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Seguridad Jurídica

La falta de seguridad jurídica es un dato que día a día adquiere mayor magnitud. Se consignan en este trabajo algunos ejemplos, a la vez de reseñar brevemente las consecuencias obvias.


Acaba de conocerse en estas horas la noticia de que el Jefe de Gobierno Buenos Aires ha decidido, mediante un decreto, suspender los permisos de obra en seis barrios de la ciudad con el objeto de realizar estudios ambientales y decidir el camino a seguir. Dicho esto de una manera coloquial y para no entrar en avances semánticos innecesarios.

La medida responde a reclamos de los vecinos, esencialmente, que aducen cuestiones vinculadas con el medio ambiente, con la falta de espacio verde, con la insuficiente infraestructura, etc.


Desde el vamos surge a la vista que probablemente los vecinos tengan una buena dosis de razón, ante el auge de la construcción en los últimos años. Auge que dicho sea de paso ha sido y sigue siendo uno de los pilares fundamentales de la recuperación económica.

Lo que nos interesa señalar, sin embargo, es que la suspensión decretada no parece contemplar los derechos de los propietarios de lotes que los han adquirido antes o ahora y tienen el firme objetivo de construir allí un edificio siguiendo el código de planeamiento urbano. Es decir que la medida afecta el derecho constitucional de usar y disponer de la propiedad sin que parezca resultarle necesario hacer las reservas del caso al Jefe de Gobierno ante la probabilidad cierta de que los propietarios citados reclamen judicialmente por sus derechos.

Reclamar por tales derechos significa, lisa y llanamente, pedir una indemnización. Ya que la figura adoptada no dista de ser una expropiación parcial por razones, en principio, de utilidad pública. El cercenamiento del derecho de usar y disponer de la propiedad debe ser fundado en ley y previamente indemnizado.


Que sepamos, y al momento de escribir estas líneas, nada de eso ha ocurrido, ni hay indicios de que fuera a ocurrir aunque más no fuera de modo extemporáneo. Es más, ni siquiera parece entrar en los cálculos del citado funcionario.

Cada uno de los propietarios de terrenos en los barrios afectados tiene derecho a iniciar una demanda por haberse alterado la norma jurídica existente. Y aquellos que viven en otros barrios de la ciudad tendrán que estar alertas de lo que pueda pasar, porque en un país donde las cosas se hacen de esta manera nadie está libre. Aunque en realidad, y al sólo objeto de evitar molestias, tiempos y costos innecesarios, el anuncio de que las expropiaciones parciales (por tiempo o por espacio) serán debidamente indemnizadas es de un grado de obviedad pavoroso.

La inseguridad jurídica es una cuestión esencial a la hora de decidir inversiones, en cualquier parte del mundo. Sabido es que en países como China las garantías ofrecidas por el Estado comunista son de un grado de seguridad que nadie podría dudar de ellas. Por tal razón las inversiones concurren masivamente al gigante asiático y son renuentes a venir a países como el nuestro donde cada funcionario literalmente hace lo que quiere y nadie parece cuestionarlo seriamente. Más bien al contrario: lo justifican y enaltecen.

Si pensamos lo que ha pasado y pasa con la prohibición de exportaciones cárnicas, los precios índices de los granos sobre los que se aplican los derechos de exportación, los controles de precios y de costos en los que las empresas se encuentran sujetas a la arbitrariedad de prepotentes funcionarios, el corte de tranqueras por parte de funcionarios del gobierno sin que absolutamente nada ocurra, el aumento o baja de los derechos de exportación (como ocurriera con los lácteos) según la particular visión de cuáles deben ser los precios internos de esos productos a juicio del presidente de la Nación, la prohibición del lanzamiento del gas oil “súper” por parte de una petrolera aplicada con efecto retroactivo, la necesidad de pedir permiso para aumentar cuotas de prepagas cuando existen obras sociales compulsivas y hospital público, e innumerables etcéteras, pintan una realidad absolutamente conducente al efecto contrario al que en principio pareciera el deseado.

Viene a nuestra mente, a título de anécdota, aquella oportunidad en la que un camión cargado de naranjas volcó en una calle capitalina y varias personas se apresuraron a apoderarse de los frutos esparcidos. Recordamos nítidamente cómo un “movilero” del programa de un periodista serio y al parecer muy responsable le preguntaba a una señora, cargadas sus bolsas de naranjas, si tenía trabajo, en lugar de hacerle saber (en tren de decir algo) que estaba llevándose lo que no es suyo. Nos preguntamos qué habrá sido del propietario del camión y de su negocio. Y también nos preguntamos qué habrá sido de sus empleados.

Resulta descorazonador observar que prácticamente desde ningún sector salen las que podríamos considerar voces responsables a poner las cosas en su lugar. Al contrario.

En su momento el presidente de la República incitó al boicot por parte del público a las estaciones de servicio de una petrolera que había decidido, legalmente, subir los precios de sus productos. Tal boicot fue acompañado de un verdadero magma de subsidiados por el Estado comandados por el ahora renunciante secretario de “hábitat social”. ¿Es todo esto una explicación a la necesidad de insistir en que vengan inversiones a que recurre el gobierno prácticamente todos los días, o no lo es?

Estamos ante una realidad que no puede soslayarse. El país ha abandonado sus instituciones, literalmente. No queremos expandir nuestro comentario a cuestiones que no estén vinculadas con la economía, como podría ser por ejemplo lo que ocurre en el fútbol o en la justicia en general (y en particular lo que acaba de ocurrir con la Corte Suprema, que luego de un año de silencio ante la vacante de dos de sus miembros, la esposa del presidente sale a anunciar que presenta un proyecto para reducirla a cinco, sin que ella ni su marido expresen una sola palabra acerca de por qué éste último no propuso reemplazar tales vacantes ni antes ni ahora cuando está obligado a hacerlo). No queremos avanzar sobre otros temas, decimos, pero es obvio que influyen en las decisiones empresariales.

Nadie es ajeno, y la frase “estamos en la Argentina” se oye cada vez con más frecuencia.

El funcionamiento de las instituciones, el respeto del Estado de Derecho y su Carta Magna son fundamentales en todos los ámbitos.

Podríamos decir, tomando un razonamiento filosófico que no nos pertenece pero que viene muy a cuento, que cuando no hay justicia, se hace justicia de algún modo. Y nos referimos al hecho de que la sociedad en su conjunto paga las consecuencias, no a la “justicia por mano propia” que aborrecemos.

La penosa conclusión de todo esto es que, si alguien tiene en mente iniciar lo que ahora se llama un emprendimiento, sepa que además de los riesgos inherentes a la persona humana y a la actividad a que se dedique, tiene indudablemente que sumar a ello el riesgo que implica que cualquier funcionario; Telerman, Moreno, Kirchner, Felisa Miceli o quien fuere, le puede dar vuelta la taba por las razones que fueren en cualquier momento, y estamos seguros de que semejante abuso de derecho jamás sea indemnizado de ninguna forma, y encima es también muy posible que tal acción cuente con el apoyo mayoritario de la población.

No queremos molestar a nadie, tan sólo pretendemos reflexionar sobre las consecuencias de este tipo de actos. Pretendemos invitar a los lectores a que piensen por un instante en qué sentirían en caso de iniciar alguna actividad para encontrarse a poco andar con que se la prohíben luego incluso de haber invertido tiempo y dinero en iniciarla. Siendo a su vez que cuando la inició era perfectamente legal y autorizada.

Repetimos: no estamos diciendo que a los vecinos que ven que crecen edificios como hongos en su derredor no les asista razón en cuanto a si la infraestructura resistirá, por ejemplo. Estamos diciendo que si la infraestructura no resiste y no hay tiempo de hacerla resistir, los afectados deben ser indemnizados. Así de sencillo. Y deben serlo sin tener que reclamarlo, porque esa es la ley. Esto mismo vale para todos los sectores afectados por el pulgar oficial: carnes, granos, vidrios, estaciones de servicio, petroleras que lanzan nuevos productos de manera absolutamente legal y son luego prohibidos por resoluciones con vigencia retroactiva, etc.

La Argentina necesita imperiosamente conformar instituciones sólidas y respetar el Estado de Derecho. Y sin embargo parece ser que estamos muy lejos de eso. No sólo estamos muy lejos, sino que también parece que cada vez lo estamos más.

Buenos Aires, 16 de noviembre de 2006

HÉCTOR BLAS TRILLO

ESTUDIO

HÉCTOR BLAS TRILLO

Economía y tributación

Godoy Cruz 2870 – 1425 Buenos Aires

(011) 4776-1732 (011) 154-4718968

Commodities

Escribe Roberto A.Ruarte.

Director de Ruarte´s Reports.


Luego de la última suba de tasas de referencia realizado por la Fed, la mayoría de los observadores y analistas, han hecho notar que podría haber culminado el ciclo de suba de tasas por parte de EEUU, luego de lo observado en los mercados financieros estos mismos observadores y analistas sostienen que la Fed ha sido la gran ganadora de la gran batalla que se ha librado en los últimos meses. Una batalla difícil en donde las autoridades monetarias debieron moverse con cuidado para que la inflación se contenga, sin producir un proceso de caída de la economía fuerte que pueda pasar de una expansión a una recesión. Hay síntomas que la inflación está bajo control, y que la economía está en un aterrizaje suave, es decir para muchos, el objetivo ha sido cumplido. Si nos fijamos en los mercados financieros, en las diferentes variables parece o luce que los mercados le han dado la razón a la Fed, hacia el mes de mayo, junio y julio teníamos bolsas de valores cayendo, commodities en nuevos máximos liderados por petróleo, oro y plata, y la tasa de interés de eeuu en niveles superiores al 5 % y con fuertes temores de mayores subas. En los últimos dos meses las Bolsas de Valores han subido, la tasa de 10 años y de 30 años de EEUU ha bajado, los commodities se han calmado, salvo los cereales, los otros preocupantes como el petróleo y los metales están bien debajo de los máximos alcanzados hace unos meses atrás. Con este comportamiento parece que estamos en un escenario despejado, y propicio para las inversiones en activos de riesgo, de hecho que los mercados emergentes en el último mes han reaccionado y muchos medios de prensa, u observadores hacen notar que estamos en un horizonte ideal para los mercados emergentes, para invertir en acciones y bonos, si la bolsa americana sube, los bonos americanos suben, los activos de riesgo de los mercados emergentes deberían acompañar.

Desde esta columna antes de los techos del mes de mayo de este año señalábamos que los flujos de fondos mundiales que en el primer semestre habían ido masivamente a commodities, y a bolsas (europeas y americanas subiendo fuertemente) en detrimento de los bonos que fueron castigados, debía cambiar. Proyectabamos como escenario más probable que la tasa bajaría, que los bonos subirían (lo señalábamos con tasa de 10 años en niveles de 5.20-5.25 %), que los commodities ajustarían (lo señalabamos con un petróleo en 75-78 dólares y con un oro en 680-730 dólares) y que la Bolsas ajustarían. Es decir que el flujo saldría de commodities y de bolsa para irnos a Bonos.

Luego de unos meses dos de los mercados han estado en línea con lo proyectado, el sector commodities ha ajustado desde sus máximos, el de bonos ha crecido produciendo una baja de tasas, mientras que la Bolsa luego de un ajuste inicial está en nuevos máximos de recuperación desde el año 2002, en el caso del Dow en nuevos máximos históricos, en el Sp500 en nuevos máximos del 2002 aún debajo de los del año 2000 y en el caso del nasdaq cerca de los máximos de este año de Enero y Abril.


Siguiendo los mercados en bloque, creemos que lo que estamos viendo en los últimos meses puede durar semanas o algunos meses más pero no es tendencia, no creemos que la suba de Wall Street se trate de un bull market en el mercado accionario, tampoco creemos que el mercado de commodities haya terminado su ciclo alcista y que haya comenzado un ciclo bajista. Con respecto a los bonos el mercado se ha descomprimido de su presión y también estaría gestando una nueva tendencia.

El mercado accionario en Wall Street lo vemos en una situación similar a la verificada en 1973, en su techo de 1065 puntos del Dow Jones, que superó en un 7 % los máximos registrados cercanos a los 1000 puntos en el año 1068, luego de ese techo de 1065 puntos el mercado colapsó 1973 y 1974 cayendo hasta los 572 puntos (casi 50 %) y produciendo la salida de Nixon con el Watergate. De esto nos ocuparemos en futuros artículos, pero muchos patrones de psicología del período 2000-2006 son similares a los del período 1968-1973. En efecto en aquella época EEUU era cuestionado por la guerra de Vietnam, y Nixon no tuvo otra alternativa que ordenar en 1973 el regreso de sus tropas y el retiro de Vietnam, el americano ya no quería esa guerra, ahora la situación se repite, Bush pierde sus elecciones y le cuesta una persona de confianza que ha sido protagónico en la guerra de Irak, hoy el consenso del americano es que la guerra de Irak se está manejando mal, ya no la quiere y es ello una razón importante para la derrota electoral de bush. Como en 1973 la bolsa está arriba de los máximos del 2000, los máximos de 12199 ha superado en un 4 % el dow los máximos del año 2000 (11750 puntos).

Con esta psicología, y con los indicadores de sentimiento tan altos creemos que Wall Street se encamina a un techo no sólo de corto, sino de mediano plazo para las próximas semanas o meses, por eso no compramos el Bull market en Wall Street, seguimos pensando que este avance es engañoso y de cara a los próximos doce meses todo el avance desde 10680 será integramente retrocedido para volver a los 10.000 puntos o niveles bastante más deprimidos en el año 2007.


Sin embargo el techo del Dow puede encontrarse en los niveles de 12199 ya alcanzados o ir tan alto como niveles de 12.500-12850 puntos como una onda B irregular, si esto ocurriera el techo se puede posponer algunos meses, extremar aún más la euforia y producir el condimento necesario para un techo de mediano y largo plazo y una gran decepción para los inversionistas.

Con respecto a los commodities claramente podemos observar que en el petróleo, y en el oro, las caídas observadas, son partes de procesos correctivos, y aquí es donde está la gran alerta. Todo lo que vemos en los gráficos nos hace pensar que luego de unos meses de calma en el oro, plata y petróleo volverán las tendencias alcistas del primer semestre del 2006 y con mucho más vigor, en efecto creemos que el oro está consolidando, ajustando para volver a subir hiperbólicamente arriba de los máximos de 900-1000 dólares la onza registrados en el año 1980, la plata también puede subir hiperbólicamente aunque los máximos del año 1980 son muy altos de 50 dólares.

En el caso del petróleo los pronósticos de niveles arriba de 100 dólares, podrían ser conservadores cuando nuevamente empiece el ciclo de los commodities, que volvemos a repetir solo están descansando de lo que subieran antes, y no cambiaron su tendencia.

Cuando termine el ajuste o el descanso tendremos nuevos e importantes rally en todos los commodities, incluídos también los agrícolas.

Bajo esta visión la calma que viven hoy los mercados, el escenario despejado, o ideal que pregonan muchos analistas y observadores, para nosotros es un simple espejismo que durará unos meses y luego volverán los tiempos de fuerte suba de commodities, y en este caso será con caída de acciones en Wall Street similar al escenario de 1973-1974. En ese contexto la tasa de interés podría ir a buscar nuevamente la línea de tendencia bajista desde 1981, en este caso podría romperla hacia arriba, ese hecho será el gran disparador de un escenario similar a lo verificado en 1973-1980 en EEUU, veremos, por ahora gozemos de esta transitoria calma, pero no creemos en espejismos y seguimos con cautela el comportamiento actual de los mercados, porque no creemos que las tendencias actuales persistan por mucho tiempo

Precios

Es interesante resaltar cómo el Dr. Alberto Fernández plantea una falacia respecto de la tasa de inflación en pleno Congreso de la Nación, sin ser controvertido con argumentos serios


Siguiendo el esquema que tan buenos resultados le ha dado al presidente de la República, el jefe de gabinete en oportunidad de su exposición en el Congreso de la Nación hizo referencia a que la tasa de inflación estaba en torno del 8% y que rondaría el 10% a fin de año, cuando muchos habían anticipado que dicha tasa estaría en torno del 20%.


El ministro aplica la metodología de su jefe con absoluta fidelidad. No se trata de resaltar los logros, sino de contrastarlos contra los que se postulan o diagnostican algo diferente, como una manera de marcar el error de otros al tiempo de resaltar el éxito propio.

Sin embargo, la falacia está tan a la vista en este caso que cuesta creer que no se haga notar debidamente. O tal vez no cuesta nada creerlo, dados los tiempos de "aprietes" sistemáticos que corren.

El ministro se refiere a la tasa de inflación pero utiliza para medirla el llamado Indice de Precios al Consumidor, que en realidad es una ponderación de 3.000 productos agrupados en 47 ítem que en general se encuentran sometidos a las presiones gubernamentales que constituyen genuinos y descarados controles de precios, aunque el gobierno se niega a reconocer que es así. Y no sólo eso sino que señala públicamente lo contrario, incluso en el Exterior, como acaba de hacerlo hace un mes el propio Presidente en oportunidad de su visita a Nueva York.


Los precios que integran esa "canasta" son apenas algunos de algunas cosas dentro de la economía en su conjunto. Y tales precios se encuentran, como decimos, absolutamente controlados por el Estado. Al punto de que el propio presidente suele insultar y descalificar a los productores de tales bienes cuando no obedecen. O en su caso lo hace un funcionario de segundo orden como el secretario de comercio. Tales precios se encuentran sometidos a presiones del tipo de prohibir por resoluciones ministeriales el derecho de comerciar libremente (como las exportaciones de carnes o vidrios), enviar piqueteros luego de azuzar a la población para que boicotee estaciones de servicio, emitir resoluciones con efecto retroactivo para que una petrolera no pueda comercializar un gas oil "súper", mantener por años congeladas en pesos devaluados tarifas de servicios y combustibles, etc. etc.

La ponderación de precios a que nos referimos, constituye una "muestra" de lo que se supone consume una familia tipo en un mes, y se mantiene invariable cualquiera sea la oscilación de precios relativos, efecto éste último que nada tiene que ver con la inflación, que por definición es "la suba generalizada de precios", y no un cambio de precios relativos motivado por razones estacionales, políticas o de cualquier otro orden, incluso internacionales en muchos casos.

Fernández, además, se cuidó mucho de referirse a los precios de la llamada "inflación subyacente", es decir aquellos precios que no se encuentran bajo el control estatal y por lo tanto funcionan libremente. En estos casos, la tasa promedio de inflación estimada oscila entre el 15 y el 20% efectivamente para todo el año 2006.

Los "precios acordados con el gobierno" y que no reciben los descuentos que los supermercados otorgan los fines de semana, por ejemplo, integran la lista del éxito gubernamental. Un éxito que nos recuerda a aquellos "paros generales" donde la gente en su mayoría no salía de sus casas por miedo, no por adhesión, situación que era presentada como exitosa. Fernández cree que frenar artificialmente la suba de algunos precios constituye un éxito y una demostración de que quienes no opinan como él o como su jefe están profundamente equivocados y por lo tanto no deben ser tomados en cuenta. Sin embargo, precisamente por tener que salir a controlar, perseguir, boicotear, insultar, agraviar, descalificar, presionar, sancionar impositivamente y demás a los proveedores de tales bienes controlados, queda por demás demostrado que de no ser así los precios subirían. Lo cual equivale a admitir que para que la "inflación" no se manifieste, hay que prohibirla. Una incongruencia que afecta seriamente a la inteligencia, y de la cual nadie parece tomar debida nota.

El país asiste una vez más al viejo esquema de "inflación reprimida" cuyo máximo exponente fue la llamada "inflación cero" de José Ber Gelbard en los años 70. Este ministro de economía creía que con sacar una foto a la economía y congelar todo como si el mundo se hubiera detenido en ese punto una sola vez y para siempre, se resolvía el problema inflacionario de un Estado que no trepidaba en emitir más y más moneda cada vez que las cuentas no cerraran.

Hoy en día no son pocos los economistas que sostienen que no se desatará una inflación exagerada porque existe superávit fiscal. Es probable que así sea, pero nosotros no estamos tan seguros, porque el Estado argentino sigue emitiendo grandes cantidades de moneda para mantener alto a propósito el tipo de cambio. Un absurdo económico difícilmente compatible con la austeridad republicana y la moneda sana que una nación seria requiere para funcionar.

El avance económico logrado hasta hoy se debe a la megadevaluación y a que la estabilidad anterior no desató un brote inflacionario de proporciones siderales, como ocurría con anterioridad. La gente se había acostumbrado a una estabilidad monetaria a tal punto que muchos jóvenes no tienen aún hoy idea de lo que era la Argentina de la segunda mitad de los 80 y comienzos de los 90 en materia inflacionaria. El acompañamiento de ciertos precios internacionales (las llamadas commodities, esencialmente) favoreció notablemente la recuperación, mientras ciertos sindicalistas en connivencia con el gobierno evitan que los salarios se disparen, al tiempo que desde ese mismo gobierno se sostiene que la suba de salarios no es inflacionaria. No lo es, pero se la controla por las dudas.

El esquema económico seguido tiende a sostenerse con devaluaciones progresivas, bajos salarios y cierre de importaciones competitivas. Por eso los "precios locales" no pueden ser nunca los internacionales, ya que estos últimos funcionan en un mundo que aspira a ser competitivo per se, y no a través de artilugios monetarios. Países como Chile o Brasil así lo hacen, y con bastante éxito por cierto.

De manera que cuanto más transparentes son los mercados, más dificultoso resulta intentar que los precios locales se mantengan muy por debajo de los internacionales, por eso entre otras cosas la necesidad de prohibir exportaciones.

En definitiva, la expresión política del gobierno que constituye la declaración pública en el Congreso de la Nación del jefe de gabinete no se corresponde con la realidad, se detiene en vapulear sin fundamento técnico a quienes pronosticaron una tasa de inflación superior a la que muestran los índices de precios controlados por el Estado, y finalmente se pierden en rispideces de las cuales parece surgir que los grandes lineamientos de la economía del mundo están equivocados y que nuestros gobernantes son los encargados de enseñarle a todos dónde está la verdad. Y la verdad, según los mismos ojos de nuestros gobernantes, está en agredir a opositores, retrucar sin fundamentos, acusar a empresarios y comerciantes, controlar precios, prohibir ventas al exterior de productos, comprar dólares a precios que la propia ministra de economía señala están un 30% por encima de los reales, aplicar sancionatoriamente derechos de exportación, otorgar o no subsidios de manera arbitraria a algunos sectores elegidos, etc.

Buenos Aires, 10 de noviembre de 2006

HÉCTOR BLAS TRILLO

ESTUDIO

HÉCTOR BLAS TRILLO

Economía y tributación

Godoy Cruz 2870 – 1425 Buenos Air

Maíz y Soja

Escriben: Roberto Ruarte – Ruben Ullúa

Ruarte´s Reports


Importantes avances ha tenido el precio de estos dos cultivos de verano en las últimas semanas, tanto en el mercado de Chicago como en el mercado local. Para el maíz el crecimiento del precio en los últimos dos meses ha sido del 50% en el mercado de Chicago y del 53% en el disponible Rosario, mientras que para la Soja el crecimiento en el precio en los últimos dos meses ha sido cercano al 20% para ambos mercados. Si nos retrotraemos a nuestra columna del lunes 11 de Septiembre pasado, justamente mencionábamos sobre este posible diferencial a favor del Maíz respecto de la soja hacia los próximos meses y así sucedió.


A partir de lo observado, hoy podemos encontrar en las noticias que los productores americanos proyectan hacia la siguiente campaña estival volcarse más hacia el cultivo de Maíz antes que al de Soja, y “justifican” dicha proyección al interés que ha surgido en destinar parte de la producción de Maíz a la fabricación de biocombustible.

En cierta forma, lo que plantean los productores es una realidad, sin embargo desde nuestro punto de vista estamos seguros que esta decisión no muere sólo allí, es decir en “el destinar producción a la fabricación de biocombustible”, sino que en gran parte de dicha proyección es una consecuencia del terreno que ha venido ganando el Maíz respecto de la Soja en su precio durante los últimos dos años y medios. En efecto, hacia mediados del año 2004 la relación del precio entre Soja y Maíz llegó a niveles de 3.5-3.8 veces a 1; ello tras el fuerte incremento del precio de la Soja durante los años 2002-2003. Para ese entonces, se hablaba de incrementar el área sembrada en Soja debido al incremento de la demanda en China. Sin embargo, la realidad hoy es otra. La demanda de China por la soja no ha desminuido, sin embargo, el maíz ha ganado fuertemente terreno frente a la Soja al punto que la relación se encuentra en los niveles más bajos de los últimos 5-6 años; una relación de 1.9 veces a 1.

De acuerdo a lo planteado, no tenemos dudas que la fuerte subida de los últimos dos meses es lo que lleva al productor americano a tener estas expectativas de incrementar el área sembrada de Maíz, resignando de este modo terreno a la producción de Soja. Sino fuera así entonces, como se explica que tomen esta decisión ó hagan esta proyección cuando el maíz también ha tenido cosecha record en esta campaña que está terminando?


La pregunta que debería hacerse el productor antes de tomar una decisión de este tipo, es si esta tendencia ascendente del maíz respecto de la soja podrá sostenerse hacia los próximos meses. En efecto, un error común que tienen los inversores al momento de tomar decisiones, no importa el rubro en el que invierten, es en sacar proyecciones lineales hacia el futuro. Es decir, creer que lo que lo que actualmente es negocio, lo seguirá siendo hacia adelante.

Como siempre decimos a los lectores de nuestra columna, el objetivo que buscamos como analistas es anticiparnos a lo que ocurrirá y a partir de ello ayudar a la toma de decisión tanto del inversor, como en este caso puede ser ayudar a la toma de decisión del productor.

EL ANALISIS – RELACIÓN SOJA / MAÍZ

Nuestro análisis sostiene que esta apreciación del precio del Maíz respecto al de Soja ya se encuentra en su punto extremo y próximo a conformar un piso. Con ello estamos decidiendo que bajo nuestro modelo de análisis existe una alta posibilidad que en torno a los niveles de relación alcanzados para ambos cultivos en 1.9-1.75 veces a 1 pueda ser conseguido un piso y en consecuencia la tendencia se termine modificando hacia los próximos meses y posiblemente hacia los próximos años. Es decir, no estamos diciendo que el Maíz dejaría de subir, sino lo que estamos diciendo es que muy posiblemente el precio de la Soja comience a recuperar terreno perdido frente al Maíz y en consecuencia si bien ambos precios irían en alza, ya la Soja sería el cultivo que comience a entregar mayores retornos para los productores e inversores hacia los próximos meses e incluso hacia los próximos años, pudiendo llevar la relación nuevamente a niveles de 2.5-2.6 e incluso 3 veces a 1.

Concluyendo, consideramos que si el precio de la soja comienza hacia los próximos meses a recuperar terreno frente al Maíz como actualmente creemos nosotros ocurrirá, entonces el productor ya se replanteará su actual proyección de destinar mayor terreno a la siembra de Maíz en la próxima campaña (hacia Abril-Mayo del 2007) aún cuando la demanda de Maíz para la fabricación de biocumbustible sea sostenida. En ese caso “la justificación” será otra…

PROYECCIONES DE CORTO PLAZO

MAÍZ: En la última semana el avance del cereal ha accedido hacia valores de 353.4 dólares por bushell para el contrato vencimiento diciembre de Chicago, mientras que en el disponible Rosario el avance ha accedido hacia niveles de 392 pesos la tonelada. Las perspectivas de corto plazo para el cereal siguen siendo alcistas, el contrato Diciembre de Chicago posiblemente pueda acceder en el corto plazo hacia la zona de 360-370 dólares donde los precios encontrarán resistencia desde donde podrían practicar una toma de ganancias antes de continuar con la tendencia ascendente. En este sentido, recortes desde los niveles actuales deberían encontrar soporte en la zona de 340-335 dólares para luego el avance hacia la zona propuesto pueda materializarse. Solamente una caída debajo de 335 dólares estará alertando ante la posibilidad que de corto plazo se materialice un recorte mayor hacia la zona de 320-310 dólares para recién luego desde allí el accionar alcista retome su curso con la intención de buscar 360-370 e incluso valores superiores.

En lo que respecta al disponible Rosario, actualmente las condiciones se encuentran dadas para que el avance continúe por encima de los 400 pesos la tonelada, con la intención de buscar en pocas semanas valores de 420-430 pesos la tonelada. En este sentido, eventuales ajustes del precios se considerarán sólo movimientos temporales que incluso quedarían sostenidos por el soporte de 370-355 pesos la tonelada para luego sin mayores inconvenientes el accionar alcista hacia los objetivos propuestos pueda materializarse. En este sentido, recomendamos mantenerse posicionado en Maíz, principalmente al productor local.

SOJA: El avance del precio de la Soja se ha extendido en la semana que pasó hasta alcanzar valores de 682 dólares por bushell para el vencimiento enero de Chicago, mientras que en el disponible Rosario el avance ha accedido hacia niveles de 600 pesos por tonelada. En lo que respecta a este cultivo, los precios se encuentran en zona de resistencia tanto para Chicago como para el disponible Rosario. Para el contrato enero de Chicago nuestra atención estará focalizada en torno a la zona de 680-700 dólares por bushell, mientras que para el disponible Rosario la atención se centrará en la zona de 600-610 pesos la tonelada. Actualmente los precios necesitan de la superación de esas resistencias para que pueda liberarse un camino de avance mayor hacia delante ya con objetivos de 770-790 dólares por bushell para el contrato de Chicago y valores de 700-720 pesos por tonelada para el disponible Rosario hacia las próximas semanas; área esta donde se concentran los máximos del 2004.

Sin embargo, mientras las resistencias mencionadas no sean superadas, no podremos descartar la posibilidad que se materialicen de corto plazo alguna toma de ganancia menor de regreso hacia la zona de 650-635 para el contrato de Chicago y 580-570 para el disponible Rosario, para recién entonces la tendencia alcista retome su curso ya con la consistencia necesaria como para superar las resistencias propuestas y acceder hacia los objetivos más ambiciosos propuestos hacia adelante. Estar atentos entonces ya que este commodity seguirá dando importantes rendimientos en lo que a precio respecta hacia adelante. Veamos…

Distorsiones de Precios Relativos

La inflación no es una cuestión vinculada a los márgenes de utilidad o a la eficiencia. Tampoco a las necesidades básicas. Los precios congelados o controlados se alejan cada vez más de aquellos que no están afectados por el "acuerdismo" oficial.


Pretender subsanar los problemas inflacionarios mediante controles y presiones sobre algunos precios o sobre todos, es, naturalmente, un genuino desatino. Entender que así de resuelven las "expectativas" inflacionarias es casi un cliché que implica considerar al fenómeno inflacionista una mera cuestión psicológica. O al menos con importantes bases en tal cuestión.


En realidad, dado que el papel moneda no es otra cosa que eso: papel, es sin duda la confianza y la aceptación de parte del público lo que le confiere valor. Nadie en su sano juicio cambiaría bienes por pedazos de papel si no estuviera convencido y seguro de que a su vez tales pedazos de papel pueden ser cambiados por otros bienes.

Los viejos billetes de pesos moneda nacional traían una leyenda que les daba su justa dimensión "El Banco Central pagará al portador y a la vista", decían. Es decir que los billetes no son otra cosa que pagarés que pueden estar respaldados por oro, dólares, otras monedas, o simplemente por la confianza que otorga el país emisor en materia económica y productiva.

Los gobiernos que siguen políticas inflacionistas suelen evitar hacer mención al valor de la moneda cuando de morigerar las alzas en los precios se trata. Pero ese es, ni más ni menos, el verdadero quid de la cuestión.


La pérdida de valor de la moneda, entre nosotros, está dada específicamente por la emisión a la que recurre el Estado para adquirir dólares a un precio superior al de mercado. Y el Estado recurre a tal mecanismo para poder volver competitivo lo que no es, y también para quedarse con la tajada de los derechos de exportación (comúnmente llamados retenciones).

Ahora bien, los precios no suben únicamente por razones inflacionarias. Tampoco bajan únicamente porque se geste una deflación. Los precios relativos (esto es: la relación entre los precios de unas cosas y de otras) varían por razones estacionales, por novedad tecnológica, por moda, por infinidad de razones.

Cualquiera puede comprobar fácilmente cómo ciertas computadoras o televisores, caen de precio rápidamente. O los aparatos de telefonía celular. Para citar algunos ejemplos. A su vez, las pantallas de plasma o los modernos almacenadotes de información ingresan al mercado a precios prohibitivos para caer rápidamente a niveles accesibles mientras nuevas generaciones de productos cada vez más avanzados ocupan el nuevo podio.

Las amas de casa comprueban cotidianamente cómo cuando suceden lluvias aumentan de inmediato frutas y verduras, para virtualmente regalarse cuando la temporada va muriendo.

Podríamos seguir dando ejemplos, pero entendemos que con estos tenemos las cosas claras.

Digamos sí que a nivel internacional ocurre algo parecido. La soja por ejemplo sube y sube por su mayor demanda en el mundo. Y también sube cuando hay sequía en algunas regiones que la producen y por lo tanto merma la oferta.

El petróleo sube no solamente porque es un bien agotable y puede escasear, sino por cuestiones políticas, guerras o lo que fuere. Cuando las aguas se calman o hay alguna necesidad de ofrecer más petróleo de parte de algunos países productores, entonces el precio baja.

Estas subas y bajas nada tienen que ver con la inflación (ni con su correlato la deflación).

Pero como entre nosotros el índice de precios al consumidor que publica el INDEC es tomado como medida de la inflación y refleja el consumo de un hogar medio que incluye alimentos, combustibles, útiles escolares y todo lo demás en una ponderación fija, las oscilaciones de precios relativos originadas en estas cuestiones, inciden en tal índice. De tal manera que funcionarios y medios suelen hablar de "inflación" mezclando pérdida de valor de la moneda con precios relativos, estructuras de costos, cadenas de comercialización, márgenes de utilidad y varios etcéteras.

La realidad contante y sonante es que desde la devaluación los precios mayoristas se encuentran hoy por hoy un 9% por debajo del porcentaje que se devaluó el dólar, mientras que los minoristas están sumamente atrasados (un 66% por debajo de la devaluación). Esto tomando los índices que elabora el INDEC.

Ahora bien, ¿qué puede ocurrir con este desfasaje de precios?. Cuando el gobierno, y no pocos economistas, hablan de "reacomodamiento" de precios están refiriéndose a esto. Es decir a los precios que aún no se han acomodado al nuevo valor del dólar.

¿Y qué precios, dentro de los minoristas, no se han "acomodado"?. Bien, seguramente unos cuantos, pero sin duda alguna las tarifas de servicios públicos, el precio de los combustibles, el valor del boleto de colectivo o de tren, ciertos peajes, etc. Y también los precios de alimentos y bebidas "acordados con el gobierno". En otras palabras, el atraso del índice de precios al consumidor, está claramente influenciado por estos congelamientos y "acuerdos". Y estas distorsiones a su vez distorsionan el consumo. Por eso escasean o se agotan cosas tales como la electricidad, el gas oil o el gas.

Muchos alimentos con precios "acordados" han desaparecido de las góndolas de los supermercados. En realidad, no existen incentivos válidos para producir más bienes cuyos precios serán fijados más o menos arbitrariamente por el Estado a través de un secretario de comercio. Por lo tanto, los productos con tales precios tienden a agotarse. Y exactamente eso es lo que está ocurriendo.

El país sigue creciendo, y eso deja tranquilos a ciertos funcionarios. Pero la verdad es que prácticamente todas las semanas tenemos problemas con algún sector. Hemos tenido problemas con la carne, que se incrementarán en el futuro, con los lácteos, con los supermercados, con el trigo, con las estaciones de servicio, con la indumentaria, con los útiles escolares, con el precio del pan, con las prepagas, con las tarifas de los aviones, etc. El gobierno interviene en los costos de servicios hoteleros, en el precio de los zapatos, en los costos de las empresas, en los márgenes de utilidad, en las cadenas de comercialización, en las exportaciones, en el valor de los automóviles. En lo que se al amable lector se le ocurra.

Tenemos una crisis energética en ciernes, por más que se diga lo que se diga. Y la búsqueda de petróleo y derivados y su explotación se torna imperiosa, lo mismo que aumentar la oferta de electricidad. Y todo esto tiene un solo y genuino origen: el retraso de los precios por presiones o decisiones políticas del gobierno. Por eso no "llueve gas oil".

En muchísimos casos, para poder mantener las distorsiones, el gobierno acude a los subsidios. Y los subsidios convierten a los sectores subsidiados en dependientes del poder público. Además generan negociados de diverso calibre, ya que es conocido que el gas oil, por ejemplo, escasea pero se consigue "en negro" a precios superiores y hay quienes sostienen que en parte proviene del producto subsidiado para el transporte.

Es que precisamente el subsidio es la demostración de la irrealidad. Del mismo modo que los regímenes de promoción demuestran que en la Argentina faltan inversiones pese a lo bien que parece que nos va, los subsidios son los que demuestran que los precios pretendidos por el gobierno no son los de mercado. Y entonces, ¿por qué razón cotidianamente se dice que tales o cuales sectores "pretenden ganar de más"? ¿No es el subsidio un subproducto de los controles de precios?. Todos pretenden ganar lo más que pueden y eso es natural. El punto a debatir es por qué la gente compra algo a un determinado precio. Porque nadie compraría un paquete de pastillas que costara un millón de pesos.

Hay un punto de equilibrio entre la oferta y la demanda que el Estado pretende violar mediante fijaciones de precios o subsidios, logrando de ese modo que los productos en cuestión se terminen por exceso de demanda. Esto es una realidad de a puño que el gobierno se niega una y otra vez a admitir.

La historia de las últimas décadas demuestra que la salida de congelamientos es siempre traumática. La salida de la convertibilidad fue eso. Porque en definitiva el precio fijo del dólar era un control de precios más. Por eso pensamos que lamentablemente, más temprano que tarde, esta historia terminará mal.

Es muy triste que repitamos el mismo error una y otra vez. El gobierno ha "acordado" para que los precios se mantengan más o menos quietos hasta fines de 2007, esto es: hasta después de las elecciones. Mientras tanto, las provincias van dejando de tener superávit y será peor todavía a la hora de acercarnos al proceso electoral.

El gasto público ha crecido, a valores constantes, alrededor de un 57% desde la salida de la convertibilidad. En muchos casos, es sabido, el gasto es el llamado social. Y en muchos es lisa y llanamente obras públicas direccionadas políticamente, o gasto como el que vimos por televisión en estos días en la provincia de Misiones.

Buenos Aires, 29 de octubre de 2006 HÉCTOR BLAS TRILLO

ESTUDIO

HÉCTOR BLAS TRILLO

Economía y tributación

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Pacto Fiscal ARBA

Es muy interesante consignar lo dispuesto por el informe 22/2004 emitido por la Dirección Técnica Tributaria de la Provincia, dado que la exención, de corresponder, prevalece por encima del incumplimiento de aspectos formales.




La exención a la actividad industrial en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, derivada del Pacto Fiscal y de las leyes (PBA) 11.490 y 11.518 ha dado lugar a numerosas actuaciones debidas a la existencia de otras tantas resoluciones denegatorias de dicha exención a raíz de la inobservancia de los recaudos previstos, las cuales dieron lugar a intimaciones de parte de las autoridades competentes por incumplimiento.

El informe que estamos comentando enumera las razones que dieron lugar a las actuaciones, y que fueron las siguientes: falta de acreditación de la habilitación municipal del inmueble en donde se desarrolla la actividad, acreditación del carácter con el que el contribuyente ocupa dicho inmueble, falta de presentación de la copia del contrato social o estatuto societario y falta de coincidencia entre la CUIT consignada en la solicitud (de exención) y las constancias municipales a nombre de personas físicas o jurídicas.

En el caso particular del Informe 22, el contribuyente no había presentado la constancia de habilitación municipal (fabricación de calzado), por lo cual fue intimado a subsanar la omisión, cosa que no hizo.


La consulta que da origen al Informe es si corresponde aplicar la ley (PBA) 12.837 en su artículo 7, que prescribe que la denegatoria a la exención solicitada con anterioridad al 31 de diciembre de 2001, la pérdida de tal exención tendrá efecto a partir del 1 de enero del año anterior al del acto administrativo que deja sin efecto tal exención.

Al analizar el tratamiento a dispensar al caso, el Informe abunda en interesantes conceptos para fundamentar la decisión a tomar. Era preciso, para solicitar la exención de las leyes (PBA) 11.490 y 11.518 la inexistencia de deuda –cuestión que fue eliminada por la ley (PBA) 12.576- y que el establecimiento estuviera ubicado en el territorio provincial.

El Informe prosigue haciendo mención al hecho de que en el caso planteado se advierte que la índole de los recaudos incumplidos se encuentra en general referida a la acreditación de que su establecimiento se encuentre en la jurisdicción, y que la naturaleza de la actividad realizada estuviera efectivamente contemplada en la leyes exentivas.

El Informe dice que en el caso deberá realizarse una fiscalización para determinar el impuesto adeudado. “Se estima que en dicha oportunidad se podrán suplir los incumplimientos del sujeto pasivo, con las gestiones que realice el inspector y el conocimiento de visu que pueda adquirir sobre la realidad referida al efectivo desarrollo de la actividad industrial” en el ámbito provincial.

Por lo tanto, prosigue, “no obstante la denegatoria de la exención por la no agregación de la documentación que acredita el cumplimiento de los requisitos, si a través de la fiscalización de la empresa se comprueba la reuni{on de las exigencias legales, la exención será procedente de acuerdo a las normas citadas. Por lo tanto, si en este contexto quedase corroborada la viabilidad del beneficio, deberá procederse al reconocimiento del mismo mediante el dictado de un nuevo acto administrativo”

Naturalmente que si la exención no procediere, entraría a jugar el artículo 7 de la ley 12.837.

Concluye el Informe 22: “No obstante la denegatoria de la exención por no haberse acreditado el cumplimiento de los recaudos de las leyes 11.490 y 11.518, si en el contexto de la fiscalización de las obligaciones fiscales se arriba al resultado de que el beneficio es procedente, se deberá dictar un nuevo acto administrativo que reconozca la dispensa.”

Y si la exención no prospera, reiteramos que es de aplicación el artículo 7 de la ley 12.837.

Tenemos conocimiento de que este Informe no está siendo tomado en cuenta en la jurisdicción provincial, al menos con la frecuencia con que debiera, cuando es obvio que lleva adelante la lógica del llamado principio de la realidad económica, que debería respetarse siempre.

Pero los funcionarios e inspectores tienen una tendencia a detenerse en cuestiones formales para hacer cesar un beneficio que corresponde legalmente en definitiva. Porque las formalidades no modifican la realidad.

Obsérvese que en el caso que dio lugar al Informe comentado, la empresa fue intimada a “la agregación de la documentación respectiva” (habilitación municipal) y no respondió al requerimiento. Es decir que aún en tal caso, al contribuyente le asiste el derecho de demostrar su situación aún a posteriori, durante la inspección.

Buenos Aires, 24 de octubre de 2006 HÉCTOR BLAS TRILLO

ESTUDIO

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Tipo de Cambio en Argentina

Por Héctor Trillo



Días pasados, el Presidente Kirchner amenazó directamente con la intervención del Estado en el caso de que los precios se dispararan.

Lo primero que vino a nuestra mente a raíz de este comentario, fue que el discurso no es nuevo, que tiene ya muchos años entre nosotros.

Inmediatamente comenzamos a tratar de vislumbrar por qué el Presidente dedica un párrafo de ese tenor en forma generalizada a todos los empresarios. La respuesta la tenemos y nos parece demasiado obvia, pese a lo cual no siempre se difunde y comprende masivamente.



El Estado ha estado emitiendo billetes desde el mismo momento en que se produjo la devaluación a comienzos de 2002. Si bien las políticas monetarias seguidas por el Banco Central han sido bastante restrictivas, es evidente que si la masa de circulante supera holgadamente el crecimiento del PBI, las presiones inflacionarias son "de libro".

En el mes de diciembre la inyección de moneda ha sido aún de mayor magnitud en comparación con otros períodos, motivada esencialmente en la necesidad del Banco Central de comprar dólares para seguir manteniendo el precio de la divisa en alrededor de $ 3.-



Esta enorme expansión fue acompañada por una serie de mejoras a la demanda de bienes y servicios, por la vía de los retrasos en aplicar retenciones de impuestos y pagos de anticipos, aunque también podemos citar los aumentos en las asignaciones familiares (decreto publicado el 4 de diciembre, pero retroactivo al mes de octubre inclusive) e inclusive el adelantamiento en el pago del Sueldo Anual Complementario a los empleados públicos y jubilados.

Ya en enero, como se sabe, se han decretado incrementos de sueldo de carácter no remunerativo (eufemismo usado para abonar cifras a los trabajadores sin retenciones ni aportes al sistema jubilatorio) y también acaba de sancionarse la ley de la llamada jubilación anticipada.

Estas medidas implican aumentos generalizados en determinadas áreas, que al presionar sobre los mercados producen aumentos del consumo y también subas de precios. Ello así en virtud de que no necesariamente la cantidad de bienes disponibles en un momento dado se corresponde con la inyección de demanda provocada por tales ingresos adicionales.

Queremos recalcar que no pretendemos en absoluto oponernos a medidas que impliquen mejoras en los semivacíos bolsillos de la población, sino que simplemente tenemos que señalar estos hechos de carácter generalizado e impuestos desde el Estado, que al mismo tiempo continúa emitiendo moneda y sosteniendo el tipo de cambio, reduciendo de ese modo los ingresos en dólares de esa misma población. Esta contradicción es flagrante, y los funcionarios no han dado hasta ahora una explicación satisfactoria, que se sepa.

El Banco Central aplica medidas restrictivas de la expansión de la masa de circulante, mediante ofertas de títulos públicos (como las Lebacs) que producen el efecto inverso al señalado de la expansión. Precisamente de eso se trata, de contrarrestar el efecto inflacionario, al costo de los intereses que debe abonar por ello.

La verdad es que el Presidente ha salido en su discurso a tratar de frenar las consecuencias inevitables de estas políticas, cargando la responsabilidad sobre el sector empresario, con los cual nos retrotrae a los años 50 y aquellas famosas campañas "contra el agio y la especulación" del líder del Movimiento al que pertenece Kirchner.

No es nuestra intención volcar hacia la política un comentario de este tipo, aunque es obvio que esto no si siempre puede evitarse. Porque todo es política, como todos sabemos.

 

Ahora bien, el tipo de cambio "recontraalto" (recordando el neologismo utilizado por el fallecido canciller Di Tella), es lo que da plafón al Estado para aplicar las llamadas retenciones a las exportaciones y de ese modo atender las necesidades de diversos planes de ayuda social y también la obra pública. También es lo que permite el fabuloso superávit fiscal que supera incluso la pauta del 3% pactada con el FMI.

Pero como todo tiene su contracara, esta transferencia de fondos al Estado se produce como resultado de la devaluación y, por ende, de la baja en los patrimonios de toda la población. Y en los sueldos. Ello a su vez, posibilita que la Argentina esté "barata" en términos internacionales, de allí que los turistas extranjeros lleguen en gran número para aplicar el famoso "deme dos", pero desde fuera hacia dentro. Esto también produce incrementos de demanda de importante magnitud y por supuesto terminan incidiendo en los índices de precios.

Lo que la economía argentina necesita, según nuestro punto de vista, es mejorar su productividad, esto es: su eficiencia. Mejorar la eficiencia es bajar los costos de producción a escala, tornándose competitiva internacionalmente sin tener que recurrir a artilugios como el del sostenimiento a valores altos del tipo de cambio.

Nos explicamos: sostener alto el tipo de cambio mediante el recurso de emitir moneda para comprar dólares, implica que si tal emisión no se diera, el tipo de cambio bajaría. Es decir, parafraseando al mismísimo Dr. Lavagna, si el Estado no recurriera a la emisión "hablaría el mercado". En realidad, el mercado siempre habla.

Digamos antes de continuar que la sola evidencia de que es preciso recurrir a arbitrios monetarios para ser competitivos, indica que si no se recurriera a ellos, nuestra competitividad decaería.

Es por todo esto que el presidente amenaza a los empresarios, entendemos. Porque es evidente que la prosecución de esta política conduce a un cuello de botella que está dado por la dicotomía entre el sostenimiento del tipo de cambio versus la presión sobre los precios provocada por la emisión (y también por el tipo de cambio, agreguemos)

No dejemos de señalar también que la depreciación del dólar en el ámbito internacional que viene produciéndose desde los atentados de 2001, tiene sus efectos y éstos no deben ser soslayados. Por ejemplo el real brasileño viene apreciándose con respecto al dólar generando más presiones en el deterioro de la balanza comercial con el país vecino.

Otro aspecto a considerar de trascendental importancia, es el resultado del canje de la deuda externa en default, que incidirá notablemente no solamente en materia de crédito internacional, sino fundamentalmente en el hecho de que deberán comenzar los pagos de los intereses. Si bien los plazos son largos, y también se prevé que habrá varios años de gracia antes de comenzar a amortizarse el capital, lo cierto es que la necesaria salida de divisas por tal concepto afectará el decurso de nuestro desarrollo económico.

A todo ello, como prácticamente señalan todos los analistas económicos, debemos agregar el marco de seguridad jurídica indispensable que atraiga las inversiones imprescindibles y a costos razonables.

Tal marco de seguridad jurídica, requiere la fijación de un camino encuadrado en la legalidad y el respeto de las normas, tanto internacionales como locales. Y aspectos tales como los contratos de concesión de servicios públicos desfasados absolutamente por imperio de la crisis de 2001, no pueden continuar sin revisarse y ajustarse en un marco de equidad. Mantener este tipo de situaciones sin resolver contribuye de modo decisivo a la inseguridad jurídica a la que venimos refiriéndonos. Un país serio debe encontrar el camino de la legalidad y sostenerlo por muchos años, para de ese modo asentar profundamente un concepto lamentablemente bastante raleado entre nosotros: el del Estado de Derecho. La necesidad de mejorar la productividad, que señalábamos al comienzo, tiene que ver con todo esto, y también tiene que ver con una reforma política de fondo que termine con las prácticas conocidas sobradamente entre nosotros. Convertir en eficiente al Estado, tanto Nacional como Provincial y Municipal es una tarea ciclópea, sin duda, pero imprescindible a la hora de comprender que la presión tributaria (en la que también se incluye la inflación) es producto de la ineficiencia antes que nada. Y este aspecto no hemos avanzado nada. El sostenimiento de reglas de eficiencia y control, en un marco de libertad, es lo que ha permitido a muchos países que hace algunas décadas estaban bastante detrás del nuestro, mejorar notablemente su calidad de vida.

El Sr. Presidente está preocupado y nos parece importantísimo. Pero que por favor no desvíe el verdadero motivo de las subas de precios que desde siempre nos han llevado por el derrotero de la inflación y los cambios de signo monetario.

Dr. Héctor Blas Trillo


Contador Público


Asesor y consultor de empresas


(011) 4328-3382


estudio@hectortrillo.com.ar

Vales de Almuerzo

Es interesante aportar algunos datos de la modalidad de pago de sueldos mediante la utilización de vales alimentarios y otros, dada la baja de la carga provisional que pueden significar




Los beneficios sociales que permiten el pago de parte del sueldo mediante vales se encuentran normados en la ley 24.700 que introdujo el artículo 103 bis en la ley de contrato de trabajo.

Como se trata de “un beneficio social y por lo tanto de índole no remunerativa”, libera al empleador de la carga de obligaciones previsionales. Esto es: no se abonan contribuciones patronales ni integra la base de cálculo para el sueldo anual complementario, vacaciones, premios, indemnizaciones, etc. A su vez, y por supuesto, constituye un gasto deducible en el impuesto a las ganancias.

De parte del empleado, el monto que percibe en vales es de carácter absoluto, es decir que no está sujeto a retenciones (aportes) de ninguna índole. Constituye, eso sí, una ganancia gravada en el impuesto a las ganancias, de manera que si el empleado tiene ingresos altos como para estar sujeto a retenciones de dicho impuesto, éstas le serán aplicadas sobre el monto que perciba en dinero, pero calculadas sumando el monto abonado en vales.


Es preciso que el beneficiario sea empleado en relación de dependencia y, al momento de escribir estas líneas, hay un tope diario de $ 15.- para los VALES DE ALMUERZO.

El VALE ALIMENTARIO (conocido comúnmente como ticket canasta) también exige que el empleado se encuentre registrado en relación de dependencia, y tiene un tope del 20% del total de la remuneración bruta si se encuentra comprendido en un convenio colectivo, y del 10% si no lo está.

El tope es, como queda dicho, de la remuneración bruta, de manera que los meses de SAC dicho tope aumenta en igual proporción. Y la remuneración bruta incluye, como se sabe, horas extras, premios ordinarios, etc. No comprende, por supuesto, otros conceptos que sean no remunerativos.

Lo mismo que el VALE DE ALMUERZO, el VALE ALIMENTARIO no se encuentra sujeto a contribuciones patronales o aportes del empleado. Sin embargo, en este caso el empleador debe abonar un 14% según el decreto 814/01 y la ley 25.723, al emisor de los vales, quien deberá ingresarlo a la AFIP.

Se trata también de un concepto gravado por el impuesto a las ganancias, que integra la masa de ingresos sujeta a retenciones de dicho impuesto (siempre se retiene del importe en dinero, pero tomando en cuenta para el cálculo del monto, lo recibido en vales), y es deducible por parte del empleador.

Siempre dentro del mismo esquema, al ser un concepto no remunerativo, no integra la base de cálculo para el SAC ni para las indemnizaciones.

El decreto 815/01, por su parte, instituye un VALE para aquellos empleados en relación de dependencia con una remuneración bruta igual o menor a $ 1.500.- mensuales. El monto a otorgar no puede superar los $ 150.- y también se trata de un concepto no remunerativo que sigue los parámetros consignados para los vales comentados anteriormente. Este VALE debe constituir un incremento real y concreto, dice el decreto. Se supone que esto es así en todos los casos, ya que sustituir un monto remunerativo por otro que no lo es implicaría una disminución del sueldo que está prohibida por la ley.

Hay que tener en cuenta que para determinar la remuneración mensual siempre es preciso considerar todos los conceptos (SAC, horas extra, etc.) remunerativos y promediar el mes para corroborar que el total no supere los $ 1.500.- del tope establecido.

Este VALE no está sujeto a la contribución del 14% mencionada para el caso de los vales alimentarios. La diferencia sustancial que tiene este VALE con el ALIMENTARIO es que éste último puede utilizarse además para gastos médicos, odontológicos, útiles escolares, electrodomésticos y hasta turismo. En cambio el vale ALIMENTARIO puede utilizarse única o primordialmente para la compra de productos de la canasta familiar.

Las empresas que brindan este servicio cobran por él una comisión y entregan los vales. Se encargan de aclarar que esta emisión y entrega no constituye una venta, sino una administración de fondos de los clientes hasta que los comerciantes canjean los vales recibidos de parte de los empleados.

La comisión se encuentra en el orden del 6% y luego aparecen algunos gastos fijos menores complementarios vinculados con los costos de distribución.

En términos comparativos entendemos que el sistema es beneficioso para el costo total laboral y esto salta a la vista. Tal vez los montos han quedado un tanto desactualizados pero no por eso dejan de ser importantes si consideramos el sueldo promedio de empleados y obreros.

Un dato importantees que los vales son NOMINATIVOS y por lo tanto sólo pueden ser usados por sus titulares.

Y finalmente, cabe decir que los beneficios en vales pueden ser quitados, dada su condición de no remunerativos. Por supuesto que una situación de tal naturaleza podría ocasionar conflictos, pero la legislación es muy clara en la materia.

Buenos Aires, 19 de octubre de 2006 HÉCTOR BLAS TRILLO

ESTUDIO

HÉCTOR BLAS TRILLO

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Mercados Bursátiles y de Commodities

Escribe Roberto A.Ruarte

Director de Ruarte´s Reports.


La semana que pasó nuevamente la Bolsa Americana es noticia, sus índices han continuado avanzando, el Dow Jones sigue marcando nuevos records históricos y araña los 12000 puntos, el Sp500 continuó su avance estando en los niveles máximos de recuperación desde el año 2002 pero aún un 20 % debajo de los niveles máximos históricos del año 2000. El nasdaq también avanzó, pero aún está debajo de los niveles máximos de abril y de enero de este año.

La tasa de interés de eeuu, tuvo un fuerte rebote esta semana llevando la misma a niveles de 4.806 % desde los niveles mínimos de 4.53 % de apenas una semana atrás. El euro está quebrando hacia abajo y se encuentra cerca de los niveles mínimos de 1.2457-1.2475 dólares por euro. El petróleo no ha podido reaccionar y termina cerca de los mínimos de ajuste, mientras que el oro y la plata han recuperado posiciones luego de las pérdidas de semanas atrás.

Haremos una especie de popurri de mercados en esta nota, adjuntando gráficos de los grandes mercados que reciben el flujo de los inversores.


En primer término tenemos los mercados bursátiles, los mismos se han mantenido firmes y registrando avances y nuevos máximos liderados por el índice Dow Jones Industrials. Este avance bien en contra de nuestras expectativas ha continuado en las últimas semanas y tiene importantes señales de agotamiento lo que continúa a nuestro modelo alertando por un cambio de tendencia significativo.

Los indicadores semanales, diarios se encuentran sobrecomprados para todos los índices americanos, sea Dow, Sp500 o Nasdaq, en algunos de ellos persisten fuertes señales de divergencias negativas que preanuncian un cambio de tendencia, los indicadores de sentimiento registran continuas lecturas alcistas en niveles superiores a los registrados en los techos de mayo de este año, y en niveles similares a los registrados en el gran techo de los mercados del primer semestre del año 2000.

Con estas características es que el avance que venimos observando debería ser ampliamente retrocedido en las próximas semanas y meses. Como venimos diciendo desde reportes técnicos y en esta columna este pico o techo de los índices bursátiles americanos debería coincidir con picos o techos en las bolsas mundiales y producirse una caída globalizada de varias semanas y meses, no estamos hablando de un crash, sólo de un ajuste generalizado del orden del 15 % en algunos índices y de 20 % en otros para los próximos seis a ocho meses.


El otro mercado que hablamos es el mercado de la tasa de interés de EEUU, la tasa de 10 años ha venido en línea con nuestro análisis, pudimos anticipar el techo en la zona de 5.25-5-30 %, y ahora en la semana que pasó advertíamos que era inminente un piso y un rebote en la tasa de interés, en el caso del bono era un techo y un ajuste. Los titulares de prensa manifestaban que había vuelto el apetito por los bonos americanos, este reconocimiento tardío del cambio de tendencia en 5.25 % era el condimento adecuado para que viéramos un techo en los bonos y un ajuste, o un piso en la tasa y un rebote de la misma. Tal como proyectáramos creemos que la suba de la tasa puede dirigirse minimamente hacia 4.83-4-86 % e idealmente a la zona de 4.90-5 %, recién luego de esta suba en la tasa esperamos un nuevo techo de la tasa, un nuevo piso del bono y nuevamente un movimiento hacia 4.35 % de tasa. Nuestro análisis con gran confianza nos dice que el piso de 4.53 % no será toda la caída de tasas que veremos, que el avance actual debe continuar pero cerca del 5 % veremos su techo y una nueva caída que nos llevará a perforar 4.53 % y llevarnos al menos a la zona de 4.35 %.

En los mercados de commodities tenemos los metales recuperando algo de posiciones, mientras que el petróleo está cerca de sus mínimos de caída.

En el caso de los metales creemos que la recuperación puede extenderse tanto para el oro como para la plata, sin embargo sería una oportunidad de salida o de venta porque no creemos que haya terminado la caída de los mismos, al menos deberíamos ver una caída del oro hacia la zona de 510-465 U$S para recién en esa zona ver una oportunidad histórica de compra de oro, mientras no veamos esa zona los rebotes deberían ser engañosos fallar y recuperar estos mercados sus tendencias bajistas, en el caso de la plata la zona atractiva es 8-7 U$S para el posicionamiento, niveles que esperamos para los próximos meses.

El petróleo está buscando un piso importante, creemos que el mismo es inminente en la zona de 58-55 dólares y vemos un movimiento mínimo a la zona de 68-72 dólares para las próximas semanas, la caída ya muestra síntomas de piso, con indicadores sobrevendidos y marcando la posibilidad que se genere un rebote.

Por último el euro ha quebrado el triángulo, invalidando dicha figura, y ha crecido las chances de nuestra hipótesis preferida y original de un dólar fuerte, caídas debajo de 1.2450 confirmarán que estamos dentro de un selloff de euros que puede durar varios meses y llevarnos debajo de 1.1639, luego extenderemos los análisis.

El Tratamiento de los Automotores en los Distintos Tributos

Los automotores han provocado numerosas dudas a la hora de tributar, por curioso que sea, la primer dificultad es su propia definición, lo cual parece incluso ridículo.


PARTE 1: IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

LÍMITES AL CÓMPUTO DEL CRÉDITO FISCAL

En este impuesto el cómputo, conforme al artículo 12, sólo darán lugar al cómputo del crédito fiscal las compras o importaciones definitivas, las locaciones y las prestaciones de servicios en la medida en que se vinculen con las operaciones gravadas, cualquiera fuese la etapa de su aplicación. Lo cual resulta lógico y comprensible.

El mismo artículo, quizá innecesariamente enumera una serie de operaciones que no se consideran vinculadas a la actividad gravada y en el punto 1) menciona:


1. Las compras, importaciones definitivas y locaciones (incluidas las derivadas de contratos de leasing) de automóviles, en la medida que su costo de adquisición, importación o valor de plaza, si son de propia producción o alquilados (incluso mediante contratos de leasing), sea superior a la suma de $ 20.000 (veinte mil pesos) -neto del impuesto de esta ley-, al momento de su compra, despacho a plaza, habilitación o suscripción del respectivo contrato, según deba considerarse, en cuyo caso el crédito fiscal a computar no podrá superar al que correspondería deducir respecto de dicho valor.

La limitación dispuesta en este punto no será de aplicación cuando los referidos bienes tengan para el adquirente el carácter de bienes de cambio o constituyan el objetivo principal de la actividad gravada (alquiler, taxis, remises, viajantes de comercio y similares).

Esto merece varias consideraciones.


Si el bien no está afectado a la actividad gravada, no genera crédito fiscal, es decir que no importa el límite cuantitativo especificado en este apartado uno.

Por otro lado, aún cuando se preste a algunas confusiones que no analizaremos, si constituye el carácter de bienes de cambio o constituyan el objeto principal de la actividad no existirá límite en el cómputo del crédito fiscal.

Continuar con el análisis implicaría definir que es un automóvil para este impuesto.

La respuesta la encontramos en el artículo 51 del decreto reglamentario, que remite al articulo 5, inciso a) de la ley 24449 (Ley de Tránsito), excluyendo específicamente a aquellos destinados al transporte de enfermos –ambulancias-.

Por lo tanto, la definición es la siguiente, con la limitación mencionada anteriormente:

“automotor para el transporte de personas de hasta 8 (ocho) plazas (excluido el conductor) con 4 (cuatro) o más ruedas, y los de 3 (tres) que excedan los 1.000 (mil) kilogramos de peso”.

Por su lado, la expresión “similares”, también se aclara en el decreto reglamentario, definiéndose como

“dirigida a aquellos sujetos que se dediquen a la comercialización de servicios para terceros, mediante una remuneración, en las condiciones y precios fijados por las empresas para las que actúan, quedando el riesgo de la operación a cargo de éstas.”

PARTE II - GANANCIAS

INTRODUCCIÓN

Como hemos hecho en el IVA, debemos definir que se entiende por automotores, conforme al decreto reglamentario, artículo 149 que nuevamente nos remite al artículo 5 inciso a) de la ley 24.449:

• Automóvil: el automotor para el transporte de personas de hasta ocho plazas (excluido conductor) con cuatro o más ruedas, y los de tres ruedas que exceda los mil kg de peso;

No haremos un análisis histórico de las normas, sino que nos limitaremos al tratamiento actual de la cuestión que nos ocupa, que continúa sin variación para sociedades por ejercicios cerrados a partir del 01/01/98 y para personas físicas y sucesiones indivisas, a partir del período fiscal 1988.

A partir de la modificación del artículo 88, inciso l), cuyo texto es el siguiente:

l) las amortizaciones y pérdidas por desuso a que se refiere el inciso f) del artículo 82, correspondientes a automóviles y el alquiler de los mismos (incluidos los derivados de contratos de leasing), en la medida que excedan los que correspondería deducir con relación a automóviles cuyo costo de adquisición, importación o valor de plaza, si son de propia producción o alquilados con opción de compra, sea superior a la suma de $ 20.000 (veinte mil pesos) -neto del IVA-, al momento de su compra, despacho a plaza, habilitación o suscripción del respectivo contrato según corresponda.

Tampoco serán deducibles los gastos en combustibles, lubricantes, patentes, seguros, reparaciones ordinarias y en general todos los gastos de mantenimiento y funcionamiento de automóviles que no sean bienes de cambio, en cuanto excedan la suma global que, para cada unidad, fije anualmente la Dirección General Impositiva.

Lo dispuesto en este inciso no será de aplicación respecto de los automóviles cuya explotación constituya el objeto principal de la actividad gravada (alquiler, taxis, remises, viajantes de comercio y similares);.

En síntesis, no se pueden deducir:

Las amortizaciones y pérdidas por desuso en la medida que superen las que se hubieran podido deducir por automóviles cuyo costo de adquisición exceda la suma de $ 20.000,--

Tampoco se pueden deducir los alquileres, incluso los derivados de leasing en el mismo límite mencionado anteriormente.

Los gastos de combustibles, lubricantes, patentes, seguros reparaciones ordinarias y los gastos de mantenimiento y funcionamiento, en tanto no sean bienes de cambio, en cuanto excedan la suma global que fije la AFIP.

Las limitaciones no serán de aplicación respecto de automóviles cuya explotación constituya el objeto principal de la actividad gravada.

EJEMPLO

• Suponiendo un automóvil cuyo costo sea de $ 25.000,-- amortizable en cinco años, solo podrá deducirse hasta $ 4.000,-- anuales.

• Suponiendo un alquiler de una automóvil de $ 35.000,-- cuyo alquiler sea de $ 3.500,-- por el término de 10 años solo podrá deducirse $ 2.000,--

• Conforme a la RG 94/1998 el tope a deducir globalmente es de $ 7.200,--.

JURISPRUDENCIA Y EL FISCO

Los casos emblemáticos de la jurisprudencia en este sentido son los siguientes:

ZÉNECA S.A. – 09/09/2002 – TFN Sala B:

Se admite la procedencia de la deducción de los gastos de automotor de los Agentes de propaganda médica, siendo dependientes de la empresa, no distinguiendo entre automotores propiedad de la empresa o de los dependientes, en tanto que el viajante o quien efectúe la actividad deba desplazarse en el automóvil para su cumplimiento.

LABORATORIOS PHONIX S.A – 16/07/1999 – TFN Sala D:

Se discute la procedencia de la deducción mediante la interpretación de la expresión “y similares”, a juicio del Tribunal, se entiende por "similares", "que tiene semejanza o analogía con una cosa" (Real Academia Española - Diccionario de la Lengua Española - 19ª ed.); la ley del gravamen se refiere a los contribuyentes que en forma similar al viajante utilizan el automóvil como herramienta necesaria para el desarrollo de su trabajo, debiendo destacarse que la enumeración que efectúa el inciso l) del artículo 88 es meramente enunciativa y menciona algunas de las actividades en las que el automóvil es de real importancia, y del que no es posible prescindir para el desarrollo de su actividad laboral, como lo es para los viajantes de comercio.

Concluyendo que en virtud de lo expresado, corresponde incluir dentro de la expresión "y similares" a los agentes de propaganda médica.

PRODUCTOS ROCHE S.A. – 20/07/2001 – TFN Sala A:

Se acepta "gasto necesario" deducible, en virtud de lo preceptuado por el artículo 80 de la ley de impuesto a las ganancias, a los gastos de automóviles sin interesar que correspondan a automóviles propios o no de la contribuyente. Se sostuvo que el recto alcance que corresponde asignar a la limitación en las deducciones establecida por el inciso i) del artículo 88 de la ley del impuesto, se refiere exclusivamente a los automóviles que sean propiedad del contribuyente y no, como sucede en el caso en comentario, a automóviles que pertenezcan a otros sujetos. En todo caso, sólo se prevé expresamente el supuesto del alquiler, agregándose que si el legislador hubiera pretendido limitar la deducción de gastos de automóviles en sentido amplio, habría empleado una terminología más precisa, en orden a un adecuado resguardo del principio de legalidad. Asimismo, compadeciéndose con la economía propia del gravamen, las restricciones sólo operan para el contribuyente y no para terceros ajenos a la relación jurídico-tributaria principal, como son los empleados en relación de dependencia de la actora, entre ellos los agentes de propaganda médica.

DICTAMEN: 12/2001 - Dir. Asuntos Técnicos - DGI – AFIP - 28/02/2001

Los gastos de cochera de un automóvil afectado a la actividad, integran el concepto de gastos de mantenimiento, comprendidos en el tope de $ 7.200 fijado por la resolución general (AFIP) 94.

NOTA EXTERNA 2/1999

En esta se aclara, respecto de la suma global anual a partir de la cual no procede deducir gastos de mantenimiento y funcionamiento de automóviles, que no sean bienes de cambio y cuya explotación no constituya el objeto principal de la actividad gravada, que resulta deducible la cifra real de gastos incurridos respecto de cada vehículo, hasta la suma indicada en el artículo 1° de la Resolución General N° 94, como máximo para cada unidad.

En consecuencia, no es admisible, cuando se trate de sujetos que posean varios automóviles, deducir el excedente de gastos de algún vehículo que supere el tope máximo establecido por unidad, por el importe que eventualmente le falte a otro para llegar a ese tope.

AUTOMÓVIL PARCIALMENTE AFECTADO A LA ACTIVIDAD GRAVADA

Es bastante habitual que un automóvil sea afectado en forma parcial a la actividad, generalmente por profesionales o en otras actividades desarrolladas por personas físicas.

Esto es admitido por la jurisprudencia, aunque resulta complejo determinar en que proporción corresponde esa afectación.

Determinada esta proporción la limitación de los gastos procede en la misma medida, es decir, suponiendo que la afectación es del 50% la deducción por amortización solo procederá, en el ejemplo anterior, hasta $ 2.000,--.

RESULTADO EN CASO DE VENTA Y COSTO COMPUTABLE

Si el automotor no está afectado a la actividad gravada, la venta de un automóvil no se encuentra gravada.

Si estuviera afectado, habrá que analizar el período de compra, dado que existieron distintos tratamientos en el cómputo de las deducciones.

Sin embargo, en general el plazo de amortización es de 5 años, por lo que los supuestos actuales son los vigentes, salvo casos excepcionales.

También deberá tenerse en cuenta la posibilidad que se ha tendido de computar el crédito fiscal, tema que no analizaremos.

Supongamos el siguiente ejemplo:

CONCEPTOS

FECHA

AFECTACIÓN

100%

50%

PRECIO DE VENTA

may-06

32.000,00

32.000,00

PRECIO DE VENTA COMPUTABLE

32.000,00

16.000,00

COSTO COMPRA

jul-03

25.000,00

25.000,00

COSTO COMPUTABLE

COSTO DE COMPRA COMPUTABLE

25.000,00

12.500,00

AMORTIZACIÓN COMPUTABLE

3 AÑOS

12.000,00

6.000,00

COSTO COMPUTABLE

13.000,00

6.500,00

RESULTADO IMPOSITIVO

19.000,00

9.500,00

INGRESO EXENTO

0,00

16.000,00

Esta posibilidad existe para el caso de bienes amortizables y permite, bajo ciertas circunstancias, diferir la utilidad de la venta de estos bienes, pero este análisis lo haremos en un artículo específico.

PARTE III: IMPUESTO A LA GANANCIA MÍNIMA PRESUNTA

INTRODUCCIÓN

Como sabemos este impuesto se determina sobre el total del activo, valuados conforme a las disposiciones de la ley.

Las valuaciones son distintas para el caso de estar situadas en el país o en el exterior.

Los bienes situados en el país se definen por exclusión por lo cual son aquellos que no deban considerarse como situados con carácter permanentemente en el exterior.

Para el caso particular de los automotores, se los considera situados en el exterior en tanto, estén patentados o registrados en el exterior.

Por lo tanto, podemos inferir que están situados en el país cuando estén patentados o registrados en éste.

VALUACIÓN

SITUADOS EN EL PAÍS

Asumimos que los automotores no revisten el carácter de bienes de cambio, en cuyo caso habrá que valuarlos conforme a las disposiciones del impuesto a las ganancias.

Por lo dicho nos limitaremos a considerarlos únicamente como bienes muebles amortizables adquiridos, prescindiendo de la posibilidad de que sean elaborados, fabricados o construidos o en curso de elaboración.

En función de lo dicho, su valuación será el costo de adquisición o valor a la fecha de ingreso al patrimonio –excluidas, en su caso las diferencias de cambio-.

Dicho valor debe ser actualizado impositivamente, pero actualmente dichos índices son nulos, por lo que solo serán revaluados aquellos que hubieran ingresado antes de marzo de 1992.

Al valor así obtenido se lo amortizará conforme a las disposiciones de la ley de impuesto a las ganancias, correspondientes a la vida útil transcurrida desde la fecha de adquisición o de ingreso al patrimonio, hasta el ejercicio inclusivo por el cual se liquida el gravamen.

Este plazo de amortización se acepta pasivamente como cinco años, aún cuando no existe una normativa específica que fije esta vida útil.

Por lo dicho, difícilmente los rodados se actualicen impositivamente dado que los bienes adquiridos con fecha anterior a la mencionada ya se encuentran totalmente amortizados.

Debe tenerse precaución en distinguir claramente lo que es la actualización impositiva de la contable, en este caso la normada por la RT 6, la cual no se considera para los fines de la determinación del impuesto.

SITUADOS EN EL EXTERIOR

Bajo el mismo supuesto que se trata de bienes muebles amortizables adquiridos, la valuación será similar a la mencionada anteriormente, pero no procede la actualización y deben considerarse las diferencias de cambio.

El valor obtenido debe compararse con el valor de plaza, tomando el mayor de ambos.

Entendemos que el valor de plaza es el del que esté ubicado el bien y que dicha comparación debe hacerse antes de aplicar la amortización respectiva.

Cabe aclarar que los valores deben convertirse a moneda argentina utilizando el tipo de cambio comprador del Banco De La Nación Argentina, correspondiente a la fecha de cierre del ejercicio.

Por último, hay que destacar que la existencia de bienes en el exterior, hace incrementar el mínimo exento en la debida proporción.

BIENES NO COMPUTABLES

La ley establece que no son computables los valores correspondientes a los bienes muebles amortizables, de primer uso, excepto automotores, en el ejercicio de adquisición o de inversión y en el siguiente.

Por lo que nuevamente debemos definir el término automotor, lo cual encontramos en el decreto reglamentario, que nos remite al artículo 5º inciso a) de la ley de tránsito (Ley 24.449) que transcribimos a continuación:

a) Automóvil: el automotor para el transporte de personas de hasta ocho plazas (excluido conductor) con cuatro o más ruedas, y los de tres ruedas que exceda los mil kg de peso;

Por lo tanto, podemos resumir que aquellos vehículos no considerados automotores, conforme a la definición anterior, es decir:

• Diseñados para el transporte de personas.

• De hasta 8 plazas excluido el conductor.

• Con 4 o más ruedas.

• Los de 3 ruedas, que excedan los 1.000 kg de peso.

Y que además:

• Sean nuevos si son nacionales.

• O sean de primer uso en el país (o sea nuevos o usados en el exterior) si son importados.

No serán computables para el cálculo del impuesto, en el ejercicio de adquisición y en el siguiente.

Por lo cual, quedan comprendidos, todos los automotores de carga.

Obsérvese que la franquicia no diferencia al tipo de actividad que desarrolle el sujeto pasivo del impuesto.

SOCIEDADES DE COMPONENTES

Cabe mencionar que conforme que el Fisco opinó, en su dictamen DAT Nº 37 del 30/06/99, que en el caso de sociedades de componentes, figura muy usual en las líneas de colectivos, el impuesto recaerá sobre cada real propietario y no sobre la sociedad.

OTRAS CONSIDERACIONES

Para el caso de la opción de venta y reemplazo no se debe tener en cuenta en este impuesto, toda vez que las normas de valuación no lo contemplan.

Para el caso de leasing, excepto que se trate de operaciones asimilables a una compraventa, los automotores no integran el activo ni la base imponible del impuesto.

IMPUESTO A LOS BIENES PERSONALES

(PARTE IV)

INTRODUCCIÓN

Este impuesto recae sobre los bienes personales existentes al 31 de diciembre de cada año, tanto por los bienes situados en el país como en el exterior.

Por dicha razón es necesario diferenciar ambas situaciones.

VALUACIÓN

SITUADOS EN EL PAÍS

Se consideran situados en el país, los automotores patentados o registrados en su territorio.

Se valúan al costo de adquisición, construcción o valor de ingreso al patrimonio.

Dichos bienes deben actualizarse impositivamente, aplicando las tasas correspondientes que son neutras a partir de abril de 1992.

Al valor así obtenido se le restará el importe correspondiente a las amortizaciones, correspondientes a la vida útil transcurrida desde la fecha de adquisición hasta el año inclusivo por el cual se liquida el gravamen.

Pasivamente se acepta una vida útil de 5 años.

Para el caso particular de los automotores, debe compararse el valor residual, con la tabla que la elabora la AFIP, cada año.

Dicha comparación procede, de acuerdo al decreto reglamentario artículo 18º, exclusivamente durante la vida útil, por lo que una vez amortizado su valor será cero, o bien por una costumbre derivada de un viejo instructivo se consigna 0,01 lo que quizá sea una buena práctica tratándose de bienes registrables.

Cabe mencionar, que de adquirirse un bien usado la vida útil "renacerá" nuevamente, es decir que nada tiene que ver el año de fabricación del vehículo sino de su fecha de ingreso al patrimonio.

SITUADOS EN EL EXTERIOR

Se consideran situados en el exterior, los automotores patentados o registrado en el exterior.

Se valúan a su valor de plaza en el exterior al 31 de diciembre de cada año, es decir que no son amortizables.

Los valores deben convertirse al valor de cotización, tipo comprador, del Banco de la Nación Argentina de la moneda extranjera de que se trate al último día hábil anterior al 31 de diciembre de cada año.

OTRAS CONSIDERACIONES

El planteo más problemático de la cuestión de los automotores en este impuesto, es cuando los mismos integran una explotación unipersonal o una sociedad de hecho.

La cuestión que se deriva de esto, es que tratándose de bienes que integran un patrimonio, para el caso de automotores, no procede la comparación con las tablas.

Sin embargo, algunos autores sostienen que dado que estos bienes tienen una forma específica de valuación deben detraerse de dicho patrimonio y valuarse conforme lo analizado, mientras que otros sostienen que dicha comparación no procede y deben valuarse conforme a las normas específicas, que en general son asimilables a la correspondiente al impuesto a la ganancia mínima presunta. Nosotros nos inclinamos por esta última opción.

Carlos Enrique Spina

ESTUDIO - HÉCTOR BLAS TRILLO

Economía y tributación

Godoy Cruz 2870 – 1425 Buenos Aires

(011) 4776-1732 (011) 154-4718968

Ley de Abastecimiento de Gasoil

MORENOMAN



(Ojalá que llueva gas oil)

La llamada ley de abastecimiento (20.680) data del año 1974, cuando el ministro de economía del último gobierno de Perón pretendía la inflación cero como la panacea encargada de resolver los problemas ocasionados por los malos hábitos de angurrientos empresarios y especuladores empedernidos, capaces de hacer cualquier cosa para ganar más dinero, aunque éste tuviera proporcionalmente cada vez menos valor, convirtiendo la osadía en una carrera donde el objeto que va delante (el valor de la moneda) corre mucho más rápido que los precios de las cosas que van detrás.


El Dr. Gelbard había estudiado economía para llegar a la conclusión de que la solución de los problemas de la denominada ciencia de la escasez se resolverían en su totalidad sacando una fotografía de una determinada escala de precios relativos, que deberían entonces permanecer así ad infinitud. El desastre provocado por esta curiosa interpretación de las leyes económicas y su dinámica, fue asumido por el Dr. Celestino Rodrigo, que se convirtió así en el célebre culpable de la inflación desatada en 1975, conocida como rodrigazo.

Antes de eso, en 1974, el gobierno peronista dictó la famosa ley de abastecimiento. Una ley que esencialmente viola todos los derechos constitucionales basados en la libertad de comercio y en el derecho de propiedad de las gentes. En efecto, se trata de una ley que, para no abundar, pone como bien supremo la necesidad de abastecer el mercado como sea, siendo los empresarios y los comerciantes los encargados de llevar adelante tal patriada. Porque ideológicamente esta ley está elaborada por individuos que parten del supuesto de que la acumulación de mercaderías es un mecanismo de enriquecimiento, sin comprender que, en inflación, acaparar para vender a un precio nominal mayor, no asegura mayor riqueza, ya que reponer luego esos mismos bienes puede costar aún más dinero que el recaudado con la venta.

El argumento de base es que tanto unos como otros especulan guardándose la mercadería para venderla luego a mayor precio. Es decir, son agiotistas, siguiendo esa acepción un tanto forzada utilizada en los años 50 cuando el anterior gobierno peronista instaba a toda la población a combatir “el agio y la especulación”. En definitiva el agiotaje es la especulación excesiva según el diccionario, calificación que puede incluir por lo tanto a cualquiera. Cuestión de que el funcionario de turno la considere mucha, y listo.


Conviene recordar que ya en el año 1939 se dictó una ley entre nosotros tendiente al abastecimiento en tiempos de la segunda guerra mundial, y luego otra en 1946, que fue la que diera lugar a las campañas contra el agio y la especulación referidas.

Hay una diferencia sustancial en las circunstancias, sin embargo, entre las leyes que traemos a cuento y la que ahora amenaza el gobierno con aplicar. Todas estas leyes apuntaban a quienes guardaban los productos y no los vendían, por las razones que fueren (lo cual merece a su vez otro análisis). La ley 20680, también pretendía lo mismo, dado que los almacenes y las góndolas de los incipientes supermercados se encontraban prácticamente vacías, como cualquier persona de mediana edad recordará.

En cambio, la aplicación que pretende ahora llevar adelante el secretario de comercio Guillermo Moreno, con el evidente aval del Poder Ejecutivo, del Congreso, y del Poder Judicial de la Nación, es que alguien se encargue de hacer aparecer lo que no hay. Es decir, no se trata de que alguien acapare gas oil, por ejemplo, es que no lo hay. Y la necesidad imperiosa de importarlo se choca con la realidad de que los precios de importación superan a los de venta en el mercado interno. Por lo tanto las empresas son renuentes a importar; quienes tienen gasoil pretenden venderlo más caro (como a los turistas, por ejemplo), y quienes lo necesitan lo pagan lo que sea, como ocurre siempre que hay escasez de algo que es necesario.

El inmenso problema creado por los congelamientos de precios y los subsidios diferenciados ha llegado al punto de generar la ya recuperada inflación, el mercado paralelo, los controles de precios y finalmente la amenaza de sanciones y hasta cárcel para abastecer el mercado a los precios que los superfuncionarios creen que deben ser.

Viene a nuestra mente un dicho de aquel efímero canciller de Rodríguez Saa, Vernet (ex gobernador de Santa Fe), cuando dijo por televisión que había que levantar las persianas de los negocios y abastecerse de lo necesario. El Duce se relamía feliz en su tumba.

El funcionario Guillermo Moreno, al que hemos decidido calificar de Morenoman no en un sentido despectivo, sino más bien descriptivo, pretende que “llueva gas oil”, del mismo modo que hace un par de días amenazó con terminar con el sector textil si no bajan los precios de la ropa.

Observemos: el gas oil cuesta el doble en cualquier país limítrofe, tanto así que el mismo gobierno ha obligado a las estaciones de servicio de áreas de frontera a vender el producto más caro, cosa que no sería necesaria si todo se reduce a pedir que llueva el fluido para terminar el problema. La ropa cuesta monedas en términos internacionales y para colmo el dólar que hace un año estaba en $ 2,88 hoy está en $ 3,12 al tiempo que el real brasileño, por tomar un ejemplo, o el mismo dólar conservan aproximadamente sus valores internacionales. Un turista que hoy gasta 10 dólares puede pagar un producto que antes costaba $ 28,80, $ 31,20 y por lo tanto presiona sobre los precios. Este solo efecto, al que se deben sumar los ajustes salariales y de jubilaciones, empujan hacia arriba los precios de la ropa y de todo.

Volvemos a reiterar que el problema de la inflación es un problema esencialmente monetario, y no se ve por qué si el dólar es subido por el gobierno un 8,5% en pocos meses, no habrán de subir ciertos precios. No se entiende por qué si el gobierno presenta presupuestos con hipótesis inflacionarias que van entre el 7 y el 11% anual, ningún precio habrá de subir.

El funcionario Moreno, con su amenaza al sector textil, trae a nuestra mente aquel funcionario alfonsinista, Mazzorín, que un buen día decidió importar con el dinero de todos los contribuyentes 50 millones de dólares en pollos provenientes de Hungría (algo así como 300 millones de dólares de hoy). Pollos que luego de años de dormir (y pagar frío) en cámaras frigoríficas fueron depositados en el denominado Cinturón Ecológico. Ese funcionario, dijo un día públicamente que si él quería podía destruir al sector avícola. Misma frase, distinto destinatario, misma mentalidad, lamentablemente.

¿Es posible que en una República Constitucional, dentro de un Estado de Derecho, donde rigen los Derechos y Garantías constitucionales y la libertad de disponer de la propiedad, estos funcionarios manejen los dineros públicos y amenacen de esta forma a sectores económicos que entre otras cosas ocupan a millares de empleados y dan de comer a muchas familias?.

¿Cuál es el fundamento por el cual el Sr. Moreno pretende que la ropa no suba de precio si alguien está dispuesto a comprarla? Porque cuando las cosas que naturalmente tienden a subir de precio quedan congeladas por la presión de los gobiernos ocurre lo que acaba de ocurrir con la energía y específicamente con el gas oil: escasean.

Pero más allá del razonamiento técnico elemental que indica que las cosas valen aquello que la gente está dispuesta a pagar por ellas (como acaba de ocurrir con la carne, por ejemplo, que jamás bajó tanto de precio como los animales en pie luego de la violación del derecho constitucional de vender animales al exterior por una decisión de otro funcionario), más allá de este razonamiento básico, ¿es así como se construye esta nueva manera de hacer política que tanto anuncia el Dr Kirchner?. ¿O es antes bien más de lo mismo?

Hemos oído en estos días que el sector de la carne va volviendo a su normalidad luego del abuso de poder que implicó una resolución del Ministerio de Economía violando el derecho de disponer de la propiedad, pero eso no es cierto. El daño hecho al sector es inmenso. El incumplimiento de contratos es una violación al más elemental estado de juridicidad de un país. Y esto fue lo que ocurrió, y ocurre, ya que la liberalización de exportar es limitada en tiempo y cantidad. Y lo mismo pasa con el vidrio y está ocurriendo con el trigo.

Pero para no hacer esto demasiado extenso nos limitaremos a preguntar: ¿lloverá gas oil en los próximos días o más bien seguirá escaseando y la cosa será cada vez peor?

¿Por qué acaba de aprobarse en el Senado la ley de promoción para explotar áreas petroleras offshore con participación de Enarsa y grandes ventajas impositivas? ¿Hace falta semejante concesión si de lo que se trata es de golpear la mesa y amenazar a las empresas para que provean gas oil? La pérdida tributaria del Estado para promocionar exploraciones petroleras que, de acuerdo con las palabras del poderoso funcionario, deberían surgir por sí solas, constituye en este caso un hecho insólito.

¿Por qué las empresas no invierten por sí solas para explorar y extraer petróleo en las áreas concesionadas o en otras que pudieran darse en concesión? Se supo en estos días que una licitación en este sentido en Mendoza al parecer resultó exitosa, pero no conocemos los detalles. Es decir, no sabemos si a cambio hubo algún tipo de concesión provincial (créditos blandos o lo que fuere).

Con todo, lo más grave es que los empresarios y quienes se sienten involucrados en estos desatinos no reaccionen criticando con todas las letras ciertos abusos evidentes. Tal vez el miedo a perder los subsidios haga su efecto. No lo sabemos.

¿Alguien ha atacado desde el gobierno nacional o el provincial esos centros de comercialización de ropa que funcionan de manera informal en la propia Capital y en sus alrededores? ¿Por qué no lo hacen si están al margen de la ley y por lo general es sabido que no pagan impuestos? ¿Será que tal vez necesitan que la gente tenga donde comprar ropa barata?. Barata, pero fabricada en condiciones que todo el mundo conoce, y vendida de igual forma.

Buenos Aires, 12 de octubre de 2006

HÉCTOR BLAS TRILLO

Contador Público

Economía y tributación

Godoy Cruz 2870 – 1425 Buenos Aires

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Tasas - Nasdaq - Dow Jones - Índices inflacionarios

Escribe Roberto A.Ruarte

Director de Ruarte´s Reports


La semana que pasó ha sido una semana motivada por la noticia que el índice Dow Jones Industrials ha alcanzado nuevos records históricos, superando la marca de los 11750 puntos que tenía registrados como record del año 2000. Aquí habría que preguntarse, ¿ Es esto representativo e indicativo de un gran mercado alcista en el mercado americano?.



Generalmente los analistas miramos más de un indicador para confirmar un mercado alcista, y en este caso es notable como los records históricos de esta semana en el índice Dow Jones contrastan con la situación de los otros índices importantes del mercado bursátil americano. En efecto el Sp500 que mide las 500 empresas más importantes de EEUU aún se encuentra bien debajo de los máximos del año 2000, en efecto mientras el índice Dow Jones ha superado los máximos recuperando todas las pérdidas del período 2000-2002, el Sp500 sólo ha recuperado el 75 % de las pérdidas del 2000 al 2002. Tanto el índice Dow como el Sp500 están en los máximos anuales del 2006 y los niveles máximos de recuperación desde los pisos registrados en el año 2002, pero el Dow está en nuevos máximos históricos y Sp500 un 25 % debajo aún. Pero el contraste más notable lo tenemos con el tercer índice de referencia, el que para muchos ha pasado a ser uno de los indicadores más importantes de los mercados bursátiles americanos, el Nasdaq aquí podemos tomar el nasdaq 100 o el nasdaq compuesto. Cualquiera sea el índice que tomemos de estos indicadores, la diferencia es notable con los otros dos indicadores Dow y Sp500, el Nasdaq no se encuentra en niveles máximos del año 2006, y con ello tampoco en los niveles máximos de recuperación del año 2002, el nasdaq colocó su techo en enero de este año, y un techo secundario en Abril del 2006, el primero se verificó en 1761 puntos y el segundo en 1750 puntos y hoy nos encontramos en niveles de 1685 puntos. Ni que hablar si comparamos a estos niveles con los 4860 puntos alcanzados por el nasdaq 100 en marzo del año 2000, el nasdaq desde el año 2000 solo ha recuperado el 31 % de las pérdidas registradas entre el año 2000 y 2002.

Es decir que el record histórico del Dow ha sido completamente en soledad, si a eso sumamos que el Dow solo tiene 30 acciones en sus componentes, claramente dicho máximo histórico no refleja la situación del mercado americano, ni tampoco del New york Stock Exchange ni mucho menos la del Nasdaq el mercado electrónico americano.

El alza de Setiembre de la bolsa americana y lo que va de Octubre se está haciendo con indicadores técnicos que reflejan debilidad, no fortaleza, y es lo que nos sigue manteniendo extremadamente cautos y alertando que un pico de mediano plazo está cerca para la Bolsa Americana, y creemos que el último trimestre debe brindar una caída importante para todos los índices bursátiles americanos, que debería ser globalizado esto es acompañado por caída en bolsas europeas, asiáticas y latinas por efecto contagio.

Sin embargo en esta nota nos ocupamos del análisis de la tasa de 10 años americana, cuyo valor es la inversa del bono americano de 10 años. La psicología ha mutado nuevamente, y tal como anticipáramos se ha producido un cambio de tendencia de la tasa de 10 años, en los meses de mayo de este año casi en solitario planteábamos desde reportes técnicos y desde esta misma columna que la tasa de años estaba haciendo techo en la zona de 5.25 %, en esta zona pasaba la línea de tendencia bajista de largo plazo de la tasa de interés de 10 años cuyo techo fue visto en 1981.


Esta línea de tendencia de largo plazo ha venido dando un claro mensaje desde 1981 hasta la actualidad en 25 años, luego de la nefasta decada inflacionaria del 70, desde 1981 la inflación ha estado siempre bajo control, y el mercado de tasas de 10 años lo ha anticipado. Esa línea de largo plazo técnica bajista, es la que mantiene la tendencia bajista y si es superada significará que los problemas de inflación vuelven y que la misma se puede ir fuera de control de la Fed. En el mismo momento que esa línea fue alcanzada en mayo de este año, y con un 95 % de participantes negativos para los bonos americanos, nuestra opinión en solitario era considerar poco probable que esa línea fuera superada sin al menos producirse un ajuste en la fuerte suba de la tasa de interés, y que por lo tanto veíamos que la tasa desde 5.25 % debía volver al menos a la zona de 4.68 % y que los bonos americanos deberían recuperar posiciones. Esta baja de la tasa debía mutar la psicología, cambiarla, ya que se encontraba muy negativa para los bonos americanos (ver comentarios, y medios de prensa en los meses de abril y mayo de este año), y efectivamente lo anticipado ocurrió, la tasa de interés literalmente se desplomó de niveles de 5.25 % hasta ver niveles de 4.50-4.55 % en las últimas sesiones y la psicología mutó y cambió. Ahora algunos medios dicen, vuelve el apetito por los bonos americanos ¡, la Fed ganó la partida logró controlar la inflación, y estamos en un aterrizaje suave de la economía ¡. Hemos visto en Setiembre y parte de octubre suba en Wall Street y una suba de bonos americanos, el mejor de los mundos, la Fed tuvo razón y gana la batalla, señalan muchos analistas y observadores, será así??¡¡¡¡

La psicología muta con los precios, con los movimientos, si la tasa sigue bajando y Wall Street hace el ajuste que pensamos, los observadores tendrán miedo que haya sido demasiado agresivo la política de tasas de la Fed, y hablarán de baja de tasas para la Fed, y miedos a una recesión. Al revés si la tasa vuelve hacia arriba de 5.% volverán los miedos inflacionarios y se dirá que no terminó la política de suba de tasas.

Los movimientos en uno y otro sentido generan cambios en la psicología y en la opinión, si podemos proyectar el próximo movimiento ya sabremos que la psicología cambiará y cual será su explicación, o su fundamento que siempre sucede expost luego del movimiento, el apetito por los bonos actual o esta situación es reconocida luego que la tasa estaba en 4.70 o 4.60 % no en 5.25 %.

Precisamente nuestro análisis nos indica como altamente probable que la tasa haya conseguido un piso muy importante en esta semana en niveles mínimos de 4.53 % esto es piso de la tasa y techo del bono. La caída de la tasa y suba del bono ha sido impulsiva, por lo que pensamos que vamos a tener un rebote en la tasa y un ajuste en los bonos de carácter contratendencial, en el caso de la tasa creemos que la suba del viernes que nos llevó a 4.69 % debe continuar para llevarnos mínimamente a 4.87-4.90 % y potencialmente a 5 %. Recién luego de esta suba de tasas a la zona de 4.87-5 % volveremos a tener una nueva secuencia de caída que nos llevará a perforar 4.53 % y llevarnos a 4.35-4.30 % en donde veremos el piso definitivo de la tasa de interés de 10 años y la recuperación de su tendencia alcista de fondo para ir a quebrar en este caso la línea bajista de 25 años. Con respecto al bono americano el techo en el futuro de 10 años lo vimos en 108,75 y ha empezado un ajuste que debe llevarnos a la zona de 106,50-105,75, recién cuando veamos esta caída hacia esta zona que recorte parte de la ganancia del bono desde 104 a 108,75 estaremos listos para hacer el último avance que debe llevarnos hacia la zona de 110 en donde podemos anticipar un techo muy importante para el bono de 10 años americano. Veremos..

preparemonos para una nueva mutación de la psicología, ver más información www.ruartereports.com y www.ambitoweb.com y los viernes información sobre mercados argentinos.

LA INFLACION Y LOS TIPOS DE INTERES

El ajuste de demanda de dinero a la inflación esperada no es, en principios, diferente de ajuste a las variaciones del tipo de interés, que también incrementaran el costo de mantener dinero. En efecto, en los países que tienen mercados de capitales suficientemente desarrollados la inflación esperada se refleja en los tipos de interés nominales. Cuando se espera inflación, los prestatarios saben que devolverán sus deudas con un dinero que tendrá un poder adquisitivo menor que el que recibieron originalmente y los prestamistas también lo saben. Estos últimos se hacen, por tanto, más reacios a prestar a cualquier tipo de interés nominal y los prestatarios se vuelven más deseosos de endeudarse a cualquier tipo de interés nominal. El resultado es que, cuando se prevé una inflación, el tipo de interés nominal aumenta compensando, por lo tanto, a los prestamistas por la pérdida de poder adquisitivo del dinero.

La elevación del tipo de interés nominal a la que nos estamos refiriéndonos nos recuerda la diferencia entre los tipos de interés nominales y reales, cuando aumenta la tasa de inflación esperada, se elevan los tipos de interés nominales, es decir, los tipos de interés que indican cuantos dólares hay que devolver. El tipo de interés real, que es el tipo de interés nominal menos la tasa de inflación esperada, puede que no aumente e incluso puede descender. Sin lugar a dudas, una de las principales razones de la elevación de los tipos de interés nominales entre los años 1982 en los Estados Unidos de Norteamérica, fue la elevación de la tasa de inflación esperada. En algunos países de Latinoamericanos en que las tasas de inflación ha llegado a ser 100% anuales o mayores, nadie se extraña de que los tipos de interés de los prestamos bancarios sean del orden del 80%, por ejemplo.

Al hablar de la tasa de inflación esperada en sí misma y de los tipos de interés nominales, nos planteamos si cada uno de ellos influye de manera independiente en la demanda de dinero. En los mercados de capitales bien desarrollados, en que los tipos de interés pueden moverse libremente para reflejar la inflación esperada, el tipo de interés nominal es el costo reoportunidad relevante de mantener dinero. Ello se debe a que el público podría hacer inversiones a ese tipo de interés. En los mercados en que los tipos de interés están controlados y no se compran bienes en lugar de mantener dinero cuando aumenta la tasa de inflación esperada. Por lo tanto, ésta tiene, en si misma una influencia independiente en la demanda de dinero. Franco Modigliani ha ofrecido la siguiente regla práctica para decidir si es el tipo de interés nominal o la tasa esperada de inflación, lo que debe considerarse como determinante de la demanda de dinero: si el tipo de interés nominal supera a la tasa de inflación esperada, es el tipo de interés nominal el que debe considerarse como costo de mantener dinero. Si la tasa de inflación esperada es superior al tipo de interés nominal, es la tasa de inflación esperada la que debe considerarse como el costo de mantener dinero.


William B, Anglas Cerna

Email: williamanglas@yahoo.it



Ley 25345 antievasión

Deber no es Evadir

La creciente confusión que suele observarse en los medios de difusión entre el concepto de evasión y el de morosidad, motiva las siguientes líneas con la intención, de una manera muy general, de poner las cosas en su lugar.




Los medios gráficos y radiotelevisivos han reproducido en estos días un cable originado en la agencia oficial de noticias Teledifusora Americana (Télam) en el cual se señala que el Subsecretario de Ingresos Públicos de la Provincia de Bs.As, (de acuerdo a lo que leemos en los diarios), Santiago Montoya “bloqueará los depósitos bancarios de grandes evasores”. Tal es el núcleo central de la noticia y su título.

Nosotros no somos periodistas y por ende ignoramos el texto original de cable de la agencia oficial, pero la reiteración del error conceptual que implica confundir morosidad con evasión nos parece a estas alturas bastante más que llamativa. Ello más allá de que por lo demás no coincidimos con los métodos seguidos en la jurisdicción provincial para perseguir el cobro de impuestos, tarea que sin duda le corresponde y debe cumplir el gobierno local.

La noticia publicada hace referencia a una cifra de 1.047 millones de pesos “según informó el Ministerio de Economía bonaerense”. Agrega que “la medida alcanzará a grandes empresas como hipermercados y algunos particulares que adeudan el pago de ingresos brutos e inmobiliario”.


Aparte del punto de atacar a “grandes” y no a todos como corresponde constitucionalmente, la información reitera una vez el error de confundir morosos con evasores. Quien evade impuestos es quien no declara sus operaciones u opera de modo informal (“en negro”), por ejemplo. Pero quien registra deudas no puede de ningún modo estar en tales condiciones, como es a todas luces obvio.

Cabe agregar a esto que el impuesto inmobiliario es liquidado por la propia administración provincial, y afecta a bienes registrables como todo el mundo sabe, (con independencia de la condición de “grande” o chico del contribuyente deudor, por lo demás). Tomar al bien en cuestión e ir legalmente sobre él de la forma que prevé la legislación es lo que corresponde desde todo punto de vista. La deuda de este impuesto puede recaer en un departamento de un ambiente que pertenece a un gran contribuyente pero que a lo mejor lo tiene registrado a nombre de una sociedad o de terceras personas, como familiares directos o no. Es decir que determinar si un bien pertenece a un “grande” o no, es una cuestión absolutamente diferente del tamaño de bien e inclusive del monto de su deuda, por lo cual es de suponer que ese afán de ir en contra de los “grandes” puede dejar fuera de la curiosa medida anunciada a muchos.

Los bienes registrables (inmuebles, automóviles) pagan como tales y desde el mismo momento en que la administración liquida la boleta correspondiente, como puede verse incluso en la página web de Rentas, con una fecha de vencimiento.

En la reciente reforma del Código Fiscal (siempre hablamos de la Provincia) se han introducido cambios que permiten a la administración actuar “con conocimiento de la Justicia” (dice el cable que comentamos) aunque sin que ésta lo autorice previamente.

El procedimiento consistirá en bloquear depósitos bancarios de los titulares como paso previo al cobro por vía compulsiva.

Del inmobiliario ya nos hemos ocupado, aunque podríamos agregar que suele haber problemas de cálculo o de imputación de pagos que con toda seguridad van a provocar no pocas injusticias y reclamos. Del impuesto sobre los ingresos brutos, que debe ser liquidado por el contribuyente, la noticia no aclara si lo ha hecho o si el cálculo surge de alguna inspección de la Dirección Provincial. Es sabido en estos casos que por lo general, salvo que exista consentimiento expreso o tácito, los valores reclamados suelen ser recurridos por la vía correspondiente, lo cual también puede y seguramente dará lugar a problemas de diversa magnitud. Precisamente el Subsecretario se refiere a esto según los diarios cuando dice que “muchos no los quieren pagar (a los impuestos) y apelan a la vía judicial, y esperan que otro gobernador titubee…” . Estos insólitos comentarios tienen un trasfondo político en el que no nos internaremos, pero quien recurre a la vía judicial es ante todo quien cree tener derecho a hacerlo, y son los jueces los que determinan si tal derecho tiene o no asidero. Dicho de otro modo lo que el Lic. Montoya está diciendo es que si la Justicia acepta una reclamo de parte de un contribuyente se convierte en una especie de cómplice que impide el accionar del fisco provincial, y no que al contribuyente le asiste el derecho de reclamar. No es la primera vez que incurre en tales dichos, aunque en otra oportunidad lo hizo en términos por demás soeces.

En este punto entendemos que los mismos jueces provinciales deberían ensayar alguna defensa, o el Colegio de Abogados respectivo, ya que parece que el discurso según el cual la Justicia defiende a evasores se reitera incluso más allá de la definición misma de evasión.

Un párrafo para reiterar lo dicho al comienzo: evadir no equivale a deber. Evadir es un delito penal a nivel nacional. Es fraude al fisco. Es actuar delictivamente y en contra de la legalidad. Nada de esto tiene que ver con ser moroso del pago de impuestos, aún de los declarados por el mismo contribuyente, quien por diversos motivos puede dejar de pagar y EN TODOS LOS CASOS debe cumplir con sus obligaciones abonando los intereses respectivos, con independencia de las razones que tenga para no efectuar el pago. El hecho objetivo es que debe el impuesto, y la aplicación de intereses resarcitorios es idéntica cualquiera sea la causa por la cual adeuda su obligación.

Y otro tema que aprovechamos para comentar brevemente es el de la nueva moratoria dictada, siempre en la misma jurisdicción, por la cual se condona hasta el 60% del monto de intereses por deuda vencida al 31 de diciembre de 2005. Este tipo de moratorias es tan corriente en la provincia, que la verdad es que ya hemos perdido de la cuenta de cuántas veces se han dictado en la actual gestión.

Para el Lic. Montoya son “ofertas de pago flexibles... para que se pongan al día (los contribuyentes) con sus impuestos”. Pero también son una profunda injusticia para quienes abonan en término. Y, además, un claro incentivo para incurrir en moras hasta la próxima vez. Es decir que la recurrencia parece ser una invitación a no cumplir para luego amenazar con accionar de manera pomposa y contraria a derecho para cobrar las deudas (presionando de tal modo a los deudores para que ingresen en la moratoria).

El mecanismo es cuando menos perverso y debería ser revisado de una buena vez. Y sus difusores deberían recurrir también de una buena vez al diccionario para conocer el verdadero significado de las palabras y no reiterarse en el error, hasta el punto de que terminamos poniendo en duda si es que verdaderamente no se sabe que no es lo mismo la evasión que la morosidad. Y para colmo no tenemos noticias de que de la administración provincial hubiera salido la pertinente aclaración al respecto.

Y finalmente, aunque de tan obvio da vergüenza ajena tener que reiterarlo: la igualdad es la base del impuesto y de las cargas pùblicas, por lo tanto no existe legalmente la distinción entre “grandes” y “chicos” a la hora de accionar el cobro de deudas, mejor dicho, no debería existir. Si el chico es tan chico que cobrarle un impuesto es injusto según las autoridades, entonces hay que eximirlo, no tratarlo de una manera diferente.

Buenos Aires, 3 de octubre de 2006

ESTUDIO

HÉCTOR BLAS TRILLO

Economía y tributación

Godoy Cruz 2870 – 1425 Buenos Aires

(011) 4776-1732 (011) 154-4718968

El Euro Próximo a definir su Dirección con el Dólar

La semana que pasó fue muy excitante para los observadores del mercado bursátil americano. Su principal índice el legendario Dow Jones Industrials que lleva más de 100 años como uno de los indicadores líderes del New York Stok Exchange, estuvo al borde de superar los niveles máximos históricos de 11750 puntos registrados en el primer trimestre del año 2000, superó los máximos del mes de mayo del 2006 y estuvo cerca de un record histórico. Sin embargo los otros índices bursátiles no reflejan la situación experimentada por el Dow Jones, el Sp500 superó los máximos de mayo DEL 2006, pero aún se encuentra lejos de los niveles alcanzados en el año 2000. Mientras que muchos otros índices referentes del mercado americano aún se encuentran debajo de los máximos del primer semestre del 2006 y muy lejos de los máximos del año 2000.



Si bien en esta nota no nos ocupamos de la Bolsa Americana, es bueno remarcar que se ha intensificado nuestra señal de alerta para el mercado bursátil americano, esta suba que ha llevado al Dow y Sp500 ha superar ciertas resistencias seguimos viéndola como el preámbulo de un gran techo en el mercado americano. Al menos deberíamos ver un movimiento a los niveles mínimos de julio de este año y potencialmente a niveles bastantes más deprimidos. Octubre debería ser el mes que los índices bursátiles empiecen a mostrar tendencias bajistas, creemos que la caída del mercado accionario americana, se dará en consonancia con caídas generalizadas en Europa y Asia de los principales referentes de estas Bolsa, llamemos Dax (Alemania), FTSE (Inglaterra), IBEX (España), Nikkei (Tokio). Creemos que Octubre mostrará saldos negativos en los mercados accionarios mundiales por lo que extrema cautela es sugerida, pero nos ocuparemos de los mercados bursátiles en nota posteriores..

En la nota de hoy nos ocupamos de un mercado que ha venido postergando su definición y que creemos que en los próximos días podemos ver algo distinto de lo observado en los últimos meses. Esto es la relación Euro-dólar.

ANALISIS



Desde los picos observados de 1.2982 en el mes de mayo de este año hemos tenido muchos intentos alcistas y bajistas que han sido infructuosos y el mercado se ha mantenido en un rango acotado entre 1.29 y 1.26 dólares por euro sin embargo luego de 4 meses de tendencia indefinida parece que estamos próximos a una definición, y con dicha definición tendremos claro el patrón que ha elegido el mercado para los próximos meses, y los próximos años.

Como hemos expresado tanto desde reportes técnicos como desde esta columna la tendencia de largo plazo de acuerdo a nuestro modelo no resiste duda alguna, es euro para arriba, dólar hacia abajo, sin embargo en diciembre del 2004 y en los niveles máximos de 1.3665 dólares por euro hemos tenido un pico significativo del euro culminando una secuencia tendencial de cinco movimientos desde los niveles mínimos de 0.8225 registrados en el año 2000. Desde allí ha empezado una corrección de mediano plazo con el objeto de ajustar en tiempos y precios el euro las grandes ganancias desde 0.8225 hasta los niveles máximos de 1.3665. La caída desde 1.3665 observada durante el año 2005 ha llevado al euro desde 1.3665 a niveles de 1.1639 a finales del año 2005 recortando el 38.2 % de las ganancias del euro desde 0.8225 a 1.3665.

Este ratio ha satisfecho los requisitos técnicos mínimos para dar por finalizado el ajuste del euro y es por ello que toda la recuperación desde 1.1639 desde fines del 2005 y todo lo visto en el 2006 debe ser cuidadosamente analizado porque puede tratarse de la reanudación de la tendencia alcista de largo plazo del euro o de una engañosa onda B, restando en este caso la onda C bajista que debe producir la histórica oportunidad de compra de euros baratos.



Creemos que el máximo de mayo del 2006 en 1.2982 dólares por euro es clave a los efectos del análisis, bajo la visión que la caída desde 1.3665 a 1.1639 fue solo la onda A de ajuste del euro, la recuperación en onda B sí o sí debe haber terminado en 1.2982 en este nivel el avance desde 1.1639 generó tres movimientos característicos de movimientos contratendenciales y además la recuperación recortó algo más del 62 % de la caída desde 1.3665 a 1.1639. Por lo tanto la interpretación que sugiere una caída en onda C del euro, requiere que 1.2982 no sea superado, bajo esta visión falta la onda C que debe llevarnos desde 1.2982 hacia la zona de 1.10-1.09 para los próximos 5 a 8 meses, caídas debajo de 1.2629 y de 1.2457 confirmarán este escenario, recién luego de esta onda C terminaría el ajuste del euro desde 1.3665 y estará listo desde 1.10-1.09 producirse en el segundo semestre del 2007 un largo movimiento de dos o tres años de valorización del euro hacia niveles de 1.50 y 1.60 dólares por euro.

Sin embargo la caída desde 1.2982, más bien lateralización de mayo del 2006 coloca algo de incertidumbre a nuestra visión original bajista del euro y levemente preferida por el analista, y abre las posibilidades para que 1.1639 haya podido ser el piso definitivo del euro, y que ya estemos dentro de la tendencia alcista de largo plazo. En efecto la lateralización se parece mucho a un triángulo en contracción. Si efectuáramos el conteo desde 1.1639 tuvimos tres movimientos hasta 1.2982 y este sería un cuarto movimiento en triángulo, este triángulo debería definir con un quinto movimiento arriba de 1.2982 hacia la zona de 1.3150-1.3250 dólares por euro. En el momento que 1.2982 sea superado éste conteo ligeramente menos probable para el analista pasará a ser escenario preferido. La secuencia aquí sería un rally del euro hacia 1.3150-1.3250 cerrando cinco movimientos desde 1.1639 y confirmando el carácter tendencial del euro desde 1.1639, luego sobrevendría un ajuste pero en este caso limitado a 1.25-1.27 que será una histórica oportunidad de compra ya que desde allí vendría el gran avance del euro de varios meses bien arriba de los 1.3665 de diciembre del 2004.

En base a estas dos posibilidades es que pensamos que en los próximos días el euro definirá cual es el camino que tomará si confirma que aún debe ir debajo de 1.1639 como es ligeramente preferido, o si la superación de 1.2982 confirma que toda la lateralización que estamos viendo desde mayo es un triángulo, y que la superación de 1.2982 nos lleva a suponer el avance desde 1.1639 como tendencial y no contratendencial.

Los niveles técnicos de referencia son 1.2982 por el lado de arriba para el euro y niveles de 1.2629 por el lado de abajo, mientras que la superación de 1.2982 confirmará un triángulo con definición alcista hacia 1.3150-1.3250 y la idea que 1.1639 fue el piso definitivo del euro, caídas debajo de 1.2629 primero y de 1.2457 confirmarán el escenario pro-dólar para los próximos cinco y ocho meses y que es necesario una caída hacia 1.10-1.09 para recién desde allí el euro recuperar su tendencia alcista de largo plazo que nos lleva a 1.50-1-60.

Parece claro que el euro tarde o temprano recuperará su tendencia alcista, lo que queda resolver es si ya está en su tendencia alcista de largo plazo desde 1.1639 o necesitamos ir a 1.10-1.09, parece ser que el veredicto lo tendremos en los próximos días o semanas.

Ver más información en www.ruartereports.com y en www.ambitoweb.com.ar día lunes mercados internacionales, día viernes mercados argentinos (bolsa y bonos).

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