo ancho de todo el país, prácticamente.

La voracidad fiscal parece no tener límites. Desde el poder político y en general desde los medios de difusión, se insiste en la necesidad de combatir la evasión, sin distinguir que dentro de quienes no pagan no solamente están los evasores que cometen delitos como la defraudación fiscal, sino también morosos por razones diversas, entre las cuales sin ninguna duda se encuentra la dificultad de pagar y es por ello que el propio Estado a través de la AFIP posterga una y otra vez el Régimen de Asistencia Financiera Ampliada (RAFA) para incitar al menos a la regularización de deudas. Claro que bajo la espada de Damocles de los embargos de cuentas bancarias, en muchos casos sin que el contribuyente hubiera recibido notificación fehaciente con antelación.



El tema es realmente serio. En materia legislativa, los llamados “planes antievasión” contienen una importante cantidad de presunciones que pueden derivar en la aplicación de la ley penal tributaria, por ejemplo, siendo que desde siempre un proceso penal debe basarse en hechos objetivos y concretos, y no en supuestos, por más razonables que fueren éstos y por más que las leyes tributarias los contengan.

El combate de la evasión, es decir: de las defraudaciones de toda índole que normalmente se suscitan no puede ni debe dar lugar a arbitrariedades. Seguramente en esto coincidiremos todos.

Pero el mensaje que llega al público en general es que quienes no pagan impuestos son siempre evasores, lo cual manifiestamente es erróneo y probablemente no sea inocente.



El hombre común piensa de inmediato en facturas apócrifas o ventas o empleos en negro, cuando en realidad dentro de los contribuyentes registrados, es decir, dentro de quienes están “dentro del zoológico”, como ha dicho el secretario de Ingresos Públicos, el porcentaje de evasión no es tan alto, sobre todo si se toma en cuenta que las grandes empresas en general, principales contribuyentes del sistema, suelen trabajar dentro de la legalidad. Y quienes están fuera del sistema difícilmente pasen a estar dentro de él si la acción fiscalizadora se centra únicamente en el “zoológico”, para insistir con la metáfora del Dr. Abad.

El abundamiento de modificaciones legales en las cuales se “adjetivan” los supuestos de infracción, tiene también lo suyo a la hora de analizar la forma de legislar. Es común en las reformas recientes que aparezcan adjetivos calificativos de las infracciones, como por ejemplo hablar de “graves deficiencias” en la registración, lo cual deja en manos del campo judicial el justiprecio de qué cosa es grave y qué cosa no dentro de la misma falta. Y según lo sea, la sanción será más o menos importante.

En el transcurso del mes de junio la recaudación a nivel nacional superó los 11.054 milones de pesos, bastante más de lo previsto, que rondaba los 10.000 millones como máximo. Esta cifra representa un incremento del 16,8% si comparamos contra junio de 2004. Muy por encima, obviamente, de la tasa de inflación si medimos el mismo período y aproximándose, en todo caso, a la suma de dicha tasa más el incremento del PBI. El total recaudado en el primer semestre llega casi a los 57.800 millones de pesos, los cuales representan un 17,9% más que lo recaudado en el primer semestre de 2004. Recalcamos que estas cifras corresponden a la recaudación a nivel nacional, es decir de la AFIP. Impuestos nacionales, tributos aduaneros y aportes y contribuciones provisionales. A ello hay que sumar las recaudaciones provinciales por impuestos tales como ingresos brutos, inmobiliario, sellos tasas y contribuciones varias tanto provinciales como municipales Y dentro de éstas últimas las “innovaciones” que señalábamos al comienzo.



Desde el punto de vista de un Estado necesitado de superávit el resultado puede considerarse más que halagüeño. Pero no podemos dejar de ver los aspectos negativos que la tributación superavitaria genera en el funcionamiento macro y macroeconómico.

Naturalmente que el pago de impuestos ocasiona una merma en la demanda de bienes y servicios y afecta a las inversiones, en tanto y en cuanto el Estado utiliza parte del superávit para adquirir dólares y evitar que el tipo de cambio baje de los niveles en que se encuentra, con los efectos sobre el déficit cuasifiscal y el impulso inflacionario que reiteradas veces hemos comentado.

Desde el Ministerio de Economía ha trascendido que los mínimos no imponibles del impuesto a las ganancias no serán modificados, pese a que los montos resultan hoy por hoy ridículos teniendo en cuenta la enorme devaluación operada en el peso. Del mismo modo, los balances de las empresas, que se han ajustado por inflación para reflejar los efectos de la crisis acontecida, siguen manteniendo los valores históricos para fines fiscales, originando ganancias ficticias en muchos casos de gran magnitud. Y aquí se da la curiosidad de que pese a que el ajuste por inflación impositivo sigue prohibido por la Ley de Convertibilidad, no ocurre lo mismo cuando el balance a considerar el que determina el Impuesto sobre los Bienes Personales (figura del Responsable Sustituto) que deben abonar los accionistas sobre sus tenencias a valor patrimonial proporcional.

Las dificultades para obtener reintegros en lapso razonable, la falta de equidad entre las tasas de interés aplicadas por mora versus las que se consideran para la repetición de impuestos, los adelantos que constituyen los llamados anticipos, las retenciones y percepciones y el impuesto al cheque (transacciones finacieras) origina costos financieros que no están reflejados a la hora de analizar la presión fiscal tomando en cuenta únicamente las tasas que se aplican. No es lo mismo abonar un impuesto en el mes de abril de 2006, que haberlo abonado prácticamente en su integridad durante el año 2005 en forma de anticipos, retenciones y demás. Si consideramos que el propio Estado ofrece Lebacs a tasas de interés que se suman al CER podemos fácilmente establecer una diferencia anual del orden del 10 o 12% sobre los montos pagados anticipadamente. Es decir que sin entrar demasiado en detalles, abonar antes implica pagar bastante más, y tal diferencia no es reconocida por el Fisco al momento de pagar el saldo.

El desarrollo en profundidad de un tema como el que planteamos en este artículo, excede largamente la intención que nos lleva a escribirlo. De lo que se trata es de tomar real conciencia y dimensión de dónde estamos.

Hay que tener en cuenta que el Estado, en ejercicio del poder de policía, tiene todo el derecho de fijar impuestos, tasas y gabelas, como también lo tiene de establecer una política económica y una sana asignación de los recursos. Podríamos decir que tiene el derecho y también tiene el deber.. Pero precisamente por ello la razonabilidad y la no confiscatoriedad deben privar a la hora de tocar el bolsillo de todos los habitantes del país, amén de esforzarse por brindar servicios acordes con la recaudación, en punto a mejorar la eficiencia y evitar la duplicación de gastos que significa que la población deba recurrir a entes privados para lograr una mejor educación para sus hijos, una mayor seguridad para sus hogares y una mejor atención de su salud.

No se alcanza a entender, por ejemplo, por qué a la Secretaría de Ingresos Públicos no le sucede una Secretaría equivalente que vigile los egresos. Por qué no se establecen auditorías con la necesaria independencia para controlar las erogaciones nacionales, provinciales y municipales. Hay reconocidas instituciones, como los colegios y consejos profesionales, que podrían aportar lo suyo en la materia, evitando de ese modo las suspicacias y las realidades que implican los organismos públicos encargados de tales funciones, que por supuesto dependen del poder político.

Otra cuestión que también debería ponerse sobre el tapete es la de la coparticipación federal. Más allá de la postergadísima instrumentación, está en juego el federalismo que quedó sentado en la propia constitución de 1853. Como se sabe, la recaudación de impuestos debería estar a cargo de las provincias y no de la Nación, como ocurre desde los años 30. Cabe recordar que impuestos como el de las ganancias son “de emergencia”, precisamente por ese hecho: porque deberían ser provinciales. A la coparticipación se le ha sumado en los últimos años un rubro conocido en general como “ATN”, sigla que significa “adelantos transitorios de la Nación”, que a estas alturas adolecen de un alto grado de arbitrariedad, en donde entran en juego factores políticos casi con toda seguridad.

Si bien desde el gobierno se reitera la necesidad de que los contribuyentes soliciten sus facturas y hasta se ha instaurado la figura del “agente encubierto” para tratar de detectar comerciantes que no entregan tal documento en regla, lo cierto es que una parte de la economía funciona en negro y cualquier entendido sabe que si pasara de la noche a la mañana a funcionar en blanco se produciría un verdadero parate, por transformarse en insostenible la presión fiscal.

Mencionar estos aspectos, cosa que normalmente no vemos en los medios, nos parece de gran importancia en tren de analizar hacia dónde vamos.

Todo el mundo sabe que una reforma del Estado es una tarea por demás postergada. En algún momento hasta se habló de reformar nuevamente la Constitución para poder ajustar algunas cuentas, volver al federalismo electoral y terminar con figuras como la del llamado “tercer senador”. Ciertas instituciones vinculadas al estudio de factores económicos tienen desarrollados trabajos sumamente detallados y profundos respecto de la manera de encarar una reforma que vuelva razonable y virtuosa la gestión pública. La necesidad de encarar tal reforma entendemos que no escapa al criterio de nadie, más allá de que no haya acuerdo sobre qué reformar y cómo hacerlo.

El Estado de derecho en la república debe centrarse en la necesidad de recaudar impuestos dentro de la razonabilidad y bajo criterios de justicia basados en la Constitución, y por ende en la equidad y en la igualdad. Es imprescindible que el Estado exponga en qué gasta el dinero que con tanto esfuerzo acercan los contribuyentes, del mismo modo que es fundamental mejorar la asignación de recursos para volver más eficiente la economía.

La devaluación de comienzos de 2002 ha otorgado al Estado un “colchón” de notable importancia, cuya contrapartida ha sido la baja general de los valores en moneda dura de patrimonios, ingresos y sueldos de toda la población. El Estado ha asumido el compromiso de utilizar parte del superávit en atender los planes de ayuda a los necesitados, pero es obvio que un criterio de transparencia implicaría poner en manos de entidades de bien público independientes del poder político tal distribución.

Se sabe que el gasto público ha subido considerablemente, y en un año electoral es posible que ciertos desajustes en la materia se produzcan, habida cuenta la experiencia.

Es incomprensible que todavía no tengamos una legislación aceitada y concreta sobre la forma de financiamiento de los partidos políticos, como también lo es que sigamos con las listas sábana o nuevamente dejemos de lado las llamadas internas abiertas que posibilitarían por lo menos un soplo de aire fresco a tanto aparato partidario.

Indudablemente, hablar de estos temas implica incursionar en política. Pero es que la política cuesta dinero y el uso racional, austero y sobre todo equitativo del dinero público es esencial.

Luego de la crisis, el país ha venido sosteniéndose por el colchón devaluatorio, los costos de producción devaluados, la sustitución de importaciones por la subvaluación del peso, y las ganancias de los exportadores por la misma razón, pese a que las retenciones a las exportaciones agrarias oscila el 23,5% bruto del valor total.

Las promociones industriales, de triste historia, pretenden lograr las inversiones que no vienen por sí solas como debería ocurrir. El costo de tales promociones recae sobre toda la población, exacerbando aún más la presión tributaria sobre los sectores que pagan sus impuestos.

Consideramos que es importante señalar estos puntos, por lo menos desde nuestra experiencia profesional de tantos años. Es importante y no pretendemos con ello vincularnos a concepciones políticas de ninguna índole.

Que el país funcione dentro de un marco de seriedad, responsabilidad, equidad y sobre todo eficientemente y respetando las leyes está en la esencia del crecimiento a largo plazo que tanto hace falta.

Abandonar ciertas prácticas no es sencillo, pero mientras no se abandonen, el futuro no nos deparará los logros que todos esperamos.

La voracidad fiscal debe ceder paso a la razonabilidad antes de que sea tarde.

Dr. Héctor Blas Trillo
Asesor y consultor de empresas
(011) 4328-3382
estudio@hectortrillo.com.ar

Índice de precios e Inflación

Es evidente que el índice de precios al consumidor del mes de junio provocó un verdadero cimbronazo en las estructuras del poder ejecutivo. Las medidas tomadas a lo largo de estos meses, sumadas a las promesas de los funcionarios e inclusive a las opiniones de reconocidos economistas, algunos de los cuales fueron descalificados no hace mucho tiempo por el propio presidente de la Nación, en el sentido de que “la inflación” estaba relativamente controlada se han dado de bruces con la realidad.

Es insólito que a pocos días de concluir junio, e incluso ya comenzado julio, todos los especialistas auguraban un índice del 0,5 o como mucho del 0,6%. El 0,9 es, por lo tanto, por lo menos el 50% más de lo previsto cuando ya todos los números estaban echados. Cabe sospechar, lamentablemente, que los números que habían trascendido no eran los que verdaderamente debían ser, sino otros. Y no nos atrevemos de ningún modo a juzgar intencionalidades, pero sí por lo menos dejar un margen de duda.



Aclaramos antes de continuar que el término “inflación” para referirse a índices de precios, lo consideramos incorrecto, ya que en lo que corresponde es referirse al costo de la vida, o simplemente al índice de precios al consumidor.

Ello así porque tal índice es en verdad un ponderado de consumos estándar de una familia tipo, y un cambio en los precios relativos de algunos de esos consumos puede alterar el número final sin reflejar en sí mismo una tasa inflacionaria.

Lo cierto es que, más allá de esta aclaración que juzgamos pertinente, las medidas restrictivas de los excedentes monetarios que emite el Estado para comprar dólares, más medidas tales como el encaje del 30% a los capitales “golondrina”, más los acuerdos de precios, las canastas sociales y demás, no han sido otra cosa que paliativos ante una realidad.



Y la realidad es que la emisión de moneda resultante de la devaluación del año 2002, aún no se ha trasladado a los precios como debería ocurrir. En estos momentos, aproximadamente los índices de precios minoristas crecieron un 64%, los mayoristas un 150% y el tipo de cambio un 190%, todo desde el comienzo de la crisis.

La lógica matemática indica que tales tasas de ajuste deben tender a igualarse en el futuro. El único aspecto en duda, en nuestra opinión, es en cuánto tiempo.

De manera que cabe también mencionar, que cuando se habla de “reacomodamientos” de precios se incurre en un eufemismo que se derrumba fácilmente ante la pregunta de ¿por qué hay precios que necesitan reacomodarse?. La respuesta, naturalmente es: porque antes el Estado los desacomodó.



Es que mientras desde el Banco Central y en las usinas del Ministerio de Economía, se vende y compra el dólar a un valor muy superior al que tendría si se dejara flotar libremente, por otro lado se intenta de mil maneras que tales o cuales precios de OTRAS cosas no se incrementen. Es decir, el dólar sí, el resto, no.

Esto es una irrealidad que se sostiene durante un tiempo, pero que finalmente caerá inexorablemente.

Obsérvese que la política denominada de “sustitución de importaciones”, se basa en este precepto: siendo el dólar caro, importar es carísimo, y por lo tanto produzcamos localmente que podemos competir. Pero ello implica vender los productos locales a un precio mayor que el que debería ser en condiciones de competencia, y a una calidad inferior. Estas desilgualdades tienden a nivelarse siempre.

Del mismo modo, el colchón que obtiene el Estado mediante las retenciones a las exportaciones, que es logrado por la misma causa, es decir, por sostener el dólar a un precio elevado artificialmente, terminará desapareciendo en tanto y en cuanto los precios y los costos presionan al alza por las razones apuntadas.

Un modelo económico de este tipo funciona con salarios bajos, precios bajos, país barato, y exportaciones de productos competitivos en el exterior, que obviamente son básicamente los primarios.

Por lo demás, y tal como venimos reiterando, la crisis energética es una realidad palpable. Se ha aumentado la importación de gas oil, y seguirán los problemas con los demás fluidos. Todo dependerá de la intensidad del frío, pero es obvio que estamos lejos de quedarnos tranquilos. Basta con oir y ver la campaña publicitaria cotidiana en el sentido de no consumir energía. Es decir, en lugar de obtenerla para satisfacer la demanda, lo que se postula es que no se consuma lo que hay. Algo así como achicarse para crecer. Es un absurdo.

Bien, para el mes de julio, el índice de precios al consumidor se espera que crezca más del 1%, y en el acumulado del semestre se llegó al 6,1%. Comparando junio de 2005 contra junio de 2004 estamos en el 9%.

La necesidad de realizar inversiones nuevas se topa con las inseguridades jurídicas y de toda índole que se observan en punto a los contratos, a las leyes, a la vida cotidiana en nuestras calles, e incluso a los cambios de color de no pocos reconocidos políticos.

Asistimos en estas horas a las secuelas del desastre terrorista en Londres, que mucho o poco, tendrá sus efectos en los mercados y probablemente en el petróleo, que ya pasó los 60 dólares el barril, y que en la medida en que localmente se pretenda mantener tarifas de combustibles sumamente bajas, aumenta la brecha y sin ninguna duda contribuye negativamente sobre cualquier intento de inversión en exploración, por más que se hubieran instituido regímenes promocionales al respecto.

También nos encontramos con un clima sindical muy inestable, donde personajes como Hugo Moyano se ha quedado con la conducción de la CGT oficial, en un evidente acuerdo con el poder político. Mientras tanto, los gremios de distintos flancos e intereses, presentan permanentemente disputas que concluyen en medidas de fuerza y reclamos salariales que no pueden controlarse desde la llamada Central Obrera. Y mucho menos desde el poder central.

La presión sobre los salarios intenta ser amainada con ajustes oficiales, que encuentran poca acogida en las provincias, cuyas “cajas” no tienen la holgura de la Nacional.

Y políticamente, asistimos a la división que no por esperada deja de ser preocupante, entre las huestes de Duhalde y las de Kirchner, cuyo debate, en medio de los pronósticos que nosotros venimos haciendo, resulta literalmente de otro planeta. Mientras el gasto público sigue subiendo y no parece preocupar demasiado, dado que sigue habiendo un importante superávit fiscal.

Las perspectivas en materia de inflación siguen apuntando a tasas anuales bastante más elevadas de las previstas en el presupuesto Nacional, tal como venimos sosteniendo desde principios de año. Es que el país está en el brete de seguir creciendo a partir de nuevas inversiones que superen el 22 o 23% del PBI anual, o que los precios se incrementen ante el primer estímulo de demanda, dado que la capacidad ociosa proveniente de los años 90 ha quedado cubierta

Un dato que no deja de ser preocupante es que los inversores externos que colocan dinero en bonos postdefault ajustados por CER, hacen diferencias de gran importancia en dólares, consecuencia de las distorsiones del mercado que venimos señalando. Incluso se han oído voces pidiendo una nueva devaluación que impidiera a ciertos capitales “golondrina” alzarse con sus ganancias en dólares. Y el Estado sigue endeudándose en Lebacs para poder retirar el circulante que inyecta para comprar excedentes de dólares.

Abrimos ahora un compás de espera ante las vacaciones de invierno y la feria judicial. Esperamos que al retomar dentro de unos 10 días nuestra labor, nos encontremos ante una perspectiva al menos un tanto mejorada.

Buenos Aires, 8 de julio de 2005

Dr. Héctor Blas Trillo
Asesor y consultor de empresas
(011) 4328-3382
estudio@hectortrillo.com.ar

Impuesto a los Inmuebles - Transferencia de Dominio

Nos proponemos en este trabajo analizar los aspectos más destacables del tratamiento impositivo que se aplica a las ventas de inmuebles en general. Nos referiremos especialmente a los impuestos a las ganancias y a la transferencia de inmuebles, que son impuestos nacionales, para luego hacer una breve referencia al impuesto de sellos, de características locales.


Comenzaremos entonces por el 'impuesto a las ganancias'. Tenemos básicamente dos grandes grupos de contribuyentes:

1. Los sujetos pasivos que no son personas físicas o sucesiones indivisas: Si se trata de sujetos que realicen actividades comerciales en general, hagan o no profesión habitual de la compraventa de inmuebles, se trate de sociedades regulares constituidas en el país, irregulares, establecimientos estables de empresas del exterior, empresas unipersonales ubicadas en el país, estarán alcanzados por el impuesto a las ganancias por los resultados obtenidos en la transferencia de dominio de inmuebles.

2. Sujetos pasivos que son personas físicas o sucesiones indivisas: si se trata de personas que hacen habitualidad de la compraventa de inmuebles, sus operaciones están alcanzadas por el impuesto a las ganancias.


En el año 1989 se dictó la RG (AFIP) 3026 que dispuso un régimen general de retención del impuesto a las ganancias para las operaciones de transferencias de dominio de inmuebles en la medida en que se encuadren en las situaciones descriptas. La tasa de retención es del 3% sobre el valor total de la venta o de la valuación fiscal, el importe de ambos que fuere mayor. En el caso de otorgarse un plazo mayor de 5 años para cancelar la operación y se perciba menos del 50% del valor total al momento de la transferencia de dominio, la tasa de retención se reduce al 1,5%.

La ley del impuesto a las ganancias por supuesto alcanza la utilidad obtenida de la venta de los inmuebles en cuestión, pero la retención que estamos comentando se toma del total.

Digamos para redondear que esta retención se efectúa tomando en cuenta la transferencia del dominio del bien o la escritura traslativa, lo que ocurriere en primer término, dado que ese es el criterio de la ley del impuesto para considerar realizada la operación.


Se dan algunas situaciones especiales que comentaremos brevemente. Por ejemplo el caso del cambio o permuta, o la dación en pago. Estas operaciones se encuentran alcanzadas por la retención, pero en la medida en que exista un remanente en dinero sobre el cual retener, o hasta su concurrencia si fuera el caso. Es decir que si en la permuta o dación en pago, no existiere diferencia en dinero, la retención no procede por imposibilidad de llevarla a cabo.

Naturalmente que la retención estará a cargo de los escribanos en el momento de celebrarse la escritura traslativa, pero también puede ocurrir que sea el cesionario de un boleto de compraventa el que deba retener en el caso de que tal cesión implique también la transferencia de dominio.

El impuesto a las ganancias como se sabe es un impuesto anual, por lo tanto la operación deberá ser declarada por el vendedor (y también en su caso por el comprador) en el ejercicio anual correspondiente.

Ahora bien, la resolución admite que no se retenga el impuesto si el vendedor obtiene un certificado de no retención, que deberá otorgar la dependencia de la AFIP donde se encuentre inscripto, para lo cual deberá solicitar tal exención con por lo menos 10 días corridos de antelación al acto escriturario. Con el certificado en mano, la retención no procede. Y tal certificado será otorgado por la AFIP en tanto y en cuanto el contribuyente demuestre que del resultado de la operación de transferencia del bien, no se obtiene utilidad. Es decir, que arroja quebranto.

Puede darse el caso de que la retención no corresponda por distintas causas, tal como indicaremos a continuación:

1. Venta y reemplazo en los términos de la ley de impuesto a las ganancias. Si el vendedor realiza la operación con el objeto de reemplazar el inmueble por otro, para lo cual tiene un plazo de un año, deberá presentar una nota en la Agencia de la AFIP donde está inscripto

2. En los casos de reorganización de empresas, donde la transferencia del bien se realiza dentro de la figura del /conjunto económico/ 3. En los casos de expropiación.

4. Cesiones intermedias donde los cesionarios ya hubieran retenido el impuesto en otra etapa.

5. Operaciones de ejercicios anteriores por los cuales ya se presentó la declaración jurada de impuesto a las ganancias.

Ahora bien, en caso de tratarse de ventas de inmuebles por parte de personas físicas o sucesiones indivisas que no hacen habitualidad de esta operatoria, entran en el ámbito del impuesto a la *transferencia de* *inmuebles*, que es un gravamen diferente, creado por la ley 23.905 y que en cierta forma vino a reemplazar al viejo impuesto sobre las ganancias o beneficios eventuales, aunque solamente referido a inmuebles. No se trata, sin embargo, de un impuesto en el que sirva de algo determinar si hay o no ganancia en la operación de que se trate, no. Simplemente se grava la venta con una tasa del 1,5% sobre el valor total de la operación y procede la retención por parte del escribano en los términos de la RG (DGI) 3319. También puede ser agente de retención el adquirente del boleto de compraventa si obtiene la posesión y los cesionarios de boletos de compraventa si en ese mismo acto obtienen la posesión. Es, simplemente, un impuesto instantáneo, prácticamente como un sellado.

Existe sin embargo una excepción, que es el caso del vendedor que transfiere su único inmueble con características de vivienda y/o terreno y se compromete a adquirir dentro del plazo de un año otro inmueble con igual destino. El año puede ser desde el momento de la venta, y también al revés, desde el momento de la compra y hasta la venta del bien que poseía con anterioridad.

En lo que respecta al *impuesto de sellos*, digamos que se trata de un impuesto de carácter local, es decir que cada provincia lo tiene legislado en su código fiscal, y la ley nacional se aplica en el ámbito de la Capital. Se gravan los actos onerosos, salvo los expresamente exentos, dice el Código de la Provincia de Buenos Aires, lo cual atenta contra el denominado /principio de certeza/ que debe privar en estos actos.

En la Ciudad de Buenos Aires se aplica este impuesto únicamente a las transferencias de inmuebles con una escala que arranca en el 0,75% pero que llega a 2,5% cuando el monto de la operación supera los $ 26.455. Están exentas las ventas de inmuebles con destino a vivienda, incluso cuando se trate de bienes a ser locados con ese destino.

En la Provincia de Buenos Aires, las transferencias de inmuebles se encuentran también gravadas, pero además están gravados todos los actos, contratos y operaciones de carácter oneroso formalizados en su territorio mediante instrumentos públicos o privados. Por lo tanto la transferencia de inmuebles también está gravada Pero se exime del impuesto a todo acto u operación de crédito y constitución de gravámenes para la compra, construcción o ampliación de vivienda única, familiar y de ocupación permanente otorgados por medio de entidades financieras comprendidas en la ley 21.526. Del mismo modo, las escrituras traslativas de dominio de este mismo tipo de inmuebles cuando la valuación fiscal no supere la suma de $ 60.000.- y así lo haga constar el escribano.

Finalmente, un párrafo para los *fideicomisos*: En la Ciudad de Buenos Aires hay por lo menos un par de dictámenes que consideraron gravada por sellos la transferencia fiduciaria de inmuebles. Y también hay por lo menos un fallo (Tribunal Fiscal, caso Grupo República S.A.) que considera que la transferencia de dominio imperfecto (el fideicomiso) está dentro del ámbito de la ley de sellos.

En Provincia de Buenos Aires, se concluye que el fideicomiso es un acto a título de confianza, lo cual implica que no es ni gratuito ni oneroso, pero según la naturaleza del contrato, si el fiduciario percibe una retribución por la gestión que le es encomendada, estaríamos ante un intercambio oneroso

Y finalmente digamos que la transferencia de inmuebles a fideicomisos no está sujeta a retención de impuesto a las ganancias.

Buenos Aires, 30 de junio de 2005

Dr. Héctor Blas Trillo

Contador Público

Asesor y consultor de empresas

(011) 4328-3382

estudio@hectortrillo.com.ar

Estado, economía y dólares

En términos generales podemos decir que la evolución de la economía no ha dejado de moverse dentro de los carriles que impone esta suerte de pragmatismo intervencionista en que nos movemos. Los indicadores económicos muestran un crecimiento que ha sufrido una cierta desaceleración luego de alcanzados los niveles del año 1998, ante la necesidad de nuevas inversiones para las cuales el gobierno aplica medidas de lo más variadas e imprevistas, pero siempre dentro de ese afán de correr detrás de lo que anda mal para darle un grado de entonación, para luego ir sobre los aspectos que sufren alteraciones como consecuencia de haberse intentado un remedio para los primeros.


El ejemplo más claro de lo que decimos es sin duda el problema energético, dado que la falta de negociación de los contratos con las llamadas “privatizadas” ha derivado en exceso de consumo y escasez, lo cual a su vez creó la necesidad de importar gas y fuel oil y también de reducir las exportaciones de gas a Chile de manera drástica.

El Estado ha enmarcado su política económica dentro de un esquema de promoción de inversiones, tasas de interés diferenciales para Pymes y desgravaciones tributarias de diversa índole, con el objeto de logar así precisamente las necesarias inversiones de capital que favorezcan el crecimiento.

Como muchas veces hemos señalado, la necesidad de armar ofertas para poder vender un producto indica, claramente, que de por sí no se vende o no lo hace lo suficiente. De donde podemos fácilmente concluír que todos estos esquemas promocionales apuntan a incentivar inversiones que solas no vendrían jamás.


Podemos asegurar, si temor a error, que este mecanismo nos coloca en un mundo económico donde la certeza respecto de las reglas de juego no existe. Y donde además, el orden de los factores puede ser cambiado con una rapidez notable. Baste también como ejemplo el siguiente: en los primeros tiempos que siguieron a la devaluación, el Estado dictó una serie de normas para obligar a exportadores a liquidar sus dólares de invemidato, a los importadores los obligó a presentar declaraciones de necesidades de importación, etc, todo con el objetivo de hacerse de la mayor cantidad de dólares posible. Actualmente, apenas un par de años después, el proceso se ha revertido absolutamente y el Estado busca por todos los medios que los exportadores demoren la liquidación de sus divisas, y que los importadores anticipen sus compras de dólares. Y así podríamos seguir.

Hace unos días, el Estado decidió restringir la llegada de los llamados “capitales golondrina” mediante el incremento del encaje (del 20 al 30%) no remunerado y del monto, que pasó de U$S 500.000 a U$S 1.000.000 por el término de un año por lo menos. El objetivo es evitar que tales capitales vengan a hacer diferencias con las impresionantes tasas en dólares que terminan pagando las Lebacs para luego “salir” rápidamente. De inmediato, parece ser que aparecieron empresas argentinas efectuando colocaciones en títulos prestando el nombre a capitales extranjeros. Esto no nos consta y no sabemos si al Gobierno sí, pero lo cierto es que como consecuencia de ello, la misma restricción señalada para no residentes comenzó a aplicarse también a los locales, con un monto tope mínimo de 2.000.000 de dólares. Es decir, en suma, que acá no hay manera de determinar razonablemente cuáles serán las reglas que regirán la semana próxima para el ingreso y permanencia de capitales, para las compras o ventas de divisas, para las colcaciones o retiros del sistema, etc.

Esto puede ser muy bienintencionado, pero es pésimo. Y además es consecuencia del intervencionismo en el mercado de cambios, porque la necesidad de mantener el dólar a valores cercanos a los $ 3.- es la que origina todos estos cambios. Atacar la consecuencia no parece ser nunca la solución.


Siguiendo con otros temas tenemos que probablemente los índices de precios no puedan ser sostenidos en niveles de 0,5% mensual, lo cual ya de por sí es bastante alto. En efecto, luego de los meses de mayor presión tributaria (abril y mayo) y llegado el aguinaldo, más bien parece que puede haber un incentivo importante a la demanda de bienes y servicios que seguramente repercutirá en los precios.

Normalmente se habla de aumentos “puntuales”. Subirá el pan, subirán las expensas, subirá el alquiler. La inflación es la suba generalizada de precios y eso es lo que está ocurriendo. A veces unos, otras veces otros. Pero todos, poco o mucho, van subiendo. Y los salarios también. Y los reclamos sindicales. Y los aumentos por decreto.

La desocupación ha bajado bastante pero no por debajo del 16 o 17% si tomamos como desempleados a los beneficarios del plan Jefes. Avanzar requiere inversiones, eso sin duda.

La suba del petróleo por encima de los 60 dólares y su altísimo precio al día de hoy deja margen al gobierno para obtener mayores valores absolutos por retenciones, ya que los hidrocarburos pagan el 45%. Ello ayuda al superávit del Estado, pero también torna complicadas las inversiones en el sector petrolero, por el afán del Estado de mantener el precios local de los combustibles.

Finalmente parece que se iniciará la negociación con el FMI, organismo que sigue solicitando mayor superávit, renegociación de los contratos con las “privatizadas”, sistema tributario razonable y sin distorsiones (como las retenciones a la exportación). A ello agrega ahora no seguir emitiendo moneda para comprar excedentes de dólares, lo cual provoca incentivos inflacionarios y suba de tasas (porque el Estado sale tomar el dinero emitido en forma de Lebacs), incluir a los bonistas que no adhirieron al canje de deuda, etc.

El año electoral y la suba del gasto público son otras dos importantes cuestiones a considerar. Porque es sabido que no se trata de algo imperceptible, por más que alguien quisiera disimularlo.

La tasa de crecimiento del PBI continúa en torno del 7%, considerando el arrastre, pero hay algunos analistas, que incluyen al propio Dr. Lavagna, que estiman un poco menos.

Y en materia de seguridad jurídica, a lo que ya señalamos debemos agregar que continúa el discurso agresivo y hasta descalificatorio cada vez que empresarios dicen algo que no le gusta al Poder Ejecutivo.

Y un elemento final que nos parece verdaderamente cuestionable: se ha señalado que el Gobierno no deolvería el dinero del plan canje de automóviles de los años 90, a menos que los empresarios del sector inviertan ese dinero en ampliar sus plantas o mejorar su producción. No era eso lo acordado, de manera que el cambio es simplemente una decisión unilateral que, si nos moviéramos con las expresiones presidenciales, equivaldría a una suerte de extorsión. Pero esencialmente de lo que se trata es de que una vez más no se h a cumplido un contrato. Y el silencio resultante nos parece más preocupante todavía, dicho esto con la mejor de las intenciones.

Buenos Aires, 30 de Junio de 2005

Dr. Héctor Blas Trillo

Asesor y consultor de empresas

(011) 4328-3382

estudio@hectortrillo.com.ar

Impuesto Inmuebles - Sellos

Nos proponemos en este trabajo analizar los aspectos más destacables del tratamiento impositivo que se aplica a las ventas de inmuebles en general. Nos referiremos especialmente a los impuestos a las ganancias y a la transferencia de inmuebles, que son impuestos nacionales, para luego hacer una breve referencia al impuesto de sellos, de características locales.

Comenzaremos entonces por el *impuesto a las ganancias*. Tenemos básicamente dos grandes grupos de contribuyentes:



1. Los sujetos pasivos que no son personas físicas o sucesiones indivisas: Si se trata de sujetos que realicen actividades comerciales en general, hagan o no profesión habitual de la compraventa de inmuebles, se trate de sociedades regulares constituidas en el país, irregulares, establecimientos estables de empresas del exterior, empresas unipersonales ubicadas en el país, estarán alcanzados por el impuesto a las ganancias por los resultados obtenidos en la transferencia de dominio de inmuebles.

2. Sujetos pasivos que son personas físicas o sucesiones indivisas: si se trata de personas que hacen habitualidad de la compraventa de inmuebles, sus operaciones están alcanzadas por el impuesto a las ganancias.

En el año 1989 se dictó la RG (AFIP) 3026 que dispuso un régimen general de retención del impuesto a las ganancias para las operaciones de transferencias de dominio de inmuebles en la medida en que se encuadren en las situaciones descriptas. La tasa de retención es del 3% sobre el valor total de la venta o de la valuación fiscal, el importe de ambos que fuere mayor. En el caso de otorgarse un plazo mayor de 5 años para cancelar la operación y se perciba menos del 50% del valor total al momento de la transferencia de dominio, la tasa de retención se reduce al 1,5%.



La ley del impuesto a las ganancias por supuesto alcanza la utilidad obtenida de la venta de los inmuebles en cuestión, pero la retención que estamos comentando se toma del total.

Digamos para redondear que esta retención se efectúa tomando en cuenta la transferencia del dominio del bien o la escritura traslativa, lo que ocurriere en primer término, dado que ese es el criterio de la ley del impuesto para considerar realizada la operación.

Se dan algunas situaciones especiales que comentaremos brevemente. Por ejemplo el caso del cambio o permuta, o la dación en pago. Estas operaciones se encuentran alcanzadas por la retención, pero en la medida en que exista un remanente en dinero sobre el cual retener, o hasta su concurrencia si fuera el caso. Es decir que si en la permuta o dación en pago, no existiere diferencia en dinero, la retención no procede por imposibilidad de llevarla a cabo.



Naturalmente que la retención estará a cargo de los escribanos en el momento de celebrarse la escritura traslativa, pero también puede ocurrir que sea el cesionario de un boleto de compraventa el que deba retener en el caso de que tal cesión implique también la transferencia de dominio.

El impuesto a las ganancias como se sabe es un impuesto anual, por lo tanto la operación deberá ser declarada por el vendedor (y también en su caso por el comprador) en el ejercicio anual correspondiente.

Ahora bien, la resolución admite que no se retenga el impuesto si el vendedor obtiene un certificado de no retención, que deberá otorgar la dependencia de la AFIP donde se encuentre inscripto, para lo cual deberá solicitar tal exención con por lo menos 10 días corridos de antelación al acto escriturario. Con el certificado en mano, la retención no procede. Y tal certificado será otorgado por la AFIP en tanto y en cuanto el contribuyente demuestre que del resultado de la operación de transferencia del bien, no se obtiene utilidad. Es decir, que arroja quebranto.

Puede darse el caso de que la retención no corresponda por distintas causas, tal como indicaremos a continuación:

1. Venta y reemplazo en los términos de la ley de impuesto a las ganancias. Si el vendedor realiza la operación con el objeto de reemplazar el inmueble por otro, para lo cual tiene un plazo de un año, deberá presentar una nota en la Agencia de la AFIP donde está inscripto

2. En los casos de reorganización de empresas, donde la transferencia del bien se realiza dentro de la figura del /conjunto económico/ 3. En los casos de expropiación.

4. Cesiones intermedias donde los cesionarios ya hubieran retenido el impuesto en otra etapa.

5. Operaciones de ejercicios anteriores por los cuales ya se presentó la declaración jurada de impuesto a las ganancias.

Ahora bien, en caso de tratarse de ventas de inmuebles por parte de personas físicas o sucesiones indivisas que no hacen habitualidad de esta operatoria, entran en el ámbito del impuesto a la *transferencia de* *inmuebles*, que es un gravamen diferente, creado por la ley 23.905 y que en cierta forma vino a reemplazar al viejo impuesto sobre las ganancias o beneficios eventuales, aunque solamente referido a inmuebles. No se trata, sin embargo, de un impuesto en el que sirva de algo determinar si hay o no ganancia en la operación de que se trate, no. Simplemente se grava la venta con una tasa del 1,5% sobre el valor total de la operación y procede la retención por parte del escribano en los términos de la RG (DGI) 3319. También puede ser agente de retención el adquirente del boleto de compraventa si obtiene la posesión y los cesionarios de boletos de compraventa si en ese mismo acto obtienen la posesión. Es, simplemente, un impuesto instantáneo, prácticamente como un sellado.

Existe sin embargo una excepción, que es el caso del vendedor que transfiere su único inmueble con características de vivienda y/o terreno y se compromete a adquirir dentro del plazo de un año otro inmueble con igual destino. El año puede ser desde el momento de la venta, y también al revés, desde el momento de la compra y hasta la venta del bien que poseía con anterioridad.

En lo que respecta al *impuesto de sellos*, digamos que se trata de un impuesto de carácter local, es decir que cada provincia lo tiene legislado en su código fiscal, y la ley nacional se aplica en el ámbito de la Capital. Se gravan los actos onerosos, salvo los expresamente exentos, dice el Código de la Provincia de Buenos Aires, lo cual atenta contra el denominado /principio de certeza/ que debe privar en estos actos.

En la Ciudad de Buenos Aires se aplica este impuesto únicamente a las transferencias de inmuebles con una escala que arranca en el 0,75% pero que llega a 2,5% cuando el monto de la operación supera los $ 26.455. Están exentas las ventas de inmuebles con destino a vivienda, incluso cuando se trate de bienes a ser locados con ese destino.

En la Provincia de Buenos Aires, las transferencias de inmuebles se encuentran también gravadas, pero además están gravados todos los actos, contratos y operaciones de carácter oneroso formalizados en su territorio mediante instrumentos públicos o privados. Por lo tanto la transferencia de inmuebles también está gravada Pero se exime del impuesto a todo acto u operación de crédito y constitución de gravámenes para la compra, construcción o ampliación de vivienda única, familiar y de ocupación permanente otorgados por medio de entidades financieras comprendidas en la ley 21.526. Del mismo modo, las escrituras traslativas de dominio de este mismo tipo de inmuebles cuando la valuación fiscal no supere la suma de $ 60.000.- y así lo haga constar el escribano.

Finalmente, un párrafo para los *fideicomisos*: En la Ciudad de Buenos Aires hay por lo menos un par de dictámenes que consideraron gravada por sellos la transferencia fiduciaria de inmuebles. Y también hay por lo menos un fallo (Tribunal Fiscal, caso Grupo República S.A.) que considera que la transferencia de dominio imperfecto (el fideicomiso) está dentro del ámbito de la ley de sellos.

En Provincia de Buenos Aires, se concluye que el fideicomiso es un acto a título de confianza, lo cual implica que no es ni gratuito ni oneroso, pero según la naturaleza del contrato, si el fiduciario percibe una retribución por la gestión que le es encomendada, estaríamos ante un intercambio oneroso

Y finalmente digamos que la transferencia de inmuebles a fideicomisos no está sujeta a retención de impuesto a las ganancias.

Buenos Aires, 30 de junio de 2005

Dr. Héctor Blas Trillo
Contador Público
Asesor y consultor de empresas
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El Impuesto al Cheque

Con el objeto de dilucidar algunas dudas, abordaremos en las siguientes consideraciones el tratamiento del impuesto a los débitos y créditos en cuentas bancarias (conocido vulgarmente como “impuesto al cheque” que es como lo denominaremos a lo largo del presente comentario) analizando para ello el decreto 534/04, dictado en el mes de mayo de ese año. Al respecto cabe mencionar que se ha dispuesto una baja de la tasa general (que entre los créditos y los débitos en las citadas cuentas suma 1,2%) que se produce en realidad mediante la mecánica del llamado “pago a cuenta” de otros impuestos. En otras palabras la tasa sigue siendo la misma pero se abre la alternativa de utilizar una porción de ella para aplicar al pago del impuesto a las ganancias (IG) y a la ganancia mínima presunta (GMP). Es destacable el hecho de que solamente puede tomarse a cuenta de estos impuestos, y no del IVA o de Bienes Personales.



La manera de aplicar el cómputo tiene algunas particularidades que nos proponemos explicar brevemente para luego avanzar sobre otros aspectos de esta norma, que en verdad ha vuelto a aplicar el criterio del pago a cuenta de este impuesto, abandonado a comienzos de 2002.

El decreto citado dispone que se tomará como pago a cuenta el 34% del impuesto aplicado a las ACREDITACIONES en cuentas de entidades financieras. Es decir, sobre el 0,6%, ya que el otro 0,6%, sobre los débitos, no originará créditos fiscales.

De manera que el monto a computar como pago a cuenta de los otros impuestos es, en definitiva, de 0,204 puntos.



La ley del impuesto al cheque incluye además otras operatorias, que son (a) las efectuadas entre entidades financieras sin utilización de cuentas y (b) los movimientos de fondos propios (entre cuentas del mismo titular) o los movimientos de fondos de terceros . En estos casos el pago a cuenta es el 17% del total del impuesto, que es, como queda dicho, del 1,2%. En suma la tasa de crédito fiscal termina siendo la misma en todos los casos.

La puesta en vigencia del régimen es el 1° de mayo de 2004 y puede aplicarse para anticipos o declaraciones juradas de ejercicios comerciales que tengan su cierre a partir de esa fecha. Es decir que no pueden tomarse estos pagos a cuenta para aplicar al pago de obligaciones provenientes de ejercicios anteriores.

Si hubiera un remanente no compensado, éste podrá trasladarse a futuros ejercicios hasta su agotamiento, pero no es posible compensarlo con otros impuestos, ni pedirse su reintegro, ni transferirse a terceros.



El decreto de marras también hace referencia al hecho de que el monto computado como pago a cuenta no será deducible del impuesto a las ganancias, lo cual resulta obvio, ya que desde el momento en que se lo utiliza como crédito de impuesto, no es lógico que se lo tome como gasto.

Hay un aspecto que merece que nos detengamos en el análisis, y es el orden en que tenemos que tomar el pago a cuenta a los efectos de cumplir con las obligaciones fiscales, ya que tiene sus implicancias, dado que el monto computable con tal carácter no origina saldos a favor que puedan aplicarse al pago de otros impuestos, cosa que sí ocurre con los saldos a favor del impuesto a las ganancias, por ejemplo. De manera que utilizar en primer término el pago a cuenta aparece como lo más lógico.

En le caso de empleados en relación de dependencia sujetos a retenciones del impuesto a las ganancias, el cómputo del pago a cuenta se efectuará en la liquidación anual de tal impuesto, para lo cual el empleado deberá informar mediante nota con carácter de declaración jurada su situación impositiva al empleador.

A su vez en el caso de los socios de sociedades de personas, el crédito fiscal del pago a cuenta se atribuirá en proporción a su participación en tales sociedades, y luego cada socio deberá proporcionar su utilización al incremento de la obligación fiscal personal que provenga de las mismas. En otras palabras, que si esas personas tienen otras ganancias, el pago a cuenta surgido de su participación en sociedades de personas no es computable para el pago del impuesto que surja de tales ganancias.

Cabe mencionar que la RG 1674 de la AFIP, que reglamenta la norma que estamos comentando, dispone que en el caso de anticipos, podrá utilizarse el crédito fiscal pendiente de imputación a la finalización del mes anterior al del vencimiento de tales anticipos.

En todo este tratamiento hay un viejo problema que no ha sido resuelto por la norma que estamos comentando, y es el que se presenta cuando el pago de los anticipos y retenciones de los impuestos a las ganancias excede el monto de determinación final de la declaración jurada. Porque puede ocurrir, y ocurre, que dado que los anticipos se establecen sobre la base de los montos de impuestos abonados en el año anterior, si la determinación del impuesto del año corriente da una cifra menor puede presentarse el caso de que tengamos saldos a favor por anticipos pagados. Si bien existe la posibilidad, acotamos, de pedir una reducción de tales anticipos cuando estimamos que nuestro saldo de impuestos será menor, no siempre se efectúan tales presentaciones en tiempo y forma, o no siempre las estimaciones son correctas, naturalmente.

En estos casos, si aplicamos al pago de los anticipos los créditos del impuesto al cheque, éste queda incorporado en aquellos, por así decirlo, y por lo tanto perdería el carácter de pago a cuenta a ser compensado con futuras obligaciones en los impuestos a las ganancias o a la ganancia mínima presunta. Por consiguiente si nuestras declaraciones juradas presentan saldos a favor por pagos en exceso de anticipos, ¿pueden tales saldos utilizarse contra otras obligaciones tributarias, como el IVA, o es preciso desglosar de ellos el pago a cuenta computado, dado que éste no es trasladable a otros impuestos?. Este problema ya lo teníamos en oportunidad de la vigencia de los pagos a cuenta durante el año 2001 y comienzos de 2002, por eso decimos que no es nuevo.

Si bien esta cuestión puede parecer menor, no lo es en muchos casos. Hay empresas muy importantes que tienen una enorme carga de impuesto al cheque, con lo cual pueden producirse grandes diferencias a compensar. No debemos perder de vista el hecho de que un pago a cuenta es equivalente a un anticipo de cualquier impuesto, y que por ello constituye una carga financiera que puede ser relevante. Y aunque no lo fuera tanto, es obvio que cualquier contribuyente quiera utilizar antes que nada sus saldos a favor para reducir el peso financiero y económico de sus obligaciones fiscales.

Y para finalizar, dos cuestiones adicionales. La primera es que si hubieran quedado saldos sin utilizar de la vigencia del pago a cuenta del impuesto al cheque que finalizó el 18 de febrero de 2002, tales saldos pueden utilizarse ahora. Y la segunda es que el decreto establece un plazo de 3 meses para evaluar la evolución de la recaudación fiscal y también la utilización de cuentas bancarias. Como el proverbial dicho: nada es para siempre.

Buenos Aires, 19 de junio de 2005

 

 

Dr. Héctor Blas Trillo
Contador Público
Asesor y consultor de empresas
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El Iva Agropecuario

Este trabajo pretende llevar a cabo una descripción somera de las distintas actividades vinculadas con el sector agropecuario y su tratamiento en lo que respecta al Impuesto al Valor Agregado.


Sin intentar agotar el tema, ni mucho menos, sí nos parece importante referirnos a una cantidad de aspectos que suelen suscitar dudas y originar en consecuencia consultas obteniéndose respuestas que no siempre resultan del todo claras o satisfactorias.

Evitaremos en lo posible mencionar normas para hacer la cuestión más sencilla y llevadera.

A continuación detallaremos, pues, una serie de actividades indicando a continuación el tratamiento en el impuesto y la tasa que las rige. En este punto cabe también aclarar, y como regla general, que la tasa reducida del impuesto rige exclusivamente para las actividades expresamente consideradas en la ley como diferenciales, y por lo tanto no se refiere a actividades que no estén específicamente contempladas En los casos en que corresponda, efectuaremos las aclaraciones que consideremos de interés.-


1. VENTAS E IMPORTACIONES DEFINITIVAS DE GRANOS (EXCLUÍDO EL ARROZ) Y LEGUMBRES SECAS (POROTOS, ARVEJAS Y LENTEJAS): gravadas a la tasa del 10,5%

2. VENTAS E IMPORTACIONES DEFINITIVAS DE FRUTAS, LEGUMBRES Y HORTALIZAS FRESCAS, REFRIGERADAS O CONGELADAS: gravadas a la tasa del 10,5% en la medida que no hayan sido sometidas a procesos que impliquen una verdadera cocción o elaboración que los convierta en un verdadero preparado del producto.

3. VENTAS E IMPORTACIONES DEFINITIVAS DE MIEL DE ABEJAS A GRANEL: gravadas a la tasa del 10,5%.


4. VENTAS E IMPORTACIONES DEFINITIVAS DE CUERO BOVINO FRESCO O SALADO, SECO, ENCALADO, PIQUELADO O CONSERVADO DE OTRO MODO PERO SIN CURTIR, APERGAMINAR NI PREPARAR DE OTRA FORMA, INCLUSO DEPILADO O DIVIDIDO: gravadas a la tasa del 10,5% cuando se encuentren comprendidos en determinadas posiciones arancelarias de la nomenclatura común del MERCOSUR.

6. VENTAS E IMPORTACIONES DEFINITIVAS DE HACIENDA BOVINA Y OVINA: gravadas a la tasa del 10,5%. La venta de carnes y despojos no procesados entra también en esta categoría.

7. LAS LLAMADAS LOCACIONES DE OBRA QUE SE CONTRATEN PARA PRODUCIR CUALESQUIERA DE LOS PRODUCTOS SEÑALADOS EN LOS PUNTOS ANTERIORES: gravadas a la tasa del 10,5%.

8. CANJES DE HACIENDA POR HACIENDA: Gravados a la tasa del 10,5%.. Estas operaciones deben facturarse y el impuesto debe ser abonado por cada uno de los participantes del canje.

9. CANJES DE INSUMOS POR GRANOS: se encuentran gravados y deben liquidarse al entregar los granos. La tasa del impuesto es, en general, el 10,5%, aunque puede haber insumos gravados al 21%.

10. LAS LABORES CULTURALES (PREPARACIÓN, ROTURACIÓN DEL SUELO, ETC), LA SIEMBRA O PLANTACIÓN, LA APLICACIÓN DE AGROQUÍMICOS Y/O FERTILIZANTES Y LA COSECHA: gravadas a la tasa del 10,5% cuando se trate de obras, locaciones o prestaciones de servicios vinculadas a la obtención de los productos señalados en los puntos 1, 2 y 6.

11. ARRENDAMIENTOS RURALES. Están exentos de IVA

12. SIEMBRAS A PORCENTAJE: el producido de la cosecha no está gravado, pero sí lo está la venta. De manera que la distribución del producto obtenido según lo pactado no constituye una operación gravada. La gravabilidad se produce, por lo tanto, al momento de la venta y a la tasa del 10,5%

13. PASTOREOS: Por regla general se asimilan a los arrendamientos y pueden considerarse exentos del IVA, es cuestión de tener en cuenta los aspectos de orden público que se vinculan con el contrato de arrendamiento para evitar cualquier cuestionamiento por parte de la AFIP.

14. PASTAJES: Es asimilable a la venta de pasto y por lo tanto se encuentra gravado a la tasa general del 21%.

15. CONTRATOS DE CAPITALIZACIÓN DE HACIENDA: El resultado de la capitalización no está gravado. La gravabilidad se produce al momento de la venta de la hacienda. Pero es preciso tener presente que los insumos y gastos alcanzados por el IVA están siempre alcanzados por el impuesto al momento de ser facturados. La tasa de venta de la hacienda bovina y ovina es del 10,5%.

16. LABOREOS, FUMIGACIONES, APLICACIONES DE AGROQUÍMICOS Y FERTILIZANTES se encuentran gravados al momento de su facturación, a la tasa del 10,5%

17. MANO DE OBRA DE TERCEROS. La actividad de molineros, alambradores, mecánicos, etc. está alcanzada por el IVA

18 .COMISIONES: están alcanzadas a la tasa del 21%, tanto por ventas de granos como haciendas o incluso de campos. Sin embargo, el Dictamen (DAL) 59/2002 de la AFIP interpretó basándose en el decreto 499/98 que cuando se trata de comercialización de hacienda vacuna en pie, los conceptos facturados con motivo de la comercialización se encuentran alcanzados a la tasa del 10,5%.

19. FLETES: se encuentran alcanzados a la tasa del 21%. La tasa se reduce a la mitad en la comercialización de hacienda vacuna en pie según lo señalado en el punto anterior

20. SERVICIOS PROFESIONALES: Los servicios provenientes de veterinarios, contadores, ingenieros agrónomos, agrimensores, etc, están alcanzados a la tasa del 21%, excepto que tuvieran relación directa con alguno de los aspectos señalados en el punto 10.

21. COMBUSTIBLES: Están alcanzados por el IVA y deben siempre estar discriminados en la factura para poder deducirse.

22. ELECTRICIDAD RURAL: está alcanzada por la tasa del 27%.

23. TELEFONÍA RURAL: gravada a la tasa del 27%

24. VENTA DE GAS Y AGUA REGULADAS POR MEDIDOR: a la tasa del 27%

25. VENTA DIRECTA DE HACIENDA: gravada a la tasa del 10,5%

26. EXPORTACIONES DE PRODUCTOS PRIMARIOS: Se encuentran exentas del IVA.

27. GRANOS DE PROPIA PRODUCCIÓN PARA CONSUMO PROPIO: no se considera venta y por lo tanto no está gravada.

28. VENTA DE MONTES Y PLANTACIONES: La venta de inmuebles por accesión se encuentra alcanzada por el impuesto a la tasa general

29. TAMBERO A PORCENTAJE. Debe tributar IVA sobre la liquidación neta percibida a la tasa general.

Como se sabe, la gravabilidad a tasas diferenciales menores a la tasa general, origina problemas cuando los insumos estén gravados a la tasa del 21%. Ello así porque pueden producirse acumulaciones de saldos a favor en los casos en que tales insumos sean una porción significativa en los costos de producción de los bienes. Tales saldos a favor, denominados en la jerga profesional como "técnicos" no son utilizables para compensar otros impuestos, tales como el impuesto a las ganancias o a la ganancia mínima presunta. Es por eso que por lo general los productores afectados participan de la idea de que la tasa debe ser la misma tanto para las compras e insumos como para las ventas, de manera de trasladar plenamente el efecto evitando la acumulación de tales saldos. En muchos casos, ciertos productores diversifican su radio de acción con la finalidad de poder utilizar dichos saldos a favor. Téngase en cuenta que siempre hay, además, una incidencia financiera de gran importancia, lo cual incrementa aún más el efecto negativo, porque la legislación vigente no reconoce intereses o efectos inflacionarios a favor del contribuyente por tales diferencias, limitándose a permitir utilizarlas cuando las ventas originen débitos suficientes.

En lo que respecta a los regímenes de retenciones y percepciones vinculados con el IVA y el campo, dejaremos el análisis para un posterior artículo, pero aclaramos que como regla general tales conceptos aparecen cuando se produce la transacción en dinero, y por lo tanto no proceden en los canjes, dado que en tales casos existe imposibilidad de retener. El concepto de "pago", en los términos del artículo 18 de la ley del Impuesto a las Ganancias, implica la transferencia de fondos o la acreditación en la cuenta del cliente, básicamente.

Como decíamos al comienzo, este trabajo no pretende agotar el tema. Simplemente aspiramos a echar un poco de luz ante las dudas que permanentemente observamos en nuestro desempeño profesional cotidiano.

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Estudio Héctor Blas Trillo

Economía y tributación

Godoy Cruz Nº 2870 (C1424FQN)

TE. (54 11) 4 776 1732

Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina

Default de Deuda Argentina

Entre nosotros digamos que la salida del default y el canje de la deuda, finalmente concretado, ha hecho que la consultora Standard and Poors sacara a nuestro país de la condición de “default”, por lo cual los fondos de inversión están ahora autorizados a comercializar bonos argentinos. Esto implica, naturalmente, un retorno a la normalidad, al menos en un principio. Como se sabe, restaurar la confianza lleva años, pero los negocios con títulos posdefault ajustables por inflación, por ejemplo, son tal cosa hoy.


Precisamente la tendencia a colocarse en pesos en títulos indexados para hacer diferencia en dólares, dado que la divisa norteamericana sigue “planchada”, aumenta la llegada de los llamados “capitales golondrina”, que acuden raudamente a hacer grandes diferencias en cortos lapsos. Por eso el gobierno ha dispuesto alargar a un año el plazo de ingresos de divisas con fines de colocación financiera. Además, ha establecido la obligación de dejar como encaje no remunerado el 20% de los montos ingresados por tal fin. Es decir que una vez más se acude a la mecánica de evitar la consecuencia en lugar de corregir la causa.

Porque la causa es la tasa de interés creciente y la indexación de los títulos en pesos provocada por la decisión del gobierno de mantener el tipo de cambio alto, dado que para tal fin debe emitir moneda que luego retira mediante colocaciones de Lebacs a tasas crecientes, tal como venimos reiterando semana a semana.

Otro aspecto a comentar es que la recaudación del mes de mayo ha superado los 12.000 millones de pesos, un número esperado pero igualmente altamente positivo. Sin embargo, como siempre decimos, cuando la recaudación aumenta se produce un enfriamiento de la economía, dado que lo que se paga en impuestos y genera superávit, se deja de gastar.


El gobierno sigue comprando dólares masivamente, y ha llegado en el mes de mayo a una cifra de 1.500 millones de esa moneda, buena parte mediante emisión pura de moneda, y el resto mediante los fondos del tesoro, es decir del superávit, depositados en el Banco Nación.

La suba de los salarios mínimos desde 450 pesos a 630 escalonada en 3 meses, no es más que el reconocimiento de las llamadas “asignaciones no remunerativas” otorgadas por decretos del Estado con anterioridad, que ascendían a 150 pesos netos y se convertirán en 180 pesos brutos para cubrir el efecto de las retenciones previsionales al incorporarse al sueldo. Es decir que significan un aumento de los costos para las empresas y no una mejoría de salarios real. En este aspecto reiteramos lo que siempre decimos también: los salarios suben cuando aumenta la productividad, al tiempo que baja la desocupación. Pero no lo hacen por efecto de decretos o disposiciones, que a la larga se vuelven contra los mismos trabajadores presionando los índices de inflación y fomentando todavía más el empleo en negro. Es que es indispensable tener en cuenta que las normas impuestas producen cambios en los mercados, y éstos deben ser analizados antes de tomar las medidas, porque después las consecuencias se hacen inevitables. Claro que acá están en juego los reclamos sindicales, que antes que nada apuntan a las llamadas “cajas” que afectan, precisamente, a los propios sindicatos. Lamentablemente.

Digamos para ir terminando que en Italia la Corte ha determinado que no tiene jurisdicción sobre la deuda argentina en materia de default, ya que los bonos en poder de acreedores del país peninsular están emitidos bajo legislación de otros países, como el Reino Unido o Alemania. Este aspecto favorece a nuestro país en materia de reclamos por la deuda, dejando de lado el hecho de que moralmente siempre el no pagar lo adeudado deja una secuela de desconfianza enorme por parte de quienes se sienten estafados. Lo cierto es que aún está pendiente qué cosa se hará con los bonistas que no entraron en el canje, y es sabido que cualquier gestión para acordar con el FMI implica el reconocimiento de que tales obligaciones no se extinguieron ni mucho menos.

Economía de Europa - Evolucion del Euro



En estos días se han producido algunas novedades a nivel internacional que juzgamos de gran trascendencia para el acontecer la economía mundial tanto en el corto como en el largo plazo. Como lo que habitualmente hacemos es referirnos a la repercusión que puedan tener entre nosotros los sucesos internacionales, no profundizaremos en el análisis de la cuestión europea tras las dos derrotas consecutivas, en Francia y en Holanda, de la propuesta de una constitución para toda la comunidad de naciones del Viejo Mundo. Pero nos parece importante hacer una mención más o menos amplia dado que el efecto sobre modelos transplantados a América Latina, como el Mercosur por ejemplo, se enmarcan en un esquema bastante similar en cuanto a las previsiones futuras.

Es sabido que la Unión Europea está chocando con innúmeros problemas provenientes de décadas de proteccionismo y de la prolongación /sine die/ de subsidios y seguridades del llamado “Estado benefactor” sin que se analicen debidamente los resultados sobre los sectores promovidos o protegidos, por ejemplo.

Europa toda está sufriendo una falta de competitividad notable con relación a no pocos países de Asia, Oceanía e incluso de América del Norte. Ello es debido a varios factores, entre los cuales los costos del sostenimiento de beneficios y subsidios adquiere características importantísimas. Piénsese por ejemplo, que la Comunidad hace más de 50 años que protege al agro, lo cual excede todo marco de razonabilidad, más allá de la opinión que cada sector pueda tener respecto del proteccionismo económico. Es decir, puede parecer lógico establecer protecciones por un tiempo con una finalidad determinada, pero cuando tales protecciones se vuelven indefinidas, en términos meramente económicos cabe pensar si no sería mejor estudiar una “reconversión”, como se le llama hoy al cambio de objetivo económico en tal o cual área.


A esto se suman las restricciones inmigratorias y el control de la natalidad que van llevando al Viejo Continente a tener una población de gente mayor, jubilada, subsidiada, protegida, contenida y todo lo demás, que está perfecto pero que hay que pagarlo.

La llegada del euro a Europa ha provocado una suerte de corsé para los mecanismos devaluatorios nacionales que en casos como el de Italia permitían cada 3 o 4 años restaurar la competitividad, como acaba de ocurrir en la Argentina con la devaluación de comienzos de 2002. Es decir, cuando el gasto excesivo en el sostenimiento de políticas proteccionistas se hacía intolerable, una devaluación devolvía las cosas a un estadio anterior. Esta modalidad, que siempre calificamos como artilugio monetario, permitía sostener la fantasía de que se podía pagar hasta lo impagable. Italia en particular ha sabido imponer controles de precios y demás, como nosotros, pero sin llegar al grado de desastre al que se llegó aquí en otras épocas. Tales controles pretendían evitar las consecuencias de las devaluaciones, como pasa aquí hoy en día, precisamente.

Lo cierto es que el euro, como moneda común, no contempla estas expresiones locales, y por ende actúa de manera similar a lo que fue la llamada convertibilidad entre nosotros. A medida que se sobrevalúa, deja fuera de competencia definitivamente a la industria y el comercio locales. Europa tiene un enorme reaseguro en el ingreso de turismo. Es un plus que da miles de millones de euros por año a los viejos países que la conforman. Este dato no suele ser tenido en cuenta por los países americanos que pretenden tomar la experiencia comunitaria para trasladarla a estas playas.


Precisamente la sobrevaluación del euro, en parte producto de la caída del dólar como consecuencia del enorme déficit norteamericano de los últimos años, ha contribuido al descontento de verse compelidos varios países a revisar sus números. Por ejemplo, Alemania ha establecido modificaciones en los sistemas de subsidios por desempleo, tomándolos a cuenta de la futura jubilación de las personas involucradas. Francia y otros países han comenzado a “tercerizar” la producción de bienes de grandes marcas, el llamado /outsourcing/ va imponiéndose poco a poco en la vieja Europa protegida, para bajar los costos laborales que se tornan imposibles de sostener. Esto hace años que ocurre en Asia, como todos podemos comprobar observando etiquetas de prendas o electrónicos donde se indica el lugar de fabricación de grandes marcas japonesas, por ejemplo.

La derrota del “sí” en Holanda tiene además ribetes de catástrofe, porque nadie esperaba una cifra de rechazo como la que finalmente se obtuvo: el 61,7% dijo “no”.

Bien, las perspectivas para estos países terminan siendo las de tratar de sostener hasta lo imposible el proteccionismo del “eatado benefactor”, subsidios al agro incluidos. Esto es visto como un perjuicio para nuestro país, dado que obviamente somos productores de bienes primarios a gran escala. Sin embargo, consideramos que Europa puede marchar rápidamente a una seria crisis económica con un atraso tecnológico que ya se hace evidente, por lo demás. Piénsese que los adelantos en tecnología de los últimos 50 años, desde la computación a Internet, desde los satélites de comunicaciones a la telefonía celular, tienen origen estadounidense o japonés, esencialmente. Europa debe buscar formas de competencia, lo cual no es sencillo porque implica recortar beneficios adquiridos y sostenidos casi como un axioma.

La caída del euro en estos días, que ha bajado a 1,23 dólares por unidad y sigue la misma tendencia, es la manera monetaria de tratar de volver a competir allí donde los mercados se retraen.

Observando la situación local, en principio estas cuestiones no producen un efecto en el mediano plazo. La Argentina hace años que tiene problemas para exportar a Europa productos primarios, y no solamente por proteccionismos del tipo subsidios y topes, sino también por imposición de sanciones colaterales, como la búsqueda de objeciones sanitarias y cosas así. Pero es importante tener muy en cuenta el final de estas experiencias colectivas, que si bien todavía no ha llegado, está cada vez más próximo.

Cabe recordar que el Mercado Común no nació esencialmente para protegerse, sino para competir, que obviamente no es la misma cosa. En efecto, aquellas medidas iniciales de Francia y Alemania de los años 50 apuntaban al establecimiento de la llamada Escuela Austríaca en materia económica, siguiendo la línea de Jaques Rueff y de Federico Von Hayek. Es decir la llamada “economía social de mercado” basada en la “teoría relativa del valor”. Esto es: una liberalidad acotada por razones de Estado pero creciente y punzante. Capaz de avanzar por encima de proteccionismos e intervenciones indefinidas.

Esto no fue así, naturalmente. Porque poco a poco, la propensión a brindar seguridades a cualquier costo y sin límites terminó en el punto en que hoy estamos: falta de competitividad, tercerización, desocupación creciente, sociedad con mucha gente mayor jubilada, poca gente joven y demás. Y precisamente el voto negativo a la constitución europea pretende afianzar las fronteras locales para sostener así lo que a estas alturas parece insostenible.

© Héctor Trillo

Perfil del Estudiante de Ciencias Económicas

Recientemente, miembros

de ClubMacro aplicaron 160 encuestas destinadas a conocer mejor el perfil de

los estudiantes de la

Facultad de Ciencias Económicas de la UBA. Del ejercicio

participaron un total de 120 mujeres y 40 varones, que están cursando entre

tercer y quinto año y cuyas edades oscilan en la banda de 20 a 23 años. A continuación

se presentan los principales resultados obtenidos en la muestra y algunos

comentarios (a efectos didácticos se han redondeado las cifras).



Características

socioeconómicas



La información obtenida

señala que los encuestados provienen de sectores socioeconómicos prósperos o

desahogados. Un 80% continua viviendo en casa de sus padres y la mayoría (70%

del total) "no sufre falta de dinero" y se "encuentra

muy conforme con su vida". Aproximadamente la mitad del total tiene

empleo. (Estos datos resultan coincidentes con otros relevamientos hechos a

nivel facultad que destacan la alta proporción de estudiantes de clase media).

Estudio y Universidad



La elección de carrera fue

hecha tomando en cuenta, principalmente, la "buena posibilidad de

salida laboral" (40% del total) o "por vocación"

(40%).

El cuadro siguiente destaca

la imagen positiva de la

Facultad en el aspecto académico. En general, los estudiantes

consideran su nivel como "muy bueno" (40%) o "bueno"

(60%), calificación similar a la que otorgan a docentes y materias. Por el

contrario, expresan una fuerte disconformidad respecto la organización

administrativa, que la mitad de los encuestados considera "regular"

o "mala"

¿Cómo consideras el

nivel de…?

Total

Mujeres

Varones

Facultad en general

 

 

 

Muy Bueno

40%

50%

35%

Bueno

60%

50%

65%

Profesores

 

 

 

Muy Bueno

25%

30%

20%

Bueno

60%

60%

65%

Regulares

15%

10%

15%

Contenido Materias

 

 

 

Muy Bueno

25%

30%

20%

Bueno

65%

65%

70%

Regulares

10%

5%

10%

Org. Administrativa

 

 

 

Buena

50%

50%

40%

Regular

30%

35%

10%

Mala

20%

15%

20%

Un dato de interés reside

en el hecho que uno de cada cuatro encuestados (mayor entre mujeres) considera

a la Facultad

un "lugar gratificante" y sólo un 15% la vive como "una

carga pesada". Obviamente, para la mayoría (60%) es "una

necesidad".

En la dedicación al estudio

(sin considerar tiempo de cursada) se observa una fuerte diferencia de genero,

como se muestra en el cuadro de abajo. La mitad de los varones dedica menos de

2 horas diarias al estudio mientras que la mayoría de las mujeres le consagra

entre 2 y 4 horas (55%) o hasta más de 4 horas/diarias (25%). Obviamente, esta

mayor aplicación de la mujer se refleja en su mejor rendimiento académico,

medido tanto por el promedio de calificaciones como la aprobación de cursos.

Horas diarias de

estudio (sin cursada)

Mujeres

Varones

Menos de 2 hs/día

20%

50%

Entre 2 y 4 hs/día

55%

40%

Más de 4 hs/día

25%

10%

Posiblemente contribuya a

explicar esta diferencia la mayor valoración que la mujer tiene del estudio, ya

que un 60% consideró que esa dedicación va a ser "bien recompensada".

Entre los varones, la mitad opinó que la recompensa es poca o ninguna y no

justifica el esfuerzo.

Tiempo libre y

adicciones

El cuadro siguiente muestra

la utilización del tiempo libre y el grado de adicción al tabaco y el alcohol

por parte de varones y mujeres. Destaca el alto porcentaje de mujeres que fuman

(55% frente a sólo el 30% en los varones). Por otro lado, la mitad de los

varones se emborracha "a veces", mientras que entre las

mujeres sólo lo hace una cuarta parte y un 70% afirmó no haberse embriagado

nunca.

Uso del tiempo libre

Mujeres

Varones

Mirar TV

25%

25%

Escuchar música

30%

20%

Realizar deportes

10%

35%

Otros (Internet,

lectura,etc.)

35%

20%

Uso de tabaco y alcohol

 

 

No Fuma

45%

70%

Fuma menos de 10 cig./día

35%

15%

Fuma más de 10 cig./día

20%

15%

 

 

 

No se emborracha nunca

70%

35%

Se emborracha a veces

25%

50%

Se emborracha seguido

5%

15%

Etica y compromiso

social

La encuesta incluyó la

opinión sobre dos temas controvertidos: aborto y eutanasia. En el tema del

aborto la mayoría de los encuestados que emitieron juicio (60% de las mujeres y

70% de los varones) considera que no debería ser penalizada la mujer que

interrumpe voluntariamente su embarazo. Es más, una de cada cinco mujeres

manifestó su disposición a hacerse un aborto y un 40% de los varones lo

recomendaría.

Por otro lado, son mayoría

los partidarios de la legalización de la eutanasia. Sin embargo una tercera

parte de los encuestados se abstuvo de adoptar una posición en este tema.

Quizás uno de los

resultados más sorprendentes, pero clara manifestación de la época, es el

terminante rechazo que sienten los jóvenes por la política (al 90% le interesa

poco o nada) y la simetría que muestran las simpatías por las diferentes

tendencias. Mas de la mitad no definió su ubicación en el arco de preferencias

ideológicas y aquellos que lo hicieron se repartieron por igual, principalmente

entre centro-derecha y centro-izquierda.

Indudablemente, ha

contribuido a ese rechazo el deplorable ejemplo de la clase política que

gobernó el país hasta poco tiempo atrás y, en particular, el ex presidente

Carlos Menem, que encabeza el listado de las personas mas detestadas y el

antimodelo por excelencia de los encuestados. Consecuentemente, nadie mencionó

a un dirigente político entre los "personajes admirados" o

modelo a seguir.

Interés por la política

Mujeres

Varones

Mucho

5%

15%

Poco

55%

55%

Nada

40%

30%

¿Cómo te definirías

políticamente?

 

 

Izquierda o

centro-izquierda

20%

25%

Derecha o centro-derecha

20%

25%

NS/NC

60%

50%

Realizas actividad

política o de solidaridad

15%

5%

Realizas actividad

religiosa

25%

10%

Finalmente, llama la

atención la mayor proporción de mujeres que realizan regularmente actividades

políticas, religiosas y de solidaridad.

Perspectivas y

reflexiones

Entre los jóvenes existe

clara conciencia del retroceso del país, ya que son mayoría quienes opinaron

que en "tiempo de sus padres", es decir una generación atrás,

se vivía mejor. Esta valoración también se manifiesta en el hecho que un 40% de

los encuestados considera que emigrar "puede mejorar su futuro".



A pesar de esta visión

negativa (o realista) sobre la evolución de nuestra sociedad, un 80% de los

encuestados tiene una apreciación positiva respecto de su futuro, al que lo ve

"muy bueno". Sin embargo, es posible que esta visión optimista

sea mas una consecuencia de la confianza en sus propias fuerzas (rasgo

característico del ser joven) antes que en la esperanza de un devenir venturoso

del "afuera", es decir, de nuestra sociedad.

Indudablemente, los

estudiantes de hoy tienen sus propias peculiaridades propias de la realidad que

les toco y les toca vivir. De poco sirve comparar sus idearios o convicciones

con épocas de mayor contestación. Son décadas de represión, oídos sordos y

puertas cerradas las que han sembrado las condiciones para que prosperen

actitudes más conservadoras e individualistas

Un país en construcción

como el nuestro no puede prescindir de la participación de los jóvenes en la

construcción del futuro común. Para ello es necesario revalorizar el rol de la

universidad como escuela de formación de dirigentes, abrir los canales de

participación en las diferentes instancias institucionales, desde los centros

de estudiantes a los partidos políticos, y estimular el acceso por merecimiento

a los cargos públicos.

Por Natalia Fernández, Fernando Couto

y Alberto Pontoni. Junio 2005


Tipo de Cambio Real

A continuación se presenta un resumen, elaborado por el equipo de ClubMacro, de la presentación realizada por el Prof. Frenkel en las recientes Jornadas Monetarias y Bancarias del BCRA, en que se analizan las consecuencias de las políticas económicas instrumentadas por nuestro país en el marco del proceso de globalización financiera de las últimas décadas.


Argentina vivió más de cuatro décadas de aislamiento financiero externo, a partir de la crisis mundial del treinta. La falta o escasez de divisas (estrangulamiento externo) durante ese largo periodo repercutío negativamente sobre el crecimiento limitando la posibilidad de realizar importaciones imprescindibles y reduciendo el ritmo de inversión, sujeto a la disponibilidad de ahorro doméstico.

Desde una visión optimista de la globalización podría afirmarse que la superación del aislamiento, producto de la inserción en el proceso de globalización financiera que se desarrolló desde los años setenta, implicaba la posibilidad de eliminar esas restricciones y, consecuentemente, la posibilidad de alcanzar mayores tasas de crecimiento.

A ello se podría agregar que el acceso al financiamiento internacional de largo plazo también permitía remover otra restricción financiera que sufren las economías en desarrollo, como es la ausencia de un mercado de crédito de largo plazo.


En resumen, eran de esperar resultados positivos de la globalización financiera ya que la remoción de las restricciones se traduciría en una mayor ritmo de crecimiento y menor volatilidad. Sin embargo, a pesar de la mayor disponibilidad de divisas, ahorro externo y financiamiento de largo plazo, esto no sucedió. Por el contrario, la experiencia argentina desembocó en un resonante fracaso. ¿Por qué?

La "dosificación" del crédito

En la explicación de los resultados deben considerarse dos tipos de factores, algunos propios del sistema internacional y, otros, de carácter nacional, que son los que se analizan a continuación.


Un aspecto que resulta conveniente destacar es la existencia de límites estrictos para la utilización eficiente del ahorro externo. La dosificación es crucial. No siempre la globalización financiera permite eliminar la restricción de ahorro sobre el crecimiento. La experiencia parece señalar que el financiamiento internacional sólo funciona positivamente ("como dice la receta") cuando es administrado en pequeñas dosis. Por el contrario, en dosis excesivas resulta nocivo.

La conclusión es que la integración financiera internacional debe ser administrada de modo tal de mantener la utilización del ahorro externo dentro del límite en que su aporte al crecimiento resulta positivo. Las políticas macroeconómicas, esto es, las políticas fiscal, monetaria y cambiaria, constituyen, justamente, los elementos cruciales en el manejo de esa administración.

El rol del tipo de cambio

El tipo de cambio real juega un papel estratégico en el patrón de desarrollo. Uno de los principales instrumentos para fomentar el crecimiento y el empleo es contar con un tipo de cambio real competitivo. A su vez, una política de tipo de cambio real debe mantener el ahorro externo dentro de los límites sustentables a largo plazo, que son también los límites de su contribución positiva al crecimiento.

En síntesis, la política de tipo de cambio real debe articular y coordinar la inserción comercial con la inserción financiera, permitiendo que el balance de pagos y el endeudamiento externo evolucionen conforme los objetivos fijados en la estrategia de desarrollo.

La experiencia nacional

En Argentina, a pesar de las lecciones negativas que brinda la experiencia reciente, hay una significativa corriente económica que sigue argumentando en favor de una utilización ilimitada del ahorro externo, resultando partidaria de dejar librada su magnitud y el valor del tipo de cambio real a los efectos de los flujos irrestrictos de capital. No ha registrado que esa política tiende a colocar las economías en trayectorias insostenibles que conducen a trampas financieras de bajo crecimiento y alta vulnerabilidad, que frecuentemente desembocan en crisis profundas.

Argentina está entre las peores experiencias de integración en el proceso de globalización. En el origen del problema que desembocó en el mayor default de la historia hay un error de política original: la combinación de apertura financiera y tipo de cambio real apreciado. Otros países, como Chile, cometieron el mismo error en los años setenta pero, a diferencia de Argentina, no lo repitieron en forma acentuada en los años noventa.

Perspectivas

A pesar de la exitosa reestructuración de la deuda pública externa lograda por nuestro país, las relaciones de endeudamiento continúan siendo aún muy altas. Indudablemente, un objetivo estratégico nacional es la progresiva reducción de ese endeudamiento.

Dos políticas son cruciales para el cumplimiento de este objetivo estratégico y ambas han sido formuladas y están siendo implementadas por el gobierno. Por un lado, la preservación de un tipo de cambio real competitivo. Por otro, el compromiso, contenido en el programa financiero de largo plazo que sustentó la propuesta de reestructuración de la deuda en default, que el sector público no volverá a endeudarse en el mercado financiero internacional.

Por Roberto Frenkel. Junio 2005

Comercio Exterior

Es interesante señalar que según los datos que se conocen se ha producido en el trimestre inicial de este año un incremento de las exportaciones en cantidades, con descensos en los precios. En efecto, las exportaciones en el lapso señalado subieron un 13% con relación al mismo período de 2004, y la descomposición de este porcentaje indica que en cantidades la suba fue del 18%, mientras los precios bajaban algo así como un 4% promedio. Estos datos fueron publicados por el diario La Nación del sábado 28 de mayo. Se trata de cifras oficiales y sería interesante que se expusiera la metodología de cálculo, especialmente de las cantidades, ya que obviamente requiere un complejo trabajo de homogeinización en cuanto a las unidades. También se informó que la cantidad de firmas exportadoras pasó de 11.300 entre 2001 y 2004, a 14.000, con una participación creciente de empresas pequeñas y medianas.



Es evidente que el crecimiento en divisas de las exportaciones fue posibilitado por la gran devaluación de comienzos de 2002, aparte de la notable suba de precios internacional de algunos productos primarios, tales como la soja y el petróleo. A ello se agrega la pérdida de valor del dólar con relación a otras monedas, como el euro.

Sin duda la devaluación, que alcanza hoy el orden del 200% fue un incentivo de gran importancia dado que los costos de producción ni de lejos alcanzaron semejante porcentaje, al tiempo que el mercado interno se vio a su vez favorecido por la falta de competencia externa debido a los altísimos precios de los productos importados.

En nuestra opinión, allí donde hay un mercado siempre aparecen interesados en cubrirlo, y lógicamente la favorable situación del comercio exterior como consecuencia de lo señalado ha sido un incentivo de importancia liminar. A tal punto lo fue, y lo sigue siendo, que hizo factible la imposición de retenciones que oscilan, mayoritariamente, entre el 23,5 y el 45% de los montos brutos exportados.



Así las cosas, mientras el mercado local era abastecido partiendo de la capacidad ociosa instalada a fines de 2001 a precios crecientes en niveles del 50% o del 100% respecto de los vigentes en tiempos de la convertibilidad (algunos rubros prácticamente no se modificaron, tales como las tarifas de servicios, los peajes y otros), la salida al exterior posibilitó un crecimiento sostenido en la producción, las ventas y las utilidades de las empresas abocadas a la exportación.

Pero debemos recalcar que los efectos logrados, tal como surge entendemos del mismo comentario que estamos realizando, están basados en dos pilares: el sostenimiento del tipo de cambio elevado de manera artificial, y la cotización internacional del dólar y de los productos que estamos en condiciones de exportar, como la soja. Es decir, que no se trata de una mejora relativa en las calidades o en la productividad local que nos permitirá ser competitivos hacia el futuro en un marco de equilibrio.

El sostenimiento del tipo de cambio, tal como reiteramos con insistencia, implica medidas monetarias de explansión que se traducen en inflación y déficit cuasifiscal, del mismo modo que el mantenimiento de tarifas irreales provoca desinversión en áreas fundamentales, como las de la exploración y explotación petrolera y gasífera.



La Argentina está importando gas oil y fuel oil en crecientes cantidades, y también como se sabe importa todo el gas que puede de Bolivia. Estas importaciones resultan imprescindibles para mantener un nivel de producción acorde con el crecimiento del orden del 8% que venimos manteniendo aún con la tendencia a la baja.

A todo esto se suma la necesidad de generar un marco de seguridad jurídica a muy largo plazo, que más allá de la línea que siga, debe fijarse de manera definitiva.

Porque el marco natural es el de un país donde llegan las inversiones, mejoran las tecnologías, crece la productividad (es decir mejora la eficiencia) y se sostiene un estado de derecho sólido y duradero. Las mejoras tecnológicas se retrasan cuando el tipo de cambio encarece su importación. Del mismo modo que la sustitución de importaciones consecuencia de los altos precios de importación, genera una producción local de escasa calidad comparada.

Hay que tener en cuenta que el reclamo de un dólar “competitivo” es, en realidad, la corroboración de que si el tipo de cambio no es incrementado artificialmente, el país no es competitivo. Esto, que parece Perogrullo, es necesario recalcarlo. Porque esquemas similares han sido mantenidos durante los últimos 60 años, salvo escasos períodos.

Es sabido, por ejemplo, que en materia de empaquetado de productos, las empresas se han resignado a una calidad intermedia que los haga exportables a América Latina o al Mercosur. Es decir que pese a que estamos en condiciones de producir a precios en principio de competencia con el Primer Mundo, pese al flete, no parece haber un incentivo suficiente. El problema, sin embargo, está a nuestro entender en la posibilidad de mejorar el empaquetado, para lo cual se requiere a su vez alta tecnología que debe ser importada.

El superávit comercial del comercio exterior, en el lapso que comentamos, fue de 2.300 millones de dólares, una cifra más que interesante. Pero insistimos en que hay que tener en cuenta que las limitaciones que imponen los precios a los productos importados son importantes. No es que no se importa más porque no se necesita, sino porque no hay mercado que pueda pagarlo.

La necesidad de replantear la administración del Estado, tanto nacional como provincial y municipal para hacerla realmente eficiente, con controles externos adecuados, en un marco de austeridad y con específicas atribuciones, es un aspecto que prácticamente no existe en el discurso del gobierno actual. Igualmente, el sistema tributario sostenido en las retenciones a las exportaciones, por ejemplo, constituye un verdadero baldón a la hora de solicitar nuestro país que los países centrales no protejan sus productos agropecuarios mediante subsidios. Pero además de ello, se trata de una quita notable a los sectores que terminan siendo rentables por imperio de la política monetaria en buena medida. Es decir, una transferencia de ingresos lisa y llana, entre otras cosas posibilitada por los bajos costos en dólares, y por los bajos sueldos.

El bajo nivel de vida del habitante medio de nuestro país, está vinculado directamente con la baja productividad, y ésta se incrementa con tecnología, con inversiones, con maximización de la asignación de los recursos, y con seguridad jurídica. Piénsese que el PBI per cápita en la Argentina está en el orden de los 4.000 dólares anuales contra 25 o 30.000 de los países industrializados.

Ahora bien, es un dato alentador que las exportaciones crezcan, que haya superávit, que surjan nuevos emprendimientos a la luz del nuevo mercado que se gesta. Pero siempre es importante tener en cuenta que los mercados surgidos de medidas partidas de artilugios monetarios, como el sostenimiento del cambio alto, tienen una duración muy limitada. Y eso es obvio. Rápidamente las presiones sobre los precios, el aumento del endeudamiento público (que se produce hoy vía Lebacs o Boden) y su consecuencia: el déficit cuasifiscal, termina destruyendo las mejores intenciones.

Cuando vemos todavía hoy en el conurbano enormes galpones y fábricas abandonadas, sabemos que en general se piensa en la política económica seguida por Cavallo, por ejemplo. Y por lo general los argumentos que se leen, y que especialmente son esgrimidos por algunas cámaras empresarias, indican que hubo una apertura indiscriminada de las importaciones. Este razonamiento es incorrecto, o más bien incompleto. Lo que hubo fue una apertura indiscriminada de importaciones con el tipo de cambio fijo. Eso es lo que hizo que pudieran demandarse infinitos dólares necesarios para la importación que siempre iban a poder adquirirse al mismo precio: un peso. Por ello, en la medida que el tipo de cambio se retrasó por imperio de la fijación llamada convertibilidad, la importación masiva terminó hundiendo las industrias medias. Pero hay que tener presente que muchas de tales industrias se gestaron al amparo de regímenes de protección y cierres de fronteras que posibilitaban el encarecimiento de sus productos y bajaban la calidad para el mercado local. Algo de eso está pasando ahora nuevamente. Hay más industrias, hay más producción, pero baja la calidad y volvemos a las reparaciones y arreglos de máquinas y elementos que poco a poco se vuelven obsoletos y son la corroboración del retraso tecnológico.

Buenos Aires, 28 de mayo de 2005

Dr. Héctor Blas Trillo
Asesor y consultor de empresas
(011) 4328-3382
estudio@hectortrillo.com.ar

Capitales Golondrina

Tal como hemos venido sosteniendo la desaceleración del ritmo sostenido de crecimiento de la economía comienza a aparecer en los diversos indicadores como una sombra que se cierne sobre el comportamiento en general de la dirigencia, tanto política como económica.



El incremento de la tasa de desocupación, que pasó de 12,1% en el último trimestre de 2004 a un 13% en el primer trimestre de este año se una señal de alerta (este valor sube al 16,6% si se no se consideran empleados aquellos que perciben subsidios estatales ). También lo es que en abril se hubiera producido una baja del 0,9% en las ventas en supermercados.

Como hemos venido expresando, el modelo expansionista y de sustitución de importaciones con tipo de cambio alto sostenido artificialmente no deja de ser una gloria pasajera, ya que en el correr del tiempo la presión de costos, precios y salarios, va produciendo una merma en los márgenes de utilidad y una consecuente baja en los niveles de producción.

El Estado sostiene el cambio comprando grandes cantidades de dólares excedentes con emisión de moneda, para luego contraer el circulante mediante colocaciones de letras del Banco Central a tasas cada vez más altas y en muchos casos indexadas. De tal manera que se aumenta el endeudamiento público y se genera un déficit cuasifiscal (financiero) creciente. Las tasas de interés por Lebacs a 49 días, que hace dos semanas pagaban una tasa de 5,30%, se elevaron ya al 6,1% anual.



La recaudación tributaria, por otra parte, se mantiene en valores verdaderamente récord. Se espera para mayo un monto en torno de los 12.000 millones, cifra a todas luces en materia de superávit fiscal, que a su vez se estima en el orden de los 4.000 millones de pesos para ese sólo mes.

Los recursos del superávit, que con estas estimaciones ya superaría los 10.000 millones de pesos en lo que va del año, son utilizados en parte también para comprar dólares desde el Banco Nación, evitando de esa manera una mayor emisión. Pero es preciso recordar que el superávit es dinero restado al mercado productivo, y por lo tanto a las bondades de su crecimiento, deben contrapesarse los efectos negativos de la contracción económica que genera.

La continua compra de dólares llega ya a los 51.000 millones de pesos desde el comienzo de esta política, la mayor parte de los cuales son, como decimos, emisión pura. El crecimiento de la economía, en torno del 8,4% interanual luego de haber alcanzado topes superiores al 9%, no cubre ni de lejos la inyección monetaria. Por eso las presiones sobre los precios son una constante, lo mismo que los conflictos gremiales por suba de salarios, cada vez más frecuentes y generalizados.



Luego del levantamiento del embargo en Nueva York, en otro orden, se han producido nuevos embates por parte de los genéricamente denominados “fondos buitre”, que intentan al momento de escribir estas líneas, nuevos embargos de títulos por 12.500 millones de dólares en Luxemburgo y también trabar fondos líquidos para el pago de intereses de bonos provenientes del plan Brady, que cuenta con garantía de títulos del tesoro norteamericanos. Sin abundar demasiado en este aspecto, podemos decir que la puja sigue y seguirá, más allá de que pueda concretarse el canje del 76% de la deuda, que viene postergándose desde el 1° de abril pasado.

Varias veces hemos dicho que de una forma o de otra, el Estado argentino deberá encontrar una forma de reabrir el canje, aunque se le llame de cualquier otra forma, ya que los casi 24.000 millones de dólares que presionan sobre cualquier tipo de activos de propiedad de la Argentina, seguirá sufriendo embates de manera casi rutinaria, dificultando tanto como sea posible la vuelta a la normalidad internacional. Y ello es bastante lógico, ya que la defensa de los intereses de cada parte está en juego. Entendemos que el gobierno, y en especial el ministro Lavagna, continúa siguiendo una estrategia que contempla una línea dura, pero con un horizonte calmo, tal como lo hiciera precisamente con el canje, que luego de la propuesta inicial de Dubai fuera mejorado ostensiblemente en una etapa posterior a mediados del año anterior.

La crisis energética sigue su curso, y no parece haber demasiados visos de normalización. Se mandó al Congreso el proyecto de promoción de inversiones para la exploración y explotación del área marítima, se fijaron premios y castigos a los consumos domiciliarios e industriales de electricidad y de gas, se fomenta por todos los medios posibles el ahorro de energía, se reduce la cantidad de gas exportado a Chile, y se busca acordar de algún modo un ajuste de tarifas que permita destrabar la postergadísima renegociación de los contratos con las prestadoras de servicios públicos que se encargan de los derivados del petróleo. En lo que respecta a Bolivia, la situación es por demás complicada, más que nada por la situación interna del país del Altiplano, y una sana expectativa no permite ser optimistas respecto de la importación de gas boliviano.

 

Digamos también que el ministro Lavagna se ha interesado especialmente en el ingreso de los llamados “capitales golondrina”, es decir, en los capitales que ingresan al país para hacer negocios financieros por un corto lapso. Al respecto, las normas establecen un tope de U$S 500.000 dólares por mes y un plazo mínimo de 6 meses de permanencia. Este plazo se prolongará a un año. Es interesante hacer un comentario sobre cuál es el mecanismo de control en esta materia: el propio Banco Central envía inspecciones a los bancos y entidades financieras. En estos momentos están en marcha nada menos que 180 inspecciones, según información del Ministerio de Economía.

Los “capitales golondrina” acuden porque el afán de sostener el tipo de cambio produce, como venimos sosteniendo, una suba progresiva en las tasas de interés, al tiempo que la emisión de moneda resultante impulsa hacia arriba los índices inflacionarios, lo que hace sumamente rentable la colocación en pesos durante un período más o menos breve para luego “salir” recomprando dólares.

Todo se trata, como se ve, de diversas operatorias en torno de una política monetaria que se basa en el sostenimiento de un tipo de cambio irreal para tener un mercado supuestamente competitivo y lograr la sustitución de las importaciones. El viejo modelo keynesiano. Pero las sustituciones de importaciones deben alcanzar el margen de calidad que permita la competencia internacional, lo cual solo es viable con la mejor tecnología, aspecto insalvable cuando menos por la imposibilidad de afrontar los costos de la alta tecnología que debe importarse a un tipo de cambio donde el peso se muestra evidentemente subvaluado. De manera que el final del camino, en este aspecto, es el que ya conocemos.

En nuestra opinión toda política basada en artilugios monetarios puede ser aplicada por un lapso determinado, más o menos breve, teniendo en cuenta una situación determinada. Por ejemplo: la convertibilidad fue útil en el período inicial luego de la hiperinflación. Del mismo modo la expansión monetaria luego de la pavorosa devaluación de comienzos del 2002, surte efectos positivos en cuanto a la reactivación de la capacidad ociosa, pero termina rápidamente cuando tal capacidad se cubre y lo que se requiere son nuevas inversiones de largo aliento, para lo cual hace falta establecer reglas de juego claras, de largo plazo, en un estado de derecho sólido. El camino de los cambios permanentes, de la cuasiarbitrariedad de poner o quitar retenciones, de los “superpoderes” o de los decretos de necesidad y urgencia, no contribuye a fijar tales reglas permanentes. Esta realidad por lo tanto, está cargada seguramente de las mejores intenciones, pero dista de marcar el rumbo de la previsibilidad indispensable.

 

Buenos Aires, 26 de mayo de 2005

Dr. Héctor Blas Trillo
Asesor y consultor de empresas
(011) 4328-3382
estudio@hectortrillo.com.ar

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